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“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”

Seminario “El Derecho al propio Derecho”

“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”

 xFILAC

Los Pueblos Indígenas tienen derecho a conservar sus sistemas de justicia, porque un verdadero estado de derecho incluye el pluralismo jurídico, afirmó hoy Ricardo Pérez, presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante el seminario regional sobre el Pluralismo Jurídico “El Derecho al Propio Derecho” organizado por la Fiscalía de Honduras y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (FILAC).

El evento realizado en Tegucigalpa contó con la participación de expertos de diferentes países de la región, algunos de ellos por medio de plataformas electrónicas.

“Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y fortalecer sus propias instituciones jurídicas. Un verdadero estado de derecho incluye el pluralismo jurídico. La CIDH ha sido tribunal pionero en defensa de sus derechos”, dijo Pérez.

El jurista añadió que “un verdadero Estado de Derecho es aquel que integra sistemas normativos diversos y eficaces para cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 16, que busca promover sociedades justas, pacificas e inclusivas”.

Según las definiciones del informe “Pluralismo Jurídico en los Estados parte del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe”, elaborado por el Observatorio Regional de Pueblos Indígenas (ORDPI) del FILAC, el pluralismo jurídico está reconocido por instrumentos internacionales y propuesto un marco de relacionamiento entre Estados y Pueblos Indígenas, lo que implica la aceptación de que varios órdenes jurídicos pueden convivir en un mismo espacio y tiempo, negando la exclusividad estatal en la producción de normas jurídicas.

Derechos reconocidos

En su intervención, Freddy Mamani, presidente del Consejo Directivo del FILAC, afirmó que “uno de los derechos colectivos clave que han sido reconocidos a los Pueblos Indígenas es el derecho a tener su propio derecho, sus propias instituciones, sus propios mecanismos para organizarse socialmente y para determinar consecuencias ante el cumplimiento o incumplimiento de las normas que se establezcan”.

“El pluralismo jurídico viene desde tiempos precoloniales”, dijo a su turno la ex canciller y lideresa kichwa ecuatoriana Nina Pacari, quien agregó que al plantearse el pluralismo jurídico en condiciones igualitarias y de convivencia, permite superar la noción de justicia alternativa.

“Un corolario del derecho al autogobierno es el derecho al sistema jurídico propio”, dijo por su parte Francisco Cali, relator especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, quien destacó la característica reparadora de los sistemas de justicia de los Pueblos Indígenas. “Mientras que el sistema jurídico estatal es punitivo, el sistema jurídico de los pueblos indígenas es reparador”, afirmó.

Estados obligados a aplicar el pluralismo jurídico

Los Estados latinoamericanos, la mayoría de los cuales ratificó el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tienen la obligación de reconocer los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, según Ricardo Changala, coordinador del programa Diálogo y Concertación del FILAC.

Según el artículo 8, numeral 2 de ese convenio, los Pueblos Indígenas “deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos”.

Además, el numeral 1 del artículo 9 de ese convenio establece que “en la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros”.

Según la jurista peruana Raquel Irigoyen, los alcances de ese instrumento legal fueron profundizados por la Declaración de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y la “Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”.

A manera de conclusión, Gabriel Muyuy, afirmó que muchas de las vulneraciones al derecho al ejercicio a la jurisdicción propia de los pueblos indígenas, se debe al desconocimiento de las normas por parte de los aparatos judiciales.

“¿Cómo lo resolvemos? Tenemos que establecer un programa, un plan de formación sistemática, académica, intercultural, conjuntamente entre pueblos indígenas y operadores de justicia no indígena, ese es el camino y eso es posible si hay voluntad política”, dijo.

Fuente: https://www.filac.org/pueblos-indigenas-tienen-derecho-a-sus-sistemas-propios-de-justicia/


Pueblos originarios denuncian la construcción de un emprendimiento turístico

La comunidad originaria Yacoraite, en la localidad de Huacalera, denunció la usurpación de sus tierras por parte de un emprendimiento turístico privado, al que acusó de haber construido casas violando los derechos consagrados en la Constitución nacional.

«Lo que denunciamos es usurpación de tierras porque esto nos corresponde, es territorio comunitario», afirmó la presidente de la comunidad Yacoraite, Noemí Espejo, tras radicar este lunes una denuncia penal en la fiscalía de la ciudad de Humahuaca y ante las autoridades de la comisaría local.

La denunciante, en representación de la comunidad indígena, relató a Télam que la usurpación comenzó desde los primeros días de diciembre pasado, a partir de un «supuesto permiso» que obtuvo el emprendimiento turístico por parte de la comisión municipal de Huacalera, en Tilcara.

La denunciante, en representación de la comunidad indígena, relató a Télam que la usurpación comenzó desde los primeros días de diciembre pasado, a partir de un «supuesto permiso» que obtuvo el emprendimiento turístico por parte de la comisión municipal de Huacalera, en Tilcara.

«Plantemos una reunión con la empresa en la cual presentaron carpetas conteniendo todo el proyecto turístico que ellos quieren hacer en el lugar pero desconocemos cuáles son los circuitos turísticos que tienen planeado», señaló y apuntó que «aproximadamente estarían abarcando 19 hectáreas» de la comunidad.

La empresa comenzó en diciembre pasado la construcción de casas tipo domo y «a la fecha ya suman 12», según dijeron, con lo cual «están pasando por sobre los derechos de las comunidades y por la comisión municipal local».

Según Espejo, esta misma empresa «anteriormente usurpó otras tierras que son de la comunidad vecina, Angosto de Yacoraite, la cual en su momento los denunció y se terminaron retirando».

Hasta el momento son varias las presentaciones realizadas por la comunidad contra esta empresa por usurpación, entre ellas por la Secretaría de Pueblos Indígenas, al gobernador de la provincia, Gerardo Morales, y al ministro de Cultura y Turismo, Federico Posadas, pero de ellas no han obtenido «ninguna respuesta».

«En el Ministerio de Turismo de la provincia nos dijeron que ellos están trabajando por el turismo y en promocionarlo pero no obtuvimos respuesta sobre la usurpación en tierras de la comunidad», afirmó finalmente Espejo.

Fuente: https://jujuygrafico.com.ar/pueblos-originarios-denuncian-la-construccion-de-un-emprendimiento-turistico/


Indígena: Comunas kichwas amazónicas entre la autodeterminación y neocolonialismo


Indígena: Comunas kichwas amazónicas entre la autodeterminación y neocolonialismo

xLuis Xavier Solis T. | 15/12/2021 |

 

El neocolonialismo de las instituciones del Estado se refleja en la injerencia directa en los procesos internos de las comunas kichwas.

 

La nacionalidad kichwa de la amazonía ecuatoriana ha pasado por diferentes fases de opresión y un proceso sistemático de exterminio pero su historia está hecha de resistencias, la resistencia kichwa que lleva más de 500 años. 

 

A lo que hoy es la provincia amazónica de Orellana en Ecuador, los kichwas llegaron huyendo de los tratos inhumanos, la muerte en las haciendas y los conflictos que se daban en lo alto del río Napo, lo navegaron hasta llegar a territorios rodeados de selva y libres de patronos. Esto, a finales del siglo XIX e inicios del XX. 

 

Los kichwas resistieron, lograron librarse de los patronos de las haciendas, de la muerte del caucho, pero nuevos patronos aparecieron. Llegaron colonos de diferentes provincias de Ecuador, respondiendo un llamado de los gobiernos que consideraban a la amazonía como tierra deshabitada, con los colonos también llegaron las instituciones públicas, luego entraron las empresas petroleras, sedientas de los territorios kichwas para absorber sus riquezas sin nada a cambio.

 

Una de las estrategias de resistencia del pueblo kichwa durante décadas ha sido la organización que se expresa en comunas, territorios comunitarios y cabildos. En la provincia de Orellana, cuya población llega a 136.400 habitantes, el 32% es indígena (Kichwa, Shuar y Waorani), y la nacionalidad kichwa representa el 80,32% de la población indígena de la provincia que se agrupa en 197 comunas o comunidades. En cantones como Aguarico y Loreto los kichwas llegan a representar el 80% de la población y posesión territorial.

 

Pero estas formas de organización, en los últimos años, se han visto más afectadas, especialmente la elección de Cabildos que son los representantes indígenas de cada comuna. La mayoría de comunas kichwas eligen sus cabildos o directivas en el mes de diciembre de cada año y en la mayoría de comunas su representación dura un año, en pocas ocasiones estos representantes son reelegidos. La elección cada mes de diciembre es una práctica heredada de la aplicación de la ley de comunas, misma que regulaba de esta manera, y que las comunas en base al derecho a generar su propio derecho y la autodeterminación, lo establecieron en sus estatutos y reglamentos internos.  

 

Sin embargo, cada año las comunas kichwas se topan con una realidad que vulnera sus derechos. Por ejemplo, en la provincia de Orellana, el Ministerio de Agricultura (MAG), institución donde se registran la mayoría de comunas, genera trabas en el registro de las directivas o cabildos elegidos por los kichwas, solicita requisitos que no forman parte del ordenamiento jurídico que regula a los pueblos indígenas (actualización de estatutos, reformas, presencia de tenientes políticos), irrespeta el debido proceso en los trámites de registro de cabildos, incluso ha llegado a casos extremos de desconocer directivas, cabildos e intervenir directamente en las elecciones o incluso disolver comunas indígenas.

 

Esto, sumado a un agravante mayor, y es la situación de discriminación estructural, exclusión y pobreza en que viven las comunas indígenas. El propio Estado ha reconocido que “(e)existe una mayor incidencia de la pobreza en el área rural comparada con el área urbana, es así que en (…) Orellana se presentan niveles de pobreza que oscilan entre 95 y 100%. Es importante indicar que estas áreas con mayores déficits corresponden a territorios habitados por nacionalidades indígenas organizadas en pequeñas comunidades dispersas en el vasto territorio, principalmente en las riberas de los ríos navegables.”

 

El registro de los cabildos o directivas de las comunas es una obligación del Estado, mas no de las comunas kichwas, ya que la Constitución de la República del Ecuador reconoce el derecho de las comunas a la autodeterminación y derecho propio. Sin embargo, las comunas solicitan a instituciones como el Ministerio de Agricultura que los registren y les emitan un documento que generalmente es una resolución del director, porque casi la totalidad de instituciones públicas desconocen los derechos de los pueblos indígenas y les solicitan este documento para cualquier tipo de trámite: apertura de cuentas bancarias, registro único de contribuyentes, matrícula de automotores comunitarios, botes comunitarios, construcción de escuelas, centros de salud etc. Incluso las empresas petroleras que se encuentran en los territorios indígenas solicitan este documento para cualquier tipo de obra, compensación, indemnización, negociación. 

 

En el contexto que se encuentran las comunas kichwas de Orellana, el registro de las directivas o cabildos por parte del Ministerio de Agricultura y la emisión de la respectiva resolución se ha vuelto necesario para el ejercicio de derechos, debido al desconocimiento de lo que establece la Constitución del Ecuador en el artículo 57, o las sentencias emitidas recientemente por la Corte Constitucional del Ecuador que han desarrollando el derecho de los pueblos indígenas. 

 

El neocolonialismo de las instituciones del Estado se refleja en la injerencia directa en los procesos internos de las comunas kichwas. Frente a esto, la resistencia se ha vuelto nuevamente la única manera de cuidar los territorios ancestrales y las comunas kichwas. La Constitución del Ecuador reconoce el derecho a la autodeterminación de los pueblos pero no son más que letras si los mismos pueblos no la llevan a la práctica de manera autónoma y organizada; el pueblo kichwa ha sabido resistir, y de seguro con su organización honesta, y su memoria histórica recordará cómo se libraron de la esclavitud de las haciendas, caucheros y patronos. 

 

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

 

Fuente: https://rebelion.org/comunas-kichwas-amazonicas-entre-la-autodeterminacion-y-neocolonialismo/

 

Jujuy: Inminente desalojo en comunidad indígena las capillas

Jujuy: Inminente desalojo en comunidad indígena las capillas

JUJUY... VILTIPOCO10000: DICIEMBRE 26 DE 2020...

xConcejo de Comunidades Aborígenes del Pueblo Ocloya

CDCAPO


COMUNICADO DE PRENSA – CDCAPO

INMINENTE DESALOJO EN COMUNIDAD INDIGENA LAS CAPILLAS

 Ante nuevos hechos de intento de despojo, atropellos y actos de vulneración de derechos en Comunidad Indígena Las Capillas; el Pueblo Ocloya se declara en Alerta y Convoca a través de su Institución representativa a Asamblea en territorio el lunes 28 de diciembre y el martes 29 de diciembre a movilizarse a los poderes del Estado ante tales amenazas, amedrentamiento y desamparo sistemático.

La sentencia de la sala penal del Superior Tribunal de Justicia  - Sala II - Vocalía 3 Expte. Nº PE-16044/2019 con fecha 19 de noviembre del corriente año resolvió DENEGAR la concesión del Recurso Extraordinario Federal deducido por los representantes y comuneros de la Comunidad Indígena Las Capillas del Pueblo Ocloya.


Por lo que se solicita al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas la reactivación del “EQUIPO DE PREVENCION E INTERVENCION DE CONFLICTOS" conformado por INAI, OPINOA, Organismos de DD.HH. y Secretaria de Pueblos Indígenas; como así también se convoca a pueblos indígenas, medios de comunicación y sociedad en general, en Defensa legitima del Territorio y de la ley 26160 de emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que de forma actual, tradicional y pública ocupan las comunidades indígenas preexistentes en la República Argentina.

BASTA DE INJUSTICIA Y DESPOJO EN COMUNIDAD INDIGENA LAS CAPILLAS!!

BASTA DE AMENAZAS Y ATROPELLOS A NUESTRAS AUTORIDADES INDÍGENAS!!

BASTA DE VULNERACION DE DERECHOS EN LAS COMUNIDADES INDIGENAS PREEXISTENTES!! 

APLICACIÓN EFECTIVA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LOS PUEBLOS INDIGENAS Y CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y TRATADOS INTERNACIONALES!! 

¡¡NUESTRA LUCHA EN DEFENSA DEL TERRITORIO ES PERMANENTE, EL TERRITORIO NO SE NEGOCIA, ES PARTE DE NUESTRA IDENTIDAD, ES NUESTRA VIDA!!

 

Contactos: 11-67253513 / 388-4793687 / 388-4708610



MI: Comunidades indígenas solicitan que en Jujuy se respete y cumpla la vigencia del Estado de Derecho




MI: Comunidades indígenas solicitan que en Jujuy se respete y cumpla la vigencia del Estado de Derecho 

MOVIMIENTO INDÍGENA… VILTIPOCO10000: FEBRER0 27 DE 2020…

xComunidades Indígenas Libres de Jujuy

Hacemos conocer a la ciudadanía en general que, en estos últimos días, el gobierno de Jujuy ha hecho llegar en circunstancias irregulares  un texto - mediante la Policía de la Provincia de Jujuy- a la Comunidad Indígena La Quiaca Vieja, por el cual supuesta y UNILATERALMENTE da por cumplido el proceso de evaluación de impacto ambiental - en referencia a la obra Zona Franca La Quiaca Vieja -.

Al respecto se destaca:

a.    La Comunidad Indígena La Quiaca Vieja ha reclamado formalmente por escrito al Sr. Gobernador de Jujuy el cumplimiento de la Ley Nacional 24071 y el Convenio 169 OIT en referencia a la obra "Zona Franca La Quiaca Vieja" en razón de que dicho proyecto AFECTA el territorio de esta Comunidad Indígena.

b.    Se hace público el acto de violencia institucional de imponer unilateralmente de dar por cumplido el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la obra en cuestión.

c.    Las Comunidades Indígenas Libres de Jujuy se declaran en estado de alerta ante un potencial acto de violencia y  ataque a los pacíficos habitantes de la Comunidad Indígena La Quiaca Vieja.

d.    Se solicita a los tres poderes de la Provincia de Jujuy, a las autoridades de las instituciones nacionales correspondientes, al INAI, a las entidades defensoras de los Derechos Humanos, a la Defensoría del Pueblo de la Nación, a los Sres. Diputados y Senadores Nacionales su participación para que en Jujuy se RESPETE Y CUMPLA LA VIGENCIA DEL ESTADO DE DERECHO , en particular que el Gobierno de Jujuy cumpla con la Ley Nacional argentina 24071 así como el mandato constitucional a los gobiernos provinciales de hacer cumplir la constitución y las leyes nacionales, tal como lo reclama la Comunidad Indígena La Quiaca Vieja de Jujuy.

27 de Febrero de 2020.-





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El sapo que le pagó sus estudios a un niño indígena


El sapo que le pagó sus estudios a un niño indígena


xLaura Corona-Almaraz
VIERNES, 14 DE JULIO DE 2017 13:20

Exóticos, luminosos, casi tan negros como la obsidiana. Era imposible no admirar su vientre anaranjado, brillante, pronunciado. Los Andes del Ecuador estaban poblados de ellos a finales del siglo XIX. Debían tener cuidado con los jambatos negros, una especie de sapo muy popular en esa región.

Hace treinta años las cosas eran distintas. Los padres de los niños usaban a los jambatos negros para mantenerlos entretenidos, incluso las abuelas los utilizaban para curar de espanto a los pequeños cuando, tradicionalmente, lo que se usa en otras regiones es un huevo.

Conocidos bajo el nombre científico de Atelopus ignescens, estos sapos se creían extintos desde hace treinta años hasta que David Jailaca, un niño indígena ecuatoriano, encontró uno con el que no sólo logró conservar esta especie, sino también asegurar el financiamiento de sus estudios.

Todo comenzó cuando en 2016, el último jambato negro en existencia escapó del Centro Jambatu de Investigación y Conservación de Anfibios en Ecuador. Las autoridades del instituto ofrecieron mil dólares de recompensa a quien lo encontrara.

David, junto con su hermano mayor, jugaban en un campo de alfalfa al lado de su pequeña cabaña, cuando escucharon croar al jambato negro. Después de dejarse llevar por los sonidos del animal, David lo encontró y se lo mostró al cura de la comunidad, quien ya había sido notificado por parte del Centro Jambatu sobre la desaparición del sapo.

Tanto el sacerdote como David enviaron una fotografía a los responsables de la búsqueda del anfibio, sin embargo, consideraron que no correspondía con el sapo que creían extinto. El niño insistió en que sí era la especie que buscaban y con una segunda fotografía, la institución ecuatoriana reconoció que sí era el jambato negro que escapó de sus instalaciones.

Cuando David fue entrevistado por medios locales, aseguró que ese dinero lo quería para financiar sus estudios, pues a través de ellos quiere sacar adelante a su familia.

Al principio decía que el dinero lo utilizaría para construir una mejor cabaña, pero sus padres lo convencieron de que lo usara para estudiar y, en un futuro, poder hacerse de una casa en donde vivieran con comodidades.

David dijo que su mayor satisfacción fue saber que a finales de junio de este año los científicos del Centro Jambatu anunciaron el nacimiento de 500 sapos negros en un ambiente controlado. A través de Luis Coloma, director del centro, se dio a conocer que se trata del primer anfibio conocido proveniente de Ecuador.

El siguiente paso es reintroducirlos en su hábitat aunque, según Coloma, los planes también son la inclusión de la comunidad para seguir con su rescate.

Fuente:





Comunidad Indígena Angosto El Perchel logró la realización de la Consulta según el Convenio 169 OIT



Comunidad Indígena Angosto El Perchel logró la realización de la Consulta según el Convenio 169 OIT

La  comunidad indígena Angosto El Perchel de Tilcara (Jujuy, Argentina) informa que ha logrado se realice el proceso de consulta previa libre e informada del convenio 169 de la OIT en el proceso del paso de la fibra óptica por el territorio de la comunidad, teniendo una última reunión el día miércoles pasado.

La realización y cumplimiento de esta norma legal de Consulta y Consentimiento que exige el Convenio 169 OIT se ha logrado luego de obtener una sentencia favorable del Juzgado Ambiental de la Provincia de Jujuy, el cual hizo lugar a la solicitud de la Comunidad Indígena de que no se había realizado la consulta que indica la Ley Nacional 24071.

La reunión contó con la participación del Ing. Bergese del Ministerio de Medio Ambiente, la Sra. Liquín y la Dra. Ochoa de la Secretaría de Pueblos Indígenas, la Arq. Inés Pemberton de la Dirección de Cultura de Jujuy, representantes de Telecom, la escribana de Casa de Gobierno, el lng. Mendoza del Gobierno de Jujuy, miembros de la Comunidad Indígena y el asesor legal de la Comunidad Dr. Franco Aguilar.

Luego de las deliberaciones y acuerdos logrados se labró y firmó el Acta pertinente con lo cual, al haberse realizado la consulta indígena y la Comunidad haber brindado el consentimiento, la obra en cuestión ahora estará en condiciones de reanudarse. En lo acordado se ha convenido también que, en esta última semana de Agosto, personal de la empresa Telecom en conjunto con la Comunidad, recorrerán el territorio a los fines de la determinación de la traza para la instalación de la fibra óptica.


La Comunidad Indígena Angosto El Perchel de Tilcara Jujuy, comparte la realización de la Consulta del Convenio 169 OIT en el marco de la lucha por la vigencia del estado de derecho.

Jallalla CONSTITUCIÓN ARGENTINA!!





Parte de prensa: Comunidades indígenas libres de Jujuy

Parte de prensa: Comunidades indígenas libres de Jujuy


La 43º Asamblea de las Comunidades Indígenas Libres de Jujuy se realizó este sábado 20 de Julio en la Comunidad Indígena de Negra Muerta, hermosa localidad al Norte de Humahuaca.

Luego de ser recibidos con un desayuno local, se trataron informes de situación de conflictos indígenas de la provincia de Jujuy, los cuales tienen en común el incumplimiento de la Ley Nacional 24071 y el Convenio 169 OIT. La Comunidad Indígena Angosto El Perchel informo del conflicto con Telecom por la negativa de esta empresa a cumplir la Constitución Argentina, de las denuncias legales realizadas, de la inspección ocular de uno de los Juzgados y de la presentación ante la Relatora Especial de defensa de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas de un documento denunciando estas situaciones.

a. Pactos Comunidades-Gobierno ref.: Fibra Óptica Arsat NO cumplidos.

Luego expusieron las Comunidades Indígenas que, habiéndose realizado la Consulta del C169 con el estado de la Provincia de Jujuy en relación a la instalación de la fibra óptica de Arsat, y habiéndose vencido el tiempo del cumplimiento de los compromisos asumidos, firmados y NO cumplidos, plantearon denunciar el incumplimiento del mismo por parte de la Provincia de Jujuy a la fecha, en ese sentido, se destacó la necesidad de hacer cumplir los documentos firmados por el gobierno de la Provincia de Jujuy teniendo en cuenta las innumerables gestiones sin resultado efectuadas por las Comunidades.

Se aprobó realizar gestiones y una presentación escrita en San Salvador de Jujuy el día jueves 25 de Julio a los fines de reclamar por los compromisos firmados y no cumplidos por el Gobierno de Jujuy. Concurrirán ese día a hs. 10 las Comunidades Indígenas de Hornaditas, Azul Pampa, Negra Muerta y Angosto El Perchel a denunciar publica y formalmente el incumplimiento - del Pacto de la Fibra Óptica Arsat – por parte del Gobierno de Jujuy.

Se invita a participar y acompañar de tal acto a las distintas Comunidades Indígenas de la Provincia de Jujuy con quienes se compartirá la situación que se busca superar.

b. 1er Congreso de Derecho Indígena “Dr. Eulogio Frites”

Se realizara el 15 y 16 de Agosto en Jujuy. Jueves 15 se realizara en Humahuaca y Viernes 16 en la Comunidad Indígena Angosto El Perchel. Concurrirán abogados especialistas del Derecho Indígena y Comunidades Indígenas con conflictos actuales.

c. Qapaq Ñan – IV Caminata por la vigencia del Estado de Derecho y el Agua para la Vida . Se iniciara el 04/10/19 llegando a San Salvador de Jujuy el día 12 de Octubre.

d. Próxima Asamblea de las Comunidades Indígenas Libres de Jujuy, el día 16 de Agosto en la Comunidad Indígena Angosto El Perchel.-



Parte de Prensa: Comunidad Indígena Angosto El Perchel - Tilcara, Jujuy, Argentina


Sra. Tauli Corpus con la denuncia de la comunidad

Parte de Prensa: Comunidad Indígena Angosto El Perchel - Tilcara, Jujuy, Argentina


En la presente semana la Comunidad Indígena Angosto El Perchel - de Tilcara, Jujuy, Argentina – ha logrado depositar en las manos de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Sra. VICTORIA TAULI CORPUS la denuncia por el incumplimiento de la Consulta y Consentimiento Previo Libre e Informado por parte del Estado de la Provincia de Jujuy Argentina y la empresa transnacional Telecom Argentina en referencia a la instalación de la fibra óptica en el territorio de la Comunidad. Se menciona las acciones de violencia e intimidación realizadas en fecha 11/03/19 cuando operarios de Telecom junto a 50 policías y vehículos irrumpieron en la Comunidad privando de su libertad a tres ciudadanas de la Comunidad, ocasión en que los operarios de Telecom provocaron destrucción de churquis,  sembradíos, almácigos y otros, daños y destrucciones realizados por Telecom y verificados por la Ayudante Fiscal de Tilcara Dra. Dietro Maria Eugenia . También dos ocasiones  más de Telecom de incumplir la Ley, todos los cuales INCUMPLIENDO la Ley Nacional 24071. Se menciona también, como antecedente en similar obra,  la instalación de la Fibra Óptica de ARsat en 2016 por el territorio de la Comunidad SI se realizó la Consulta del CONVENIO 169 OIT. Se reitera también la voluntad de la Comunidad Indígena Angosto El Perchel de CUMPLIR con las leyes argentinas y reiterar la solicitud al Gobierno Provincial y a Telecom de cumplir con el estado de derecho y realizar la Consulta del Convenio 169 OIT (Ley Nacional 24071). En la imagen, la Sra. Tauli Corpus portando la primera hoja de la Denuncia  formal de la Comunidad Indígena Angosto El Perchel de Tilcara Jujuy Argentina por el incumplimiento de la Consulta Previa Libre e Informada en su territorio.

Angosto El Perchel, 17 de Julio de 2019.-





Revista Viltipoco10000
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Historia: La nación Omaguaca en el bronce

Historia:
La nación Omaguaca en el bronce


…“Mentalmente imagino a la fuerte raza, la tribu belicosa de los indios humahuacas. Los rostros recios, de pómulos salientes están hoy cegados, y muestran lleno de polvo el alvéolo donde estuvo el ojo. Los labios voluntariosos, fuertemente cerrados, han desaparecido, y sólo queda la vigorosa estructura de la mandíbula. De aquellos fuertes brazos, de aquellos torsos, verdadera trama de músculos y huesos, de aquellas poderosas piernas que los llevaron; veloces y ágiles, por la montaña, sólo resta el armazón óseo.

En los grandes altorrelieves los poderosos cuerpos están semienterrados en las laderas del cerro, y asoman o surgen a medias entre el polvo. La muerte los ha tomado de improviso y los ha galvanizado en las actitudes del ataque o de la defensa, algunos están en la acción del hombre que aguaita, otros portan el arco cuya cuerda cimbradora de trenzada tripa, canta al igual que el ala de la golondrina. Quien maneja la pesada hacha de piedra y quién, con el cuerpo, en un vigoroso movimiento de extensión, arroja la pesada lanza. Hay entre ellos un hércules, que ha logrado mover un gigantesco bloque de piedra, y alzándolo sobre su cabeza se dispone a arrojarlo al valle. Aquí, un pie poderoso asoma a flor de tierra; allá, una mano surge del fondo como si requiriera su arma.

Todos los rostros muestran una decisión inquebrantable, un propósito obstinado y tenaz aletea en sus frentes, y la voluntad terrible de vencer muestra sus signos en los entrecejos, y matiza, da expresión y bríos, a todos sus gestos y movimientos.

Estas son las figuras y éste el concepto que componen el grupo central dedicado a enaltecer el recuerdo del primitivo hijo de esas tierras.”

Fuente:

SOTO AVENDAÑO, Ernesto (1942): “El monumento a la Independencia en Humahuaca”, conferencia pronunciada el día 8 de Noviembre de 1941 en el Instituto Lobre de Segunda Enseñanza, Libertad 555. Liga Argentina de Educación, Buenos Aires.






Movimiento Indígena: El Gobierno de Jujuy no asistió al diálogo con la comunidad para solucionar el paso de la fibra óptica


Movimiento Indígena: El Gobierno de Jujuy no asistió al diálogo con la comunidad para solucionar el paso de la fibra óptica 

A pesar de la invitación formal presentada por la comunidad indígena de Angosto El Perchel (nota), la gente esperó infructuosamente, en la tarde de ayer, a las autoridades y funcionarios del Gobierno de Jujuy, a fin de iniciar un nueva instancia de diálogo, que permita el paso de la red de fibra óptica de la empresa Telecom Argentina.

Para llegar a este cometido, el gobierno provincial así como la empresa Telecom, deben cumplir el marco legal indígena existente en la República Argentina, como la Constitución Nacional, las leyes nacionales 24071 y el Convenio 169 de la OIT, única solicitud que exije la comunidad.

De acuerdo a la nota, queda demostrado el interés y disposición de la comunidad de Angosto El Perchel por darle una pronta solución a esta problemática, muy necesaria para la región, no logrando así una respuesta seria ni compromiso alguno por parte del gobierno de la provincia de Jujuy.-






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MI: El derecho a la Consulta a los Pueblos Indígenas en el derecho internacional: … hacia un cambio en las relaciones de poder


MI: El derecho a la Consulta a los Pueblos Indígenas en el derecho internacional: … hacia un cambio en las relaciones de poder


MOVIMIENTO INDÍGENA… VILTIPOCO10000: FEBRERO 25 DE 2019…

xSandra Ceballos*
23/02/2019


“…los pueblos indígenas deben poder determinar sus propios destinos en pie de igualdad con los demás, participar en la toma de las decisiones que les afectan, y estar seguros en sus derechos individuales y colectivos. Todo esto implica la necesidad de mecanismos efectivos de consulta a los pueblos indígenas en los procesos de decisión que puedan afectarles en el goce de sus derechos.”

Dr. James Anaya



El derecho a la consulta previa, libre e informada tendiente a obtener el consentimiento de los pueblos indígenas, constituye un elemento medular en el relacionamiento entre estados y pueblos indígenas. Sin lugar a dudas, es causa de la mayor parte de las denuncias recibidas sobre violaciones a derechos humanos de pueblos indígenas. Las cuales, podrían evitarse si los estados cumplieran con sus compromisos internacionales de respetar los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos, durante los últimos veinte años ha sentado jurisprudencia sensible a los derechos de los Pueblos indígenas, convirtiéndose en un referente internacional en la defensa de sus derechos humanos.

Hay que recordar a la sociedad en general que los pueblos indígenas tienen sus derechos esenciales que están contemplados por los Estados a través de instrumentos internacionales: el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), la Declaración de Naciones Unidas, una Declaración Americana en el marco de la OEA (Organización de los Estados Americanos). Estos reconocimientos de los estados los han hecho libremente, voluntariamente en ejercicio de su soberanía. Argentina se ha sometido a la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha sentado jurisprudencia con respecto a estos derechos fundamentales de los pueblos indígenas.

Estos derechos se pueden enumerar sintéticamente: el derecho a la libre determinación, que es su capacidad que tienen los pueblos indígenas de fijar sus propios planes de vida, como lo hace en la esfera individual cada individuo. También tienen sus derechos colectivos a la posesión y propiedad comunitaria de sus tierras y territorios, y además tiene un derecho fundamental que por estos días está mencionado y es el derecho a ser consultados, mediante procedimientos apropiados, cada vez que vayan a tomarse medidas susceptibles de afectarlos directamente y con el objeto de obtener su consentimiento prestado de forma previa, libre e informada.

Las características de la consulta es un diálogo de buena fe, así lo señala el Convenio 169, que es ley 24071en Argentina. También dice que se realice con procedimientos apropiados, lo cual no es una fórmula, sino que en este caso implica que los Estados deben respetar los procedimientos necesarios de las comunidades para prestar su consentimiento.

Si una comunidad necesita realizar una asamblea y para eso le lleva una determinada cantidad de tiempo o a mano alzada se deben respetar sus costumbres tradicionales para poder expresar su voluntad colectiva y expresar su consentimiento.

Entonces es importante resaltar las palabras contempladas en el Tratado en el artículo 6° que deben aplicarse procedimientos apropiados. El Estado debe respetar los procedimientos que tienen que ver con la cultura de la comunidad o pueblo con el que está tratando y estableciendo el procedimientos de consulta. También a través de sus instituciones representativas que son las autoridades elegidas por las propias comunidades.

¿Cuándo se debe llevar a cabo la consulta?. Cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente.

Además se debe recordar que está contemplado en la Constitución Nacional varios derechos específicos, pero sobretodo la posesión y propiedad comunitaria de sus tierras y la gestión de sus recursos naturales.

Es un tema complejo porque así como se les reconoce a las comunidades la gestión de sus recursos naturales, también las provincias en el artículo 124° tienen el dominio originario. Entonces podríamos decir que hay una concurrencia de intereses, mínimamente ya que la Constitución Nacional les reconoce a los pueblos indígenas su existencia previa al Estado Argentino, los pueblos indígenas deberían determinar y consensuar con el Estado en pie de igualdad, participar de la toma de decisiones que los afecten. Esto tiene que ver con el derecho fundamental a ser “consultados” cada vez que se tome una media como el otorgamiento de una concesión.

Es un elemento medular en el relacionamiento de los estados y los pueblos indígenas, deberíamos prestar atención a la jurisprudencia del Sistema Interamericano que en los últimos 20 años ha dado una profusa jurisprudencia en ese sentido.

También podemos observar que Bolivia y Ecuador han implementado los derechos de la Madre Tierra o llamados de la “naturaleza”. También podríamos atender lo que dicen los pueblos indígenas porque se caracterizan por ser cuidadores de nuestro planeta, no son simple propietarios. Establecen una relación de unidad con lo colectivo. Si bien existe un vacío respecto al marco legal con respecto al mecanismo para establecer el proceso de consulta previa libre e informada, dice un experto internacional el Dr. Bartolomé Clavero que la falta de un ley suele servir de excusa a los Estados; pero esto no justifica la falta de su cumplimiento por parte de los Estados.

El profesor James Anaya como relator de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas estuvo en Argentina en diciembre de 2011 y estuvo presente en la Salinas en Jujuy, escuchando las preocupaciones de las comunidades de la mesa Salinas y la Cuenca de Guayatayoc y lo plasmo en su informe la preocupación por el agua.

En este caso esperamos que exista el dialogo de buena fe, que las partes se acerquen, que el Estado dé el primer paso de respetar las formas tradicionales de los pueblos indígenas, que se llegue al respeto y puedan ejercer libremente sus derechos entre ellos a gestionar sus recursos naturales.

Todo esto plasmado en nuestro marco normativo nacional e internacional y es fundamental subrayar a la sociedad que no se trata de tener contemplaciones especiales sino que están pidiendo que se respeten sus derechos.



* Abogada y docente de la Facultad de Derecho UBA, cátedra “Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas. Especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos (UBA). Experta en Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Cooperación Internacional (Universidad Carlos III de Madrid) Directora de AMAI (Asociación de Mujeres Abogadas Indígenas). Con amplia experiencia en la gestión internacional de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, especialmente ante Naciones Unidas. Locutora y Periodista









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MI: Convocatoria a acompañar a la Hna. Claudina


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MOVIMIENTO INDÍGENA... VILTIPOCO10000: DICIEMBRE 21 DE 2018...

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Para la Libredeterminación de los Pueblos

Convocamos para hoy viernes 21 de diciembre, a acompañar a la Hna. Claudina de la Comunidad Tilian, a horas 11, en Fascio Nro. 650 de la ciudad de San Salvador de Jujuy (Jujuy, Argentina), al Juzgado Contravencional y después a continuar con la Asamblea en territorio de la comunidad, en la localidad de Volcán.





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MI: Weichafe Moira Millán: “¿Y nosotras las mujeres indígenas qué?”

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xData Urgente

En éstos días de conmoción por las denuncias de abuso y violación me pregunto: ¿Y nosotras las mujeres indígenas qué?

Hay tantos casos, que no quedaría nadie en pié, ni los “padres de la Patria”, al igual que los patrones, la lista sería sería infinita, de jueces y presos políticos indígenas, de latifundistas y recuperadores de territorios, de autoridades wingkas y autoridades indígenas, de curas y de chamanes.

Las mujeres indígenas estamos SOLAS, ni feministas ni machistas, ni pañuelos verdes ni celestes acompañan nuestro dolor y reclamos de justicia.

Ayer en La Plata no se aprobó nuestro pedido que el Encuentro Nacional de Mujeres sea Plurinacional, tampoco se nos incorporó como comisión plurinacional, y una vez más pasamos a ser clandestinas en un espacio en el que se pregona que estamos todas. Muchas compañeras amorosas, sin embargo, se suman para reclamar juntas éste derecho, pero siempre somos minorías.

Desde ésta realidad cómo podemos hallar la manera o modos correctos de hacer justicia frente a la violencia patriarcal?, cuando ni siquiera se asume la violencia racista.

Nos violan, nos golpean y nos matan desde el estado, también los sicarios de las empresas extractivistas, la indolencia e indiferencia de las mujeres no indígenas, que ni siquiera preguntan por los nombres de nuestras muertas. Nos mata la prensa racista que construye una visión estigmatizadora de nuestros pueblos, nos violan nuestros cuerpos cada día a cada minuto pero también el de nuestros territorios.

¿A quién y en dónde denunciamos? ¿Ante el estado wingka opresor que nos reprime y mata con total frialdad? ¿Ante nuestras comunidades donde el 99% de los hombres son machistas y violentos? Antes las organizaciones de mujeres que hasta nos niegan la palabra en los actos feministas porque no hablamos el castellano lo suficientemente bien como para sintetizar en cinco minutos el dolor encarnado en nosotras desde hace cinco siglos?

¿Justicia punitoria o escache? Otra vez el binarismo occidental, ni lo uno ni lo otro son suficiente para mí como mujer indígena, quiero justicia, quiero y exijo la libre determinación de nuestros cuerpos, de nuestros territorios y nuestro pueblos.

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