Seminario “El Derecho al propio Derecho”

“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”
xFILAC
Los Pueblos Indígenas tienen derecho a conservar
sus sistemas de justicia, porque un verdadero estado de derecho incluye el
pluralismo jurídico, afirmó hoy Ricardo Pérez, presidente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos durante el seminario regional sobre el
Pluralismo Jurídico “El Derecho al Propio Derecho” organizado por la Fiscalía
de Honduras y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América
Latina y el Caribe (FILAC).
El evento realizado en Tegucigalpa contó con la
participación de expertos de diferentes países de la región, algunos de ellos
por medio de plataformas electrónicas.
“Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y
fortalecer sus propias instituciones jurídicas. Un verdadero estado de derecho
incluye el pluralismo jurídico. La CIDH ha sido tribunal pionero en defensa de
sus derechos”, dijo Pérez.
El jurista añadió que “un verdadero Estado de
Derecho es aquel que integra sistemas normativos diversos y eficaces para
cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 16, que busca promover
sociedades justas, pacificas e inclusivas”.
Según las definiciones del informe “Pluralismo
Jurídico en los Estados parte del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos
Indígenas de América Latina y El Caribe”, elaborado por el Observatorio
Regional de Pueblos Indígenas (ORDPI) del FILAC, el pluralismo jurídico está
reconocido por instrumentos internacionales y propuesto un marco de
relacionamiento entre Estados y Pueblos Indígenas, lo que implica la aceptación
de que varios órdenes jurídicos pueden convivir en un mismo espacio y tiempo,
negando la exclusividad estatal en la producción de normas jurídicas.
Derechos reconocidos
En su intervención, Freddy Mamani, presidente del
Consejo Directivo del FILAC, afirmó que “uno de los derechos colectivos clave
que han sido reconocidos a los Pueblos Indígenas es el derecho a tener su
propio derecho, sus propias instituciones, sus propios mecanismos para
organizarse socialmente y para determinar consecuencias ante el cumplimiento o
incumplimiento de las normas que se establezcan”.
“El pluralismo jurídico viene desde tiempos
precoloniales”, dijo a su turno la ex canciller y lideresa kichwa ecuatoriana
Nina Pacari, quien agregó que al plantearse el pluralismo jurídico en
condiciones igualitarias y de convivencia, permite superar la noción de
justicia alternativa.
“Un corolario del derecho al autogobierno es el
derecho al sistema jurídico propio”, dijo por su parte Francisco Cali, relator
especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas,
quien destacó la característica reparadora de los sistemas de justicia de los
Pueblos Indígenas. “Mientras que el sistema jurídico estatal es punitivo, el
sistema jurídico de los pueblos indígenas es reparador”, afirmó.
Estados obligados a aplicar el pluralismo jurídico
Los Estados latinoamericanos, la mayoría de los
cuales ratificó el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), tienen la obligación de reconocer los sistemas jurídicos de los pueblos
indígenas, según Ricardo Changala, coordinador del programa Diálogo y
Concertación del FILAC.
Según el artículo 8, numeral 2 de ese convenio, los
Pueblos Indígenas “deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e
instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos
fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos
humanos internacionalmente reconocidos”.
Además, el numeral 1 del artículo 9 de ese convenio
establece que “en la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico
nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán
respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren
tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros”.
Según la jurista peruana Raquel Irigoyen, los
alcances de ese instrumento legal fueron profundizados por la Declaración de
los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y la
“Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”.
A manera de conclusión, Gabriel Muyuy, afirmó que
muchas de las vulneraciones al derecho al ejercicio a la jurisdicción propia de
los pueblos indígenas, se debe al desconocimiento de las normas por parte de
los aparatos judiciales.
“¿Cómo lo resolvemos? Tenemos que establecer un
programa, un plan de formación sistemática, académica, intercultural,
conjuntamente entre pueblos indígenas y operadores de justicia no indígena, ese
es el camino y eso es posible si hay voluntad política”, dijo.
Fuente: https://www.filac.org/pueblos-indigenas-tienen-derecho-a-sus-sistemas-propios-de-justicia/