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“Hoy el INAI es un instrumento de los enemigos de la causa indígena”

 

 

Jorge Nawel Purruán, uno de los seis coordinadores de la Confederación Mapuche de Neuquén, analiza dos llamativas decisiones que adoptó esta semana el Gobierno en relación a los relevamientos territoriales. Dice que “para hacer justicia con las comunidades mapuche, hay que afectar intereses”.

Por Pablo Bassi

Cooperativa de Comunicación Popular Al Margen

Jorge Nawel Purruán es coordinador de Xawvnko, uno de los seis consejos zonales en los que está dividida la Confederación Mapuche de Neuquén. Cuando lo llamamos el viernes por la mañana, se encontraba reunido con autoridades de organizaciones mapuche de Río Negro y Mendoza evaluando la ofensiva política y judicial contra comunidades originarias frente a la que dice no piensan quedar de brazos cruzados.

Esta semana hubo dos noticias en el corazón de Vaca Muerta que impactaron en el ámbito nacional. Es la decisión del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) que preside Claudio Avruj en la órbita ministerial de Guillermo Francos, de reabrir a pedido de un privado francés y la empresa Loma Negra las carpetas de relevamientos territoriales de comunidades que habían sido cerradas, es decir reconocidas en grado avanzado por el Estado. Hay en disputa 43.000 hectáreas donde coexisten el derecho de las comunidades a habitar su territorio y la esperanza de la burguesía argentina de desarrollar a toda máquina la explotación de hidrocarburos.

-A través de un comunicado, la Confederación Mapuche expresó que esto implica un grave antecedente. ¿Por qué?

-Porque las carpetas cerradas les dan una cierta seguridad a las comunidades. Es un reconocimiento débil, pero importante. Recordemos que el relevamiento territorial es sólo eso, una delimitación preliminar de lo que podría llegar a ser un territorio comunitario. No es un título de propiedad, no es una mensura, no es una reforma agraria. El gobierno nacional, en su política negacionista, plantea el relevamiento como prácticamente una restitución territorial. Son momentos de tanta presión de los propietarios privados que ven afectados sus intereses, que el gobierno les está dando voz a quienes se han opuesto siempre a la seguridad territorial de la comunidad mapuche. Por eso están reabriendo carpetas. Es una situación muy grave, porque es como retroceder en el tiempo y comenzar a reavivar conflictos que la ley 26.160 descomprimió. Una ley de emergencia creada para evitar situaciones traumáticas para las comunidades, de violencia y desalojos. Ahora el INAI está agitando la criminalización, reabriendo carpetas, volviendo a encauzar este viejo litigio y eso nos parece sumamente dañino, sumamente ilegal y desvirtúa totalmente el rol del INAI que hoy se ha puesto del lado de los terratenientes, del lado de las empresas que están pretendiendo territorios indígenas. Todo nos plantea un desafío nuevo que tenemos que enfrentar, no podemos quedar pasivos. Eso es lo que estamos discutiendo en este momento.

– ¿Cuál es la justificación formal por la que el INAI pide la reapertura de estas carpetas?

-Responde al planteo que están haciendo sectores afectados por el relevamiento. Para hacer justicia con las comunidades mapuche, hay que afectar intereses de viejos usurpadores, de terratenientes, de municipios, de empresas, de privados que se han ido apropiando del territorio mapuche. El relevamiento viene a demarcar un territorio que está reconocido por estudios antropológicos, históricos, sociales y eso afecta intereses que habían quedado neutralizados hasta el año pasado. Ahora se reavivaron, y ante el primer planteo que hace un privado, que dice que el relevamiento está afectando su propiedad privada, el INAI reacciona y detiene los relevamientos o reabre los cerrados, como en estos dos casos, el de las comunidades Rams y Quinchao. Uno de ellos, extranjero, de nacionalidad francesa, que confronta con Rams. Y el otro es el de una empresa calera, que se enfrenta a Quinchao. Hoy el INAI es un instrumento de los enemigos de la causa indígena. Porque el INAI es el órgano que debe cumplir y aplicar todo el reconocimiento jurídico que hemos logrado en la última década. Y en lugar de ser un instituto que implementa esos adelantos jurídicos que ha habido, se sienta en la mesa con los enemigos de los pueblos indígenas. Hay que describirlo así para saber con quién estamos tratando.

-La empresa que acciona contra Quinchao es Loma Negra, que expresó en un comunicado que la preexistencia de los pueblos originarios reconocidos en la Constitución no es absoluta y debe ser interpretada en armonía con las demás garantías y derechos constitucionales dentro de los que se encuentra, entre otras, el derecho de la propiedad y el ejercicio de industria lícita.

-Bueno, ese tipo de planteo encuentra eco absoluto en un gobierno que defiende a rajatabla la propiedad privada y la producción por encima de cualquier otro derecho humano. Y va a encontrar eco, va a encontrar respaldo. Tenemos una Justicia totalmente domesticada, totalmente funcional a esos intereses. Hoy los pueblos indígenas confrontamos con todos esos poderes reavivados, alentados por un discurso oficial que pone de vuelta en amenaza toda la seguridad jurídica creada por el relevamiento territorial. Eso hace crecer la responsabilidad de las provincias, porque recordemos que la Ley 26.160 es nacional. ¿Por qué desde las provincias se promovió la criminalización y persecución judicial contra los pueblos indígenas que reclamaban a derecho? Nosotros siempre tuvimos un cobijo en la política nacional, siempre tuvimos un aliado, siempre tuvimos un lugar donde fuéramos contenidos en nuestros derechos para, de alguna manera, aminorar toda la embestida de los intereses que representan los gobiernos provinciales. Hoy esa política nacional más que ser un cobijo o un reaseguro del derecho se sienta del lado de los terratenientes y de los privados. Por lo tanto, estamos confrontando con los intereses del Estado Provincial y el Estado Nacional.

-Más allá de estos casos, ¿cómo es la convivencia en términos generales entre las comunidades y las empresas que operan en Vaca Muerta?

-Es una relación traumática, porque el fracking que se vino a instalar acá hace 11 años es una tecnología criminal prohibida en numerosos países, sobre todo países del primer mundo, por el impacto que genera en cuanto a movimientos sísmicos, acumulación de basura petrolera, emisión de gases tóxicos a la atmósfera, destrucción de todo lo que es vida natural. Solamente se permite acá porque, bueno, este es el cuarto mundo donde todo está permitido. Entran las empresas multinacionales, muchas de las cuales no pueden operar en su país por esta restricción que hay, llegan acá y tienen todas las prebendas que se les puede dar. Entonces, la cuestión de la seguridad de la población local, la comunidad mapuche, los crianceros, los criollos y la cuestión ambiental es un tema de segundo, tercero o cuarto orden. Así está planteado el juego.

– ¿Se desarrollaron en Neuquén consultas informadas a las comunidades, como indica la Constitución?

– El derecho a la consulta es uno de los más violentados desde su establecimiento en una ley nacional del año 92. Imaginate, te estoy hablando de una ley que tiene más de 30 años, la Ley 24.061, que es la que ratificó el convenio 169 de la OIT. Después, posteriormente, el gobierno de De la Rúa la ratificó en Ginebra. Se comprometió a aplicarla desde el año 2000. Han pasado 24 años y no tiene aplicabilidad porque no hay voluntad política ni de los gobiernos ni de los tribunales de hacerlo. Nosotros, luego de muchísima movilización, convertimos la consulta en ley el año pasado en la provincia. Pero no hemos logrado un solo caso de aplicación, porque hay una decisión política de sostener que la consulta entorpece, que pone palos en la rueda al desarrollo, que necesitamos darle libertad a los inversionistas para que revienten la tierra. Esa es la lógica que utiliza hoy el gobierno provincial del Neuquén, que viene violando hace un año el derecho a la consulta.

-Hace unas semanas el Ministerio de Seguridad anunció la creación de un comando de fuerzas unificadas en Vaca Muerta para defender la producción. ¿Hay nueces o puro ruido?

-Nosotros estamos en alerta, porque cuando Bullrich habla de reprimir y de matar en defensa de este modelo neoliberal extractivista, lo tomamos muy en serio porque demostró que está dispuesta a matar. Es una potencial homicida, por lo tanto hay que tomarla en serio. Y están ya ensayando acá en Vaca Muerta. Hace diez días, un operativo de Gendarmería conducido por una jueza federal, quiso ingresar al territorio comunitario de Campo Maripe para hacer una explotación y la comunidad se lo impidió. Inmediatamente YPF exigió la intervención de Gendarmería. La jueza decidió no permitir la actuación de Gendarmería, pero aplicó una multa a la comunidad de 100.000 pesos por cada día que impida a la empresa ingresar a trabajar. La comunidad no va a dejar entrar a la empresa hasta que no se aplique la consulta. Estamos en este momento prestando mucha atención, porque de la acción civil que implica la multa, pueden pasar a la Justicia penal, que permite el desalojo y la cárcel para aquellos que obstruyan ese posible desalojo. Entonces nosotros lo que estamos notando, es que están ya haciendo pruebas de ensayo para ver cómo, en algún momento, entran por la fuerza.


Enlace a la entrevista completa: 

https://www.youtube.com/watch?v=SFlLrXu3ND8&t=185s


El poder judicial no ve a los árabes en Río Negro

 

 

Una empresa emiratí cuenta lo que calla el Estado de Río Negro. Construcciones VIP en tierras rurales en conflicto con el pueblo mapuche-tehuelche.

Por Susana Lara

Cooperativa de Comunicación Popular Al Margen

Una firma de capitales árabes con sede en Abu Dhabi, capital de los Emiratos Árabes Unidos (EAU), realizó el proyecto y obras de infraestructura del coto de caza mayor en la zona del río Alto Chubut, provincia de Río Negro. Uno de los directivos de esa empresa, de nacionalidad emiratí, es titular del fideicomiso propietario de la tierra rural donde se emplazó ese coto, que se superpone con el territorio tradicional mapuche-tehuelche reivindicado por comunidades de la zona.

Emirates Stallions Group (ESG) es una empresa holding que opera en los sectores inmobiliario, construcción e inversión. Su consejo directivo está presidido por Matar Suhail Ali Al Yabhouni Al Dhaheri, uno de los inversores extranjeros que compraron tierras rurales en la Patagonia a través de Hugo Alberto Barabucci, entre otros argentinos que constan en las operatorias de compra venta. Al Dhaheri es controlante principal del fideicomiso Amaike, propietario de un grupo de firmas en las que interviene Barabucci como directivo, no como inversor, siempre en “gestión de negocios”, como consta en numerosa documentación oficial del Estado rionegrino.

Aún así, el poder judicial local reconoce a Barabucci como presunto propietario de 14.000 hectáreas en una causa penal iniciada el año pasado contra cinco mapuches por presunta usurpación de esas tierras rurales de alto valor medioambiental. Esa decisión la ratificó una Cámara de Bariloche hace menos de un mes en un fallo, que inmediatamente notificó a varios organismos públicos.

Matar Suhail Al Yabhuni Al Dhaheri, mano derecha de Khaled bin Mohamed bin Zayed Al Nahyan, príncipe heredero del emirato Abu Dhabi, según la prensa europea.

Construcción VIP en territorio mapuche

La obra del coto de caza en Rincón del Diablo -como se conoce tradicionalmente al cañadón sobre el primer tramo del río Foyel- es responsabilidad de Royal Architect Project Management Company (RAPM), subsidiaria de ESG dedicada a la arquitectura y gestión de proyectos hoteleros y residenciales.

En Argentina realizaron cinco proyectos publicitados en su página web institucional, dos están emplazados dentro del predio en conflicto con dos comunidades mapuche-tehuelche junto al río Alto Chubut, según nuestro conocimiento del lugar. Los otros tres están sobre el tramo final del río Foyel, en el paraje El Manso. Todos en la zona andina de Río Negro.

Según la empresa, el proyecto hunting lodge enclosure (coto de caza cerrado) se finalizó en 2019, consta de tres residencias para huéspedes y un lago artificial en 24.110 hectáreas. El Ministerio Público Fiscal y Barabucci acusan a dos personas de la Lof Cayunao y a tres hermanos de la Kom Kiñé Mu (KKM) de usurpar 14.000 hectáreas de ese bloque.

El borde sur y sureste es el espacio en conflicto, ya que los alambrados comunes y de tipo olímpicos impiden el libre tránsito hacia y en las tierras mas altas, de generosa pastura natural en verano, imprescindible para el ejercicio del ciclo de la ganadería trashumante que realizan las familias mapuches tradicionalmente en ese lugar.

La información empresaria otorga por primera vez la magnitud de la intervención humana en el territorio que se mantenía prácticamente intacto hasta hace menos de quince años, según nuestro seguimiento del caso. Además, articula información dispersa previa. Una empresa constructora de El Bolsón fue contratada por 4,5 millones de dólares por Manzil SA (de Barabucci) para realizar tres residencias en piedra, cuyas fotos ahora publica RAPM y reproducimos aquí.

Del análisis de las imágenes satelitales que realizó en 2019 Javier Grosso para la investigación del caso surgía importante movimiento de suelo y tuberías de gran tamaño junto al río y en el acceso a afluentes de alta montaña, en la zona del Cañadón del Diablo. Ahora podemos suponer que tiene relación con el lago artificial que realizaron, como informan en la página web. Al mismo tiempo, con el respaldo judicial lograron cercar el acceso a tres lagunas de altura, una de ellas sitio de ceremonia tradicional y, por lo tanto, de invaluable importancia espiritual para el pueblo mapuche.

Pampa argentina

La publicación institucional de la empresa emiratí no precisa los lugares de sus obras. Sólo los identifica como emplazados en la “pampa” argentina. Las fotografía y reseñas son más que suficientes para cotejarlos con la documentación disponible, que nos permite asegurar su ubicación precisa.

Además del coto de caza, ya desarrolló el casco principal de estancia Las Marías, en el paraje El Manso sobre la margen sur del tramo final del río Foyel. Allí construyeron cuatro residencias principales en 729 hectáreas.

Sobre la costa del Foyel, unos diez kilómetros al oeste, hacia la Cordillera de los Andes, sigue en construcción el proyecto Villa Estancia, un complejo de unidades destinadas al turismo en 679 hectáreas sobre un estanque artificial ganado al río. También destaca la construcción de la residencia Tornero, tomando el apellido de la familia propietaria del lugar a la que el fideicomiso Amaike le compró la tierra hace unos pocos años atrás.

Imagen destacada: “Las Marías” (todas las imágenes fueron extraídas de la web de ESG)

 

 

 


En consonancia con el voto en la ONU, cae el presupuesto del Instituto de Asuntos Indígenas


El voto contra la protección de los derechos de las comunidades indígenas ante Naciones Unidas va en línea con una política que se aplica desde hace meses a nivel interno, afirman instituciones que defienden los derechos de estas colectividades. El presupuesto del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas para 2025 refleja esta situación, ya que crecerá cuatro puntos por debajo del 18,3% de inflación previsto por el Gobierno para ese año. Como parte del ajuste, también se dispuso el traspaso de funciones a las provincias.

Agustina Bordigoni

23-11-2024 23:30

Perfil

Argentina fue el único país que votó en contra de una resolución de Naciones Unidas que pretendía garantizar el cumplimiento de los derechos de las comunidades indígenas en cuanto al acceso a la justicia, la preservación de las culturas y el medio ambiente. La postura del país en el exterior va en consonancia con la política local y se refleja en el proyecto de Presupuesto para 2025. Si se aprueba, el monto asignado al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) crecerá un 14% para ese año, cuatro puntos porcentuales por debajo de los cálculos más optimistas sobre inflación. El recorte presupuestario de 2024 derivó en la eliminación de las funciones del Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Renaci), que se encarga de tramitar las personerías jurídicas. Ahora esa responsabilidad caería en las provincias, aunque no hay plazo ni especificaciones sobre cómo sería ese traspaso.

El INAI, según explica el mismo proyecto que trata actualmente el Congreso, es un organismo descentralizado que tiene la función de implementar políticas “que hagan efectivos los derechos de la población indígena y sus comunidades, tales como la problemática del acceso a la tierra, la promoción de la organización y participación indígena, el ejercicio de la interculturalidad en sus distintas dimensiones, la prevención y  abordaje de conflictos que involucran a comunidades indígenas, y el desarrollo de acciones para el acceso a derechos entre diferentes áreas del Estado Nacional y niveles provinciales y municipales”. Algunas de esas cuestiones estaban presentes en el documento que Argentina rechazó en la votación ante la ONU, que además mencionaba que los pueblos originarios debían participar en la toma de decisiones sobre los asuntos que pudieran afectar sus derechos o tuvieran un impacto en sus territorios y recursos naturales.

Es precisamente en este sentido que distintas organizaciones entienden que esta decisión va en línea con el recorte presupuestario, que pasará de los $ 4.696 millones en 2024 a los $ 5.374 millones en 2025, muy por debajo de cualquier estimación acerca del comportamiento de los precios para el año entrante.

Entre otras medidas, el Instituto planea delegar la función del Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Renaci) a las provincias. Ese registro era hasta ahora el encargado de otorgar personería jurídica a las colectividades, lo que en la práctica les garantiza el acceso a los derechos. Pero el Gobierno decidió, a través del INAI, que se suspendan los trámites en curso y que no se inicien nuevos hasta tanto no se constituyan registros provinciales dedicados a ese fin.

“La resolución del INAI habla de instar a las provincias a conformar espacios de diálogo para ver cómo se llevarían adelante los registros locales. No hay especificación sobre qué procedimiento se va a aplicar, cuál va a ser el plazo, o cuál es la metodología de trabajo”, explicó a PERFIL Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, abogada indígena de identidad quechua-kolla de la Asociación Xumek.

La personería jurídica no debería ser condición para la garantía de los derechos de las comunidades indígenas, pero en la práctica lo es. “Esto se ha tergiversado y, entonces, si la comunidad indígena no tiene personería jurídica no se le reconocen ciertos derechos”, agregó. “La derogación del Renaci no es algo menor para las comunidades. Hay mucha judicialización, en particular en relación a sus derechos territoriales. Pero también, lastimosamente, hay muchas causas penales”, detalló Alancay. La falta de personería jurídica las deja no solamente desprotegidas frente a estas causas sino también con menos fuerza a la hora de ser reconocidas como interlocutoras válidas en las negociaciones sobre emprendimientos que podrían poner en peligro sus territorios.

“El ajuste presupuestario es la excusa. Detrás hay un Estado que acaba de festejar el día de la raza”, opinó. “Está ese otro lado que no se puede desprender respecto a lo que incomoda, molesta: no son los pueblos indígenas en general, sino algunas comunidades en particular por el lugar en donde se encuentran”, explicó.

“Los dos grandes problemas que tienen las comunidades son, por un lado, los conflictos territoriales y, por otro, la temática de la representación social en el conjunto en la sociedad. Pero el conflicto más urgente es el territorial”, detalló a este medio el abogado Adán Costa, docente universitario y presidente de la Comisión de Derecho Indígena Latinoamaricano e Interjuridicidad del Colegio de Profesionales de la Abogacía de Santa Fe.

Costa acompaña legalmente a comunidades en procesos de desalojo. “En los últimos meses se dieron algunos casos de resonancia como el del Parque Nacional Los Alerces, en la provincia de Chubut, o el de los juicios penales que se dieron en la comunidad Winkul Mapu, en San Carlos de Bariloche, en donde, además del desalojo también hay –y esto es un tema muy peligroso–, acciones de tipo penal, procesos penales en contra de quienes intentan resistir en sus propias comunidades”.

Diferentes asociaciones advirtieron en un comunicado que la ley 26.160, que protege a las comunidades de estas situaciones, no sería prorrogada en 2025. Se trata de una normativa de emergencia cuyo plazo se extendió en cuatro oportunidades.

“Si bien tenía sus deficiencias, la ley declaraba la emergencia territorial de todas las comunidades indígenas del Estado argentino”, afirmó en este sentido Paula Alvarado Mamani, perteneciente al pueblo kolla y abogada. “Prohíbe los desalojos a estas comunidades y obliga al INAI a llevar adelante un relevamiento técnico, jurídico y catastral de los territorios indígenas”.

Mamani destacó que la eliminación del INADI y del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad también implicaron un recorte hacia las comunidades: “en esas instituciones había un tratamiento de los derechos de los pueblos indígenas. Las mujeres indígenas teníamos un lugar al cual recurrir”, sintetizó.

“Antes de asumir, la vicepresidenta Victoria Villarruel decía que la ley 26.160 debía derogarse porque atenta contra el derecho de la propiedad privada en favor de ‘falsos indios’ o ‘pseudo mapuches terroristas’”, señaló por su parte Angélica Mendoza, del equipo de pueblos originarios de la asociación Servicio Paz y Justicia (Serpaj).

Lo cierto, afirmó, es que “sin la ley, los intereses de empresas extractivas o inmobiliarias podrían desalojar a las comunidades de los territorios a su antojo”.

“Desde que asumió este gobierno comenzó con su tarea de desfinanciar el INAI. Eliminaron áreas importantes del organismo y reconocieron que no se completarán los relevamientos de comunidades indígenas del país. Sólo quedarían los que ya se hicieron”, sintetizó.



Ferraro intimó por carta documento a Javier Milei a que revea sus últimas decisiones en la ONU

 

El presidente de la CC y diputado nacional le advirtió al jefe de Estado que si persiste en sus manifestaciones estará “obligado a promover una denuncia penal” en su contra. También intimó al canciller Gerardo Werthein.

Por parlamentario

25 noviembre, 2024

El diputado nacional de la Coalición Cívica-ARI y presidente del partido, Maximiliano Ferraro, le envió una carta documento al presidente Javier Milei en la que lo intimó “a cesar” con la toma de una serie de “decisiones en materia de relaciones exteriores y derechos humanos que son violatorias de la Constitución Nacional”, respecto de los últimos votos de la Argentina en la ONU relacionados con la lucha contra la violencia contra las mujeres y niñas y con los derechos de los pueblos indígenas.

Según el diputado, “las decisiones adoptadas por el gobierno nacional en el marco de la ONU contravienen los principios de igualdad y libertad consagrados en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional”. Ferraro dirigió una intimación similar al canciller Gerardo Werthein.

El texto de la carta documento destinada tanto al presidente como al ministro de Relaciones Exteriores expresa: “Por medio de la presente le intimo a cesar con la toma de decisiones en materia de relaciones exteriores y derechos humanos que a continuación desarrollamos, por ser violatorias del Art. 75 incs. 17, 22 y 23 de la Constitución Nacional; de lo contrario estaré obligado a promover denuncia penal por los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público (arts. 248 y 249 CP)”.

“Nos referimos al voto solitario de la representación argentina en la Organización de Naciones Unidas rechazando los proyectos de resoluciones sobre ‘Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: el entorno digital’ (A/C.3/79/L. I 7) y de ‘Derechos de los Pueblos Indígenas’ (A/C.3/79/L.2 l )”, explicó Ferraro.

La posición de la Argentina fue la más extrema: 170 países que votaron en favor de la resolución de las Naciones Unidas que declara como objetivo “eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la violencia sexual y por razón de género, la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación”, incluidos Estados Unidos e Israel, y 13 se abstuvieron.

“Asimismo, agrava la preocupación el retiro de la delegación argentina de la 29° conferencia sobre el cambio climático de las Naciones Unidas (COP29) que se celebra en Bakú este año”, agregó en la carta.

La misiva continuó: “Reiteramos que estas decisiones incurren en graves incumplimientos de los principios y declaraciones establecidas en la Constitución Nacional en el art. 75 inc. 17 y 23, los instrumentos internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional del inc. 22, y las obligaciones asumidas del Estado Nacional en relación a la protección de los grupos sociales afectados”.

Por estos motivos, instaron a que “desistan de violar la Constitución Nacional y los emplazamos a rectificar decisiones similares ya que el ejercicio de la política exterior debe ser en observancia de los principios y obligaciones asumidas por el Constitución Nacional. Reiteramos que toda política ejercida por el Poder Ejecutivo, en tanto poder constituido, debe operar dentro de los límites que le impone el poder constituyente”.

“Las decisiones adoptadas por el gobierno nacional en el marco de la ONU contravienen los principios de igualdad y libertad consagrados en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional”, expresó y cerró: “Recordar que la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos con jerarquía constitucional son la base legal, moral y ética en la cual se fundan la democracia y la República, en consecuencia, todos aquellos actos que el Estado no haga en su favor, los hace en su contra y pueden actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático (art. 36 CN)”.


El caso Loan despierta la búsqueda de identidad biológica


Guadalupe Álvarez, abogada del Colectivo Mendoza por la Verdad, dialogó con El Interactivo y explicó como aumentaron las consultas

Por Redacción El Interactivo

5 Septiembre de 2024 - 17:54

El caso Loan puso los ojos sobre la desaparición de niños y bebés. Por ese motivo, El Interactivo (lunes a viernes, de 12 a 14, por Facebook, YouTube y FM 91.7 de Ciudadano.News) dialogó con Guadalupe Álvarez, abogada del Colectivo Mendoza por la Verdad, quien señaló: "Si bien el país tiene una historia institucional donde la sustracción de personas recién nacidos ha sido una práctica habitual, no podemos quedarnos adormecidos ante estos hechos.

“El caso Loan ha despertado en los buscadores de sus propios orígenes la necesidad de tomar el camino del encuentro. Un camino difícil de sostener, ya que las pruebas que pueden tener son pocas y también los organismos que tenemos no solo a nivel provincial, sino a nivel nacional, muchas veces cuesta que den respuestas adecuadas a la necesidad de esta población".

"A nivel provincial hoy tenemos organismo que responden, pero sabemos que los niños que hoy buscamos, no solo pueden estar en la provincia de Mendoza, en el resto del país o en cualquier lugar parte del mundo".

"Hemos tenido mucho más consultas", aseguró Álvarez, quien después pidió disculpa porque "muchas veces no alcanzamos a responder desde nuestra asociación a la gran demanda de personas que acuden, a través de redes sociales, somos todos voluntarios y muchas veces el tiempo impide que a tiempo estemos dando algún tipo de respuestas".

"Muchas mujeres que podían llegar a creer que sus propios hijos podían haber fallecido, hoy sospechan que no. Estos niños pueden estar vivos debido a que les han dicho que fallecieron, pero nunca los han visto muertos ni se les ha entregado ningún tipo de documentación", comentó la letrada.

Qué hacer ante la duda

"Primero hay que acercarse a los organismos estatales buscando ayuda, a la Justicia y también a los órganos administrativos. Mendoza tiene una ley, la 9182, que creó el programa provincial de búsqueda de identidad biológica y que depende de Derechos Humanos.

Está en el quinto piso de Casa de Gobierno y tiene un equipo de profesionales trabajando para dar respuestas. También aquellas personas que hayan sido adoptadas pueden acercarse al Poder Judicial, dentro del registro de adopción hay un espacio para la búsqueda de los orígenes", explicó Álvarez.

"Para hacer historia, en 2009 se modifica la ley de creación del Banco Nacional de Datos Genéticos, que se había creado en el gobierno de Alfonsín. Luego se restringió para aquellas personas nacidas entre el 76 y el 83. Como organismos de Derechos Humanos que somos, junto a otras organizaciones, se presentó un amparo solicitando que se devolviera ese carácter universal, ya que hay personas que han nacido por fuera de ese periodo no pueden acceder y actualmente no tienen respuestas ni dónde acudir para dejar su muestra en el caso de que las futuras búsquedas puedan encontrarse", contó la abogada, quien reflexionó. "Esto nos afecta como sociedad y la memoria colectiva debe ser para todos igual".

La realidad de la provincia

"Mendoza tiene una frontera que es bastante exhaustiva con los controles. Sin embargo, sabemos que en otros lugares del país estos son más permisivos o son más permeables", consideró.

"Aprovecho la oportunidad para sostener que se piense en los organismos públicos empezar a tomar la muestra genética a las personas recién nacidas y a sus progenitores para que desde un primer inicio de nuestra vida podamos tener el acceso y conocer no solo nuestra identidad de origen, sino también nuestra identidad genética", concluyó Álvarez.   

La nota completa: https://youtu.be/Ks42g004Mm8

 


DNU

Argentina: La Corte consideró que el uso de DNU debe ser excepcional

 

Argentina: La Corte consideró que el uso de DNU debe ser excepcional

Por CIJ *

Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado. 

Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que, por lo tanto, su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado. “El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”, dijeron los jueces.

La sentencia -con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt,  Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Enrique Petracchi- fue dictada en la causa “Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”, y declaró la inconstitucionalidad del decreto 558/02 del 27 de marzo de 2002 que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros.

En los aspectos principales, la opinión de los jueces es coincidente al considerar que el DNU cuestionado es inconstitucional. Las diferencias radican en aspectos específicos, básicamente motivados en la ausencia de una ley al momento del dictado del DNU en cuestión y que se detallan a continuación:

El caso

La actora, “Consumidores Argentinos, Asociación para la Defensa, Educación e Información del Consumidor”, promovió acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de que se declarase la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 558/02, que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros.

El art. 1° del decreto 558/02 incorporó la posibilidad de que las aseguradoras, ante una situación de iliquidez transitoria, realicen y constituyan deuda subordinada a los privilegios generales y especiales derivados de los contratos de seguro. El art. 2º estableció cesiones de cartera sin la exigencia de la publicidad, y otras medidas. La Asociación señala que esas modificaciones privan a los consumidores de ejercer el derecho de oposición fundada en un caso de transferencia de cartera y, en consecuencia, atentan contra el art. 42 de la Constitución Nacional; permiten la exclusión de activos de la aseguradora sin dar ninguna noticia a los asegurados, en violación al derecho de propiedad (art. 17 CN), restringen el ejercicio del derecho a ejecutar al deudor en sus activos por deudas impagas con afectación del derecho de propiedad (art. 17 CN), limitan la traba de medidas cautelares sobre los bienes del deudor e imponen a los jueces la obligación de ordenar el levantamiento de las medidas trabadas sobre los bienes excluidos por voluntad de las empresas aseguradoras, en violación a los derechos de propiedad y de igualdad, al debido proceso y al principio de división de poderes (arts. 17, 18 y 109 CN), eliminan la autorización judicial para solicitar la anulación de actos ineficaces y permitir la exclusión de los activos aun cuando exista un estado de insolvencia, atenta contra los derechos de propiedad y de igualdad, del debido proceso y del principio de división de poderes (arts. 17, 18 y 109 CN),  limitan el derecho de los acreedores de la aseguradora respecto de los bienes excluidos de su patrimonio lo cual es violatorio de los derechos de propiedad, de igualdad y de la garantía del debido proceso.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar la sentencia del juez de primera instancia, hizo lugar a la demanda.

El Estado Nacional dedujo recurso extraordinario.El caso es anterior a la ley 26122 que regula los DNU, y por lo tanto esa ley no ha sido cuestionada.

La sentencia

La sentencia tiene diez considerandos que firman los jueces en común (Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda, Zaffaroni y Argibay). El Dr Petracchi remite a su voto en el caso “Verrochi”, que es coincidente con lo que dice la mayoría en esta sentencia. En consecuencia, en los aspectos principales, la opinión de los jueces es coincidente y todos consideran que el DNU es inconstitucional. Las diferencias existen en aspectos específicos, básicamente motivados en la ausencia de una ley (la ley 26122 no había sido sancionada) y que se detallan más adelante.

1) La facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista (considerandos 1 a 10). (Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda, Zaffaroni y Argibay)

• Que los constituyentes de 1994, al resolver incorporar a la Constitución Nacional los Decretos de Necesidad y Urgencia, tuvieron en cuenta la sistemática extralimitación del ejercicio de tal facultad por parte de los titulares del Poder Ejecutivo y que su consecuencia había sido el debilitamiento del sistema republicano democrático.

• Que por esta razón, la finalidad de su regulación fue atenuar el sistema presidencialista, fortaleciendo el rol del Congreso y la mayor independencia del Poder Judicial.

• Que ello no puede ser cambiado, porque los constituyentes decidieron sujetarse a unos principios fundamentales para convivir en sociedad, pensados para que sean perdurables e inmunes a las tentaciones de cambiarlos frente a las previsibles mudanzas de opinión.

• Que el principio que organiza el funcionamiento del estatuto del poder es la división de funciones y el control recíproco.

• Que no caben dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace bajo condiciones de rigurosa excepcionalidad y con sujeción a exigencias formales, que constituyen una limitación y no una ampliación de la práctica seguida en el país.

2) Los jueces pueden controlar la existencia del estado de necesidad y urgencia, la que no es igual a la mera conveniencia politica (considerandos 11,12,13 ).

La mayoría (Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda y Zaffaroni) opina:

• “Que en lo que respecta a la existencia de un estado de necesidad y urgencia, es atribución de este tribunal evaluar, en este caso concreto, el presupuesto fáctico que justificaría la adopción de decretos que reúnan tan excepcionales presupuestos”.“El Poder Judicial deberá entonces evaluar si las circunstancias invocadas son excepcionales, o si aparecen como manifiestamente inexistentes o irrazonables; en estos casos, la facultad ejercida carecerá del sustento fáctico constitucional que lo legitima”. Que la Constitución “autoriza al Poder Judicial a verificar la compatibilidad entre los decretos dictados por el Poder Ejecutivo y la Constitución Nacional, sin que ello signifique efectuar una valoración que reemplace aquella que corresponde al órgano que es el competente en la materia o invada facultades propias de otras autoridades de la Nación”.

• Que “cabe descartar de plano, como inequívoca premisa, los criterios de mera conveniencia del Poder Ejecutivo que, por ser siempre ajenos a circunstancias extremas de necesidad, no justifican nunca la decisión de su titular de imponer un derecho excepcional a la Nación en circunstancias que no lo son. El  texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”.

• “En el precedente “Verrocchi”, esta Corte resolvió que para que el Presidente de la Nación pueda ejercer legítimamente las excepcionales facultades legislativas que, en principio, le son ajenas, es necesaria la concurrencia de alguna de estas dos circunstancias: 1) que sea imposible dictar la ley mediante el trámite ordinario previsto por la Constitución, vale decir, que las cámaras del Congreso no puedan reunirse por circunstancias de fuerza mayor que lo impidan, como ocurriría en el caso de acciones bélicas o desastres naturales que impidiesen su reunión o el traslado de los legisladores a la Capital Federal; o 2) que la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente, en un plazo incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes (considerando 9°). Fallos 322:1726, “Verrocchi”.

• El Juez Petracchi, al remitir a su voto en “Verrocchi” entiende que si no está constituida la Comisión Bicameral, el decreto no puede dictarse y no es necesaria otra consideración.

• La Dra Argibay, sostiene que cualquier disposición de carácter legislativo que emita el presidente, debe reputarse, “prima facie” inconstitucional, salvo que se reúnan las condiciones previstas en la Constitución.  Siendo que al momento del dictado del decreto impugnado no se había constituido la Comisión Bicameral, el ejecutivo no podía dictar decretos de necesidad y urgencia. 

3) No hay necesidad ni urgencia que justifiquen el dictado del decreto impugnado

En el voto de los Dres. Lorenzetti, Fayt y Zaffaroni se dice que en el caso, siendo que el decreto fue dictado con anterioridad a la ley 26122 que regula los DNU, corresponde examinar si hubo necesidad y urgencia. Como se trata de una reforma general de la ley 20091 no hay razón alguna para prescindir de la ley y recurrir al DNU.

La Dra. Highton sostiene que el decreto contiene una regulación comercial (no expresamente prohibida), y fue dictada con anterioridad a la creación de la Comisión Bicameral. Esta falta de control legislativo habilita a examinar si hubo necesidad y urgencia. En este sentido, corresponde reconocer que hubo emergencia económica reconocida por la Corte en varios fallos, pero no hay ningún elemento aportado por el Estado Nacional para justificar la omisión de recurrir a una ley.

El Dr. Maqueda sostiene que el decreto fue dictado con anterioridad a la existencia de la Comisión Bicameral y no fue ratificado por el Congreso de la Nación, lo cual es suficiente para descalificarlo. No obstante, advierte que tampoco está justificada la necesidad y la urgencia. La reforma constitucional tuvo por objetivo fijar rigurosos limites al Poder Ejecutivo en la materia con el objeto de establecer frenos formales al voluntarismo presidencial imperante con anterioridad a la reforma de 1994. El texto constitucional no hablita a concluir que la necesidad y urgencia del art. 99 inc. 3, sea la necesidad y la urgencia del Poder Ejecutivo en imponer su agenda, habitualmente de origen político circunstancial, sustituyendo al Congreso de la nación en el ejercicio de la actividad legislativa que le es propia. Los jueces tienen facultad de analizar dicho presupuesto y si bien en el caso el decreto fue dictado en el marco de una situación de emergencia económica,  reconocida en varios fallos de la Corte, el Estado Nacional no aportó elemento alguno que demostrara que esa emergencia afectaba al sector asegurador de una forma tal que justificara modificar su regulación omitiendo seguir el procedimiento de sanción de las leyes.

FALLO COMPLETO 

 


* CIJ - Centro de Información Judicial

 

Fuente: https://www.cij.gov.ar/nota-4118-La-Corte-consider--que-el-uso-de-DNU-debe-ser-excepcional.html#showfotos

 

 

 

Argentina: La suma de todos los miedos

Argentina: La suma de todos los miedos

 

Por José Natanson

Le Monde Diplomatique

04/12/2023

 

¿De qué se alimenta el miedo?

 

Como sabía Pennywase, el payaso de It que era capaz de adoptar la forma del terror de cada niño para arremeter contra él en las alcantarillas de Derry, el miedo está hecho de retazos de memoria, imágenes fragmentadas del pasado, traumas reprimidos que asoman. Por eso cuando pensamos en los riesgos de la democracia nuestra imaginación vuela hacia las escenas clásicas de los golpes de Estado del siglo XX, con los tanques entrando a la Casa de Gobierno o los aviones bombardeando el Palacio de La Moneda. Pero hoy el peligro democrático no pasa por un arrebato militar: es un proceso más largo y viscoso, menos claro. Esto no quiere decir que Argentina no cruja ante la inminencia de un gobierno de Javier Milei, sino que hay que sacudirse los miedos ancestrales para entender mejor el peligro real de lo que viene.

 

Y lo que viene es un retroceso. El pacto democrático imperante desde 1983 implicó la aceptación del juego electoral por parte de todos los actores políticos, incluyendo a aquellos que, como las derechas autoritarias y las izquierdas insurgentes, en el pasado lo habían impugnado. Pero también supuso otras cosas, como la exclusión definitiva de la violencia política, la aceptación de la pluralidad y la autocontención de la represión estatal. Este contrato social, que algunos llaman el “pacto del Nunca Más”, fue un proceso de construcción colectiva trabajoso y en absoluto lineal, que a lo largo de cuatro décadas tuvo que superar alzamientos carapintadas, un copamiento guerrillero y la crisis del 2001, pero que pese a todo siguió avanzando.

 

El 55% de los argentinos que eligieron a Milei el domingo pasado no lo hicieron pensando que lo que estaba en juego era la continuidad democrática, que estaban de algún modo plebiscitando la democracia. Votaban mayoritariamente otra cosa. Como sostiene Marina Franco (1), resulta tentador pensar que el ascenso de Milei revelaría que la democracia argentina está pagando el precio de su propio éxito, que su estabilidad la convirtió en un “paisaje abúlico” que ya no aparece ante los jóvenes como un valor a conquistar, porque nunca conocieron otro sistema y no pueden por lo tanto imaginar el horror de perderlo. Pero esta perspectiva, afirma Franco, es falaz: lo que explica que una mayoría social haya votado a un candidato que pone en cuestión estos consensos no es el éxito de la democracia sino su fracaso, su incapacidad para garantizar mejoras concretas en las condiciones materiales de vida o un horizonte de autosuperación para las nuevas generaciones.

 

¿Qué nos espera entonces?

 

En primer lugar, la secuencia conocida de ajuste, movilización popular y represión. Aunque Milei ha desandado algunas de sus propuestas económicas más radicales, el corazón de su programa de gobierno, con o sin dolarización, incluye un fuerte recorte del gasto público, la eliminación de la emisión monetaria y el achicamiento del Estado. En sus propias palabras, “cambios drásticos, sin gradualismos”. Habrá que ver cómo reacciona el Presidente electo cuando se activen las movilizaciones y se convoquen las primeras huelgas. En los momentos más calientes del largo paro de los obreros mineros de 1984, Margaret Thatcher llegó al extremo de ordenar a las autoridades escolares no entregar los uniformes a los hijos de los huelguistas y hasta excluirlos de los comedores de los colegios. Más cerca en espacio y tiempo, Carlos Menem osciló entre, por un lado, la necesidad de compensar su giro ideológico con gestos sobreactuados, como cuando eligió como día para firmar el decreto de limitación del derecho a huelga un 17 de octubre, y, por otro, la negociación de diversas concesiones con los sindicatos más poderosos.

 

¿Cómo responderá Milei a la previsible resistencia que producirán sus políticas? Las dos experiencias más recientes, los gobiernos de Donald Trump y Jair Bolsonaro, no resultan del todo pertinentes para ensayar una comparación, porque se trata de países en donde las movilizaciones populares no son un factor determinante del juego político, donde el poder de los sindicatos es relativo y donde las capitales están alejadas de los principales centros urbanos. En contraste con Estados Unidos y Brasil, la sociedad argentina es una sociedad movilizada, con una larga memoria igualitarista y un sesgo jacobino cercano al francés. Bajo estas condiciones, con sindicatos y organizaciones sociales acostumbrados a una gimnasia de protesta permanente y con fuerzas de seguridad subcalificadas y proclives al gatillo fácil, cualquier intento de contener la movilización puede generar un saldo trágico. Contra lo que a veces se piensa, ningún gobierno democrático busca de manera deliberada heridos o muertos. No es que Eduardo Duhalde buscó el asesinato de Kosteki y Santillán; simplemente no lo previó ni pudo evitarlo.

 

En contraste con Estados Unidos y Brasil, la sociedad argentina es una sociedad movilizada, con una larga memoria igualitarista y un sesgo jacobino cercano al francés.

 

Otro punto importante es la dimensión liberal de la construcción democrática. Desde 1983, sucesivos gobiernos vienen impulsando una serie de leyes tendientes a permitir que cada persona viva su vida, disfrute de su intimidad y experimente su sexualidad de la manera que más le guste, proceso que se completó con una serie de normas y decisiones administrativas orientadas a garantizar los derechos de las mujeres y las minorías. Así, Raúl Alfonsín impulsó la ley de divorcio, la patria postestad compartida y la equiparación de derechos de los hijos extramatrimoniales; Carlos Menem apoyó la ley de cupo femenino; el kirchnerismo sancionó la ley de matrimonio igualitario, la ley de vientre subrogante y la ley de identidad de género, y Mauricio Macri habilitó por primera vez la discusión parlamentaria sobre el aborto, que finalmente se sancionó durante el gobierno de Alberto Fernández, que además creó el Ministerio de la Mujer.

 

Resultado de una combinación de luchas colectivas y decisiones ejecutivas (incluso oportunistas), estas políticas, algunas de ellas muy avanzadas para el contexto regional, fueron conformando un entramado legal y administrativo de espíritu liberal que contribuyó a consolidar el pluralismo, la tolerancia y el derecho a la identidad.

 

En la campaña, Milei dijo que la educación sexual integral (ESI) busca “destruir a la familia” y que es una política “ligada al ecologismo”, Alberto Benegas Lynch anunció que intentará derogar la interrupción voluntaria del embarazo, Lilia Lemoine propuso la renuncia voluntaria a la paternidad y Diana Mondino comparó el matrimonio igualitario con tener piojos. Aun si la correlación de fuerzas legislativas y la resistencia social impiden llegar a estos extremos, el retroceso parece inevitable. Como sabe cualquier persona que haya ejercido algún cargo de responsabilidad estatal, construir una política pública es muy complejo: exige voluntad, pericia técnica, construcción de equipos, neutralización de vetos políticos. Desmontarla, en cambio, es fácil, a veces ni siquiera hay que anunciarlo: alcanza con abandonar una política pública para que ésta languidezca hasta desaparecer. Por poner un ejemplo, ¿qué pasará de ahora en más con la ESI, una línea de trabajo que lleva años, involucra diversas jurisdicciones y áreas de gobierno y que ha demostrado su éxito para evitar embarazos no deseados, prevenir el HIV y detectar casos de abuso?

 

El último punto a considerar es la cuestión de los derechos humanos, una dimensión de la construcción democrática que puede parecer extemporánea (hablamos de “los derechos humanos del pasado”) pero sobre la cual los grandes líderes políticos depositaron parte de su capital simbólico. Si Alfonsín impulsó el Juicio a las Juntas, Menem los indultos y la “política de reconciliación” y Kirchner los juicios contra los represores, fue porque intuían que en estos gestos se cifraba su relación con la sociedad, que eran una forma de enviar un mensaje sobre el presente dialogando con el pasado. ¿Qué hará Milei? Los testimonios de quienes lo acompañan desde hace tiempo y los registros periodísticos sugieren que hasta hace un par de años la cuestión no figuraba en el centro de sus preocupaciones, que era un tema que sencillamente no le interesaba, y que fue la incorporación a su dispositivo político de Victoria Villarruel lo que lo llevó a adoptar posiciones como las que exhibió en el debate. Al cierre de esta nota no se conocían todavía los nombres de los ministros de Seguridad y Defensa, posible indicio de la decisión del Presidente de evitar la tercerización de estas áreas en su vice.

 

Concluyamos.

 

Aunque habrá que esperar a la asunción, el programa de gobierno de Milei y los trascendidos de las primeras designaciones confirman que estamos ante el inicio de una etapa política nueva, muy distinta a los gobiernos peronistas pero también a la gestión de centroderecha coalicional de Mauricio Macri. ¿Hasta dónde llegará Milei? ¿Qué forma asumirá su gobierno? Quizás una forma de abordar esta pregunta sea pensar si se limitará a aplicar políticas de ajuste que busquen recuperar la “normalidad macroeconómica” para relanzar la economía, incluyendo privatizaciones, apertura económica y desregulación, es decir una agenda neoliberal clásica, o si además se embarcará en una batalla cultural. ¿Liderará una gestión pragmática al estilo de Giorgia Meloni o empujará una agenda conservadora a lo Vox?

 

La primera alternativa es difícil, pero factible. La larga experiencia de Menem y el resultado de las elecciones de 2019, en las que Juntos por el Cambio quedó a sólo 7 puntos del peronismo, y de las elecciones de 2021, en las que se impuso ampliamente, demuestran que la sociedad argentina no es necesariamente hostil a los programas de ajuste: lo que pide es que la estabilización que prometen se concrete. El pacto social de los 90 –legitimado en la reelección de Menem en 1995– implicó el sacrificio del empleo y la igualdad a cambio de diez años de estabilidad y consumo.
La segunda alternativa es mucho más riesgosa. En una nota reciente (2), Pablo Touzón y Federico Zapata sostienen que Milei deberá neutralizar su frente interno y evitar la tentación de caer en la guerra cultural. “El éxito o el fracaso de su gobierno se cifra en saber elegir las batallas, y la más relevante es la económica (reformar y estabilizar Argentina). Todas las demás, y sobre todo las reformas culturales, son excentricidades que le abrirán un Vietnam de conflictos”, escriben.

 

El planteo es lógico: a Milei lo eligieron básicamente para que arregle la economía y la batalla cultural es, en efecto, extenuante y conflictiva. Sin embargo, permite también constituir un núcleo duro de apoyos, que es lo que hizo Cristina a partir del conflicto del campo y lo que descubrió tardíamente Macri. Desprovisto de un partido político potente, de aliados territoriales y de mayorías legislativas, el nuevo Presidente necesitará sostener su gobierno de algún alfiler si quiere avanzar con su programa de reformas, y la activación de un contingente militante podría ser una tentación. Las minorías radicalizadas agrietan el debate público y ponen en cuestión la convivencia democrática, son perjudiciales y peligrosas, pero también garantizan una base mínima de respaldos en circunstancias difíciles, proveen un activismo 24 horas y hasta ofrecen una fuerza de choque en las calles. Es lo que hicieron Trump y Bolsonaro y es de hecho lo que dijo Macri cuando señaló que esta vez los “orcos” peronistas no van a poder bloquear una eventual reforma previsional tirando piedras porque habrá “miles de jóvenes” dispuestos a enfrentarlos. Si la alternativa de un ajuste neoliberal es mala pero conocida, el segundo escenario hundiría a la democracia argentina en un abismo tan hondo como nuestras peores pesadillas.

 

Notas:

 

1. https:/www.eldiplo.org/notas-web/la-fractura-del-nunca-mas/

 

2. https://panamarevista.com/chicxulub/

 

Fuente: https://www.eldiplo.org/294-que-nos-espera/la-suma-de-todos-los-miedos/