Artículos recientes

Feminismo: Manifiesto por los Derechos de las Mujeres






xRedacción TribunaFeminista
07/03/2020

El 8M de 1857, centenares de trabajadoras marcharon por las calles de Nueva York. Años más tarde, la ciudad fue de nuevo testigo de las huelgas de las mujeres de las fábricas, saldadas con la represión y el fuego. El mes de marzo está marcado en el calendario por nuestra sangre y nuestra lucha centenaria. 163 años después, nos convocamos una vez más reclamando justicia.

Hoy, 8 de marzo de 2020, Día de las Mujeres, el Movimiento Feminista de Madrid MANIFIESTA:

Exigimos el fin de la violencia contra nuestro sexo, porque no hay paz para las mujeres. No la hay con un comienzo de año negro, con 19 mujeres y una niña asesinadas en este país por el terrorismo machista. Si oficialmente se cuentan 1.046 asesinadas por violencia de género desde 2003, se esconde gran parte de la verdad: los feminicidios son casi el doble. Las cifras de víctimas repuntan desde 2017. Toda la dimensión del terror de estos crímenes ha de ser tenida en cuenta.

Millones de mujeres en el mundo impulsan una ola de indignación contra la violencia, entre la resistencia y la furia de nuestras hermanas en América Latina. No es solo cuestión de Estado: es un grito global.

Desde 2013, el terror machista ha acabado en España con la vida de 35 niños y niñas y ha dejado en horfandad a otros 286. Demandamos que el reconocimiento a las familias de las víctimas se equipare al de otros terrorismos. No hay paz para nosotras cuando a la vez que honramos a las víctimas, se instala el negacionismo reaccionario: la extrema derecha ha declarado la guerra a las mujeres.

Esta es una lucha que apela a la conciencia de toda la sociedad. Exigimos acompañamiento y protección a las mujeres, formación de los agentes implicados, creación de juzgados especializados y unidades de valoración forense integral. La dispensa de la obligación de declarar contra su agresor es contraria a la lucha contra la violencia de género y deviene, en muchos casos, en impunidad. Más allá de los minutos de silencio, ¡basta ya de justicia patriarcal!

No haber sido capaz de proteger a las más de 200 mujeres que hoy estarían vivas tras dar la voz de alarma ante la justicia, es el mayor fracaso de nuestra democracia.

Una gran mayoría de las asesinadas no llegó a denunciar nunca: no es fácil dar ese paso. Es también una alerta de la desconfianza de las mujeres en un sistema que cuestiona su credibilidad. Si queremos salvar vidas, es urgente impulsar ya el título habilitante sin denuncia previa. Deben ponerse en marcha las medidas acordadas, porque es posible ayudar a muchas desde el cribado sanitario y los ayuntamientos. Exigimos transparencia para conocer el destino de los fondos de un Pacto de Estado contra la Violencia de Género que lleva ya dos años firmado.

La custodia compartida impuesta, la nueva coordinación de parentalidad o el falso síndrome de alienación parental son estrategias de coacción y castigo a las mujeres que promueven sectores reaccionarios. El feminismo no va a consentir la expansión de sus mentiras.

Todas las violencias machistas son expresiones de una misma ideología de odio. El aumento de las denuncias por violación en un 49 % en el último trienio obliga a dar respuestas. En las 177 agresiones sexuales múltiples registradas desde 2016, se han identificado, al menos, 141 menores entre los agresores. Casi un 40 % de las víctimas era menor de edad. Hasta la Fiscalía General de Estado califica como “muy inquietante” el incremento de la violencia sexual entre los jóvenes. Sin el impulso feminista, no se habrían llevado al legislativo las reformas en marcha sobre libertades sexuales. Demandamos que la nueva ley elimine el requisito de la denuncia previa cuando hay evidencias de violencia sexual. Reclamamos los argumentos de la propuesta que rebaja las penas por agresión sexual. Hay que acabar con la cultura de la violación y con las manadas.

La prostitución debe ser reconocida como violencia machista. Es en sí misma un atentado contra la libertad y la integridad personal, toda vez que implica el sometimiento sexual de quien necesita dinero. La prostitución reafirma y perpetúa la desigualdad entre los sexos, pues tiene su raíz en el núcleo duro del patriarcado: la subordinación de la mujer al varón. Porque lo contrario de la abolición es la barbarie, el feminismo es abolicionista.

La industria sexual es hoy una multinacional del crimen. La captación se alimenta de la violencia, la marginación, el abuso infantil o la necesidad, mientras la demanda sigue esquivando el foco: las redes proxenetas mueven cohortes de mujeres y niñas desde países más pobres, para satisfacer a los varones de países más ricos. En la última década se registraron 51 asesinatos de mujeres en prostitución. La verdadera revuelta puteril la traen las voces de las supervivientes, que hablan de “campos de concentración”. Las especialistas alertan de secuelas muy graves. La vulnerabilidad de las jóvenes encuentra uno de sus exponentes en las menores tuteladas por el Estado, para las que exigimos el máximo nivel de protección.

El modelo nórdico reduce los daños, mientras la regularización en Alemania es un tremendo fracaso. Nuestro país, tercer destino mundial de turismo sexual, necesita una ley abolicionista de la prostitución. Una ley que no penalice a las mujeres, sino que les brinde alternativas económicas, formativas, de empleo, habitacionales o de cualquier índole. Que persiga al proxeneta y al tratante. Una ley que sancione la demanda de pago por violar, elevando hasta la línea de los derechos humanos lo que esta sociedad considera aceptable.

Denunciamos el cabildeo que ha llegado hasta la Universidad para hacer propaganda de la prostitución como una salida laboral para las estudiantes. Cuando un Estado legaliza la prostitución, se hace cómplice por sus tributos. Debemos dar nuestro ejemplo para avanzar hacia la abolición internacional.

Si la prostitución es violencia machista, el porno es su pedagogía. El capitalismo salvaje ha dejado el acceso libre de los más jóvenes a una pornografía que escala por la extrema violencia sexual. En sus grandes plataformas en internet se suben millones de videos por año: uno de los términos más buscados es “adolescente”.

Es hora de cerrar sitios web y responsabilizar a sus ejecutivos, de dejar de mirar para otro lado ante la pedofilia. Se necesita una apuesta por la coeducación, con una educación sexual para la igualdad, que no sea solo un complemento en el currículo escolar. La verdadera “teoría del porno” es la misoginia.

La explotación sexual y la reproductiva comparten una profunda deshumanización. El alquiler de mujeres embarazadas para la compra venta de seres humanos es un atentado a la igualdad y a los derechos de filiación de madres e hijos. Nuestro ordenamiento debe tipificar explícitamente como delito esta práctica y considerar ilícita cualquier promoción de ella. Nuestras garantías deben incluir los “vientres de importación”, que sortean la ley, y derogar la Instrucción de 2010, sobre el régimen registral de la filiación, que nos instala en la ambigüedad legal.

Es inadmisible que desde los medios de comunicación se dé un tratamiento sesgado que normaliza la cosificación del alquiler de mujeres y la compra de bebés. Desde los medios se difunden también la hipersexualización de las niñas y la mercantilización sexual; en casos extremos, se rentabiliza el morbo amarillista sobre las víctimas. Si los medios de comunicación son una pieza clave para combatir el machismo, igualmente lo son para perpetuarlo. Su responsabilidad es ser garantes del derecho a la información, desde el principio de igualdad.

Las feministas venimos de lejos, y han sido muchas las luchas por el derecho al aborto. Exigimos un derecho a la interrupción voluntaria del embarazo sin el acoso de la ultraderecha religiosa, revertir la contrarreforma que afecta a las jóvenes de 16 y 17 años más vulnerables, anticonceptivos de última generación gratuitos, y la garantía de las prestaciones en la sanidad pública.

En verdad somos disidentes: lo somos contra los límites de una feminidad impuesta. Si no hay cerebros rosas ni azules, no hay juegos de niños o cosas de niñas. Nosotras somos abolicionistas del género. Es un pilar del feminismo acabar con esta construcción política que nos subordina como clase sexual. Millones de niñas en el mundo saben que ser mujer no es un sentimiento cuando mutilan sus genitales o se les impone sumisión bajo el velo patriarcal. No podemos diluirnos como sujeto político del feminismo ni permitir la implantación normativa de una neolengua que nos hace invisibles, que redacta “progenitor gestante” por “madre” en textos legales. El sexo es una realidad políticamente significativa y si no frenamos este borrado, la igualdad quedará entrampada en la diversidad.

Nosotras no estamos en conflicto con la libre expresión de la personalidad. Tampoco con la protección legítima de cualquier colectivo. Afirmamos que promulgar leyes de autoidentidad sexual, fusionada con el género, no sujeta a nada verificable salvo la voluntad de cada momento, es problemático para las mujeres. Tratar de imponernos silencio por ello es antidemocrático.

Legislar sin prever todas las derivadas podría dificultar las políticas para la paridad o contra la violencia sexual, desvirtuar espacios en los que la seguridad y la privacidad son importantes, especialmente para las más vulnerables. Perjudicaría, asimismo, la posibilidad de competiciones deportivas justas para mujeres y niñas.

Alcanzar la independencia económica que permita a todas una vida digna es imprescindible. La realidad sigue siendo que las mujeres estamos discriminadas en el ámbito laboral. La brecha salarial está en el 21,9% en el cómputo estatal, en la Comunidad de Madrid llega al 25,9%.

Las mujeres ganan al año casi 6.000 euros menos que los hombres. Tenemos la mayor parte de los contratos a tiempo parcial y una tasa de paro al menos tres puntos más alta que los varones. Somos el máximo exponente de la precariedad en nuestro país, porque el patriarcado y el capitalismo se aseguran de mantenernos con las peores condiciones laborales y con la carga casi en exclusiva de los cuidados y las tareas del hogar. Exigimos una ley de igualdad salarial, como herramienta para la negociación colectiva, mecanismos para que el empresariado cumpla la legislación vigente en esta materia, y que las administraciones autonómicas y locales implementen medidas de igualdad laboral.

Necesitamos políticas eficaces sobre corresponsabilidad y gestión pública, cuando los cuidados no pagados en España supondrían un 15 % del Producto Interior Bruto. Por si fuera poco, al concluir nuestra vida laboral, la brecha en las pensiones es incluso más profunda, de media un 35 % inferiores a las de los hombres. El reconocimiento como gananciales de las cotizaciones a la Seguridad Social reduciría la injusticia de la carga adicional de trabajo que realizan las mujeres para sus familias.

El espejo de la pobreza en este país devuelve el rostro de una mujer. La mitad de las familias monomarentales se sitúa en ella, debido a la falta de legislación y protección por parte de los gobiernos. Si existe un colectivo precario en el empleo es el de las empleadas domésticas, para las que el Estado debe ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. En su visita a España, el relator especial de Naciones Unidas las ha escuchado a ellas, a las mujeres gitanas en el umbral de la marginación o a las temporeras del campo, y ha dado un serio aviso sobre un sistema de protección roto.

El reconocimiento del talento de las mujeres también es hacer justicia. Vindicamos el valor de nuestra aportación al acervo común en la creación y el conocimiento. Es una gran misión de rescate colocar a las viejas maestras en las páginas de historia, abrir los cánones de la academia y verlas como referentes. Es preciso hacer cumplir la ley de igualdad, con la presencia equitativa de ambos sexos en los mandos públicos y privados.

Cada 8 de marzo y cada día del año, la vindicación de las mujeres se oirá en esta ciudad y en todo el mundo. El abolicionismo no es solo el camino por la consecución de una ley, al igual que el sufragismo no fue solo la lucha por la conquista del voto. Aquel fue un genuino movimiento de liberación encabezado por una vanguardia no siempre comprendida, y eso mismo ocurre, más de cien años después, con el movimiento abolicionista, que se rearma cada día.

Nosotras hoy debemos ser dignas herederas de esas voces, porque nosotras, las abolicionistas, somos las nuevas sufragistas.

Por eso nos hemos convocado aquí, junto al recuerdo de la republicana Clara Campoamor. Ella era una de aquellas sufragistas y abolicionistas. El diario de sesiones del Congreso guarda cómo la misma diputada que había ganado el voto para las mujeres, hablaba de la quiebra ética para el Estado y de la crueldad de no proteger a aquellas jóvenes cuyos cuerpos eran tratados como una mercancía.

Nosotras no olvidamos. El eco de esas feministas republicanas está aquí porque aún somos la resistencia y alzamos nuestra voz para que viva la lucha de las mujeres.


Fuente:


MI: Comunidades indígenas solicitan que en Jujuy se respete y cumpla la vigencia del Estado de Derecho




xComunidades Indígenas Libres de Jujuy

Hacemos conocer a la ciudadanía en general que, en estos últimos días, el gobierno de Jujuy ha hecho llegar en circunstancias irregulares  un texto - mediante la Policía de la Provincia de Jujuy- a la Comunidad Indígena La Quiaca Vieja, por el cual supuesta y UNILATERALMENTE da por cumplido el proceso de evaluación de impacto ambiental - en referencia a la obra Zona Franca La Quiaca Vieja -.

Al respecto se destaca:

a.    La Comunidad Indígena La Quiaca Vieja ha reclamado formalmente por escrito al Sr. Gobernador de Jujuy el cumplimiento de la Ley Nacional 24071 y el Convenio 169 OIT en referencia a la obra "Zona Franca La Quiaca Vieja" en razón de que dicho proyecto AFECTA el territorio de esta Comunidad Indígena.

b.    Se hace público el acto de violencia institucional de imponer unilateralmente de dar por cumplido el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la obra en cuestión.

c.    Las Comunidades Indígenas Libres de Jujuy se declaran en estado de alerta ante un potencial acto de violencia y  ataque a los pacíficos habitantes de la Comunidad Indígena La Quiaca Vieja.

d.    Se solicita a los tres poderes de la Provincia de Jujuy, a las autoridades de las instituciones nacionales correspondientes, al INAI, a las entidades defensoras de los Derechos Humanos, a la Defensoría del Pueblo de la Nación, a los Sres. Diputados y Senadores Nacionales su participación para que en Jujuy se RESPETE Y CUMPLA LA VIGENCIA DEL ESTADO DE DERECHO , en particular que el Gobierno de Jujuy cumpla con la Ley Nacional argentina 24071 así como el mandato constitucional a los gobiernos provinciales de hacer cumplir la constitución y las leyes nacionales, tal como lo reclama la Comunidad Indígena La Quiaca Vieja de Jujuy.

27 de Febrero de 2020.-


Medio Ambiente: Sancionaron a la Compañía Minera Aguilar por incumplimiento de normativa en materia de seguridad radiológica





AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 12/2020 -
RESOL-2020-12-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2020

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus reglamentaciones, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Practicas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos aprobado mediante Resolución ARN N° 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por Resolución ARN N° 75/99, el Expediente de Sanciones N° 17/18 caratulado “COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. y OTRO s/ PRESUNTO INCUMPLIMIENTO A LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA”, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se investigó la posible comisión de infracciones por parte de la Instalación COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A., Titular de la Licencia de Operación N° 20781/0/3/04-24 y BRUNET JOSÉ MARTÍN, en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de la citada Instalación y Titular del Permiso Individual N° 26279/0/0/04-23.

Que la Instalación COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A., se encuentra comprendida dentro de las Instalaciones Clase II, según lo dispuesto en el Punto 48 de la Norma AR 10.1.1 Norma Básica de Seguridad Radiológica –Revisión 3- , aprobada por Resolución ARN N° 22/01.

Que el día 28 de agosto de 2018 inspectores de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) realizaron una Inspección Regulatoria en el depósito de COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. sito en la Planta Concentradora de la ciudad de El Aguilar, Provincia de Jujuy, la cual fue atendida por el Señor José Martín BRUNET en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de dicha Instalación, labrándose en consecuencia el Acta de Inspección N° 16.349 donde se constató que CUATRO (4) Equipos Medidores de Densidad, según Inventario de Material Radiactivo de fecha 28 de noviembre de 2017, se encontraban operativos siendo que la Licencia de Operación N° 20781/0/2/02-18 había vencido el 28 de febrero de 2018 y la máxima Tasa de Dosis Equivalente Ambiental Medida en Contacto fue de 8 msv/h.

Que asimismo, en la citada inspección se le requirió a COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. el cumplimiento, dentro del plazo de CINCO (5) días, de los siguientes requisitos: a) actualizar la cartelería de área y mantenerla legible –cumplido el 1/10/18; b) enviar el Certificado de Calibración del Monitor de Radiaciones –cumplido el 19/10/18; c) enviar un Inventario de Material Radiactivo –cumplido el 30/8/18; d) remitir el Plano de la Instalación con la ubicación de las Fuentes –cumplido el 1/10/18; e) enviar copia del Procedimiento de Emergencias actualizado y firmado –cumplido el 1/10/18.

Que por otra parte en la citada inspección se le requirió a COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. el cumplimiento, dentro del plazo de TREINTA (30) días de los siguientes requisitos: a) mantener actualizado el registro de verificación de funcionamiento del Monitor –cumplido el 16/4/19; b) disponer de Personal Adicional con permiso Individual Vigente –cumplido el 1/10/19.

Que, a fin de investigar los hechos y circunstancias constatadas en el Acta ARN N° 16.349, se inició una investigación en el marco del Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado mediante Resolución ARN N° 75/99.
Que conforme lo concluido en el Informe Circunstanciado del AGENTE INVESTIGADOR, el Directorio de la ARN consideró pertinente continuar con las actuaciones y, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7° del Procedimiento para la Aplicación de Sanciones, ordenó la Etapa de Instrucción mediante la Resolución N° 56/19.

Que, de acuerdo a lo establecido en el Punto 9, Inciso a) del Procedimiento para la Aplicación de Sanciones, se notificó a los involucrados de las posibles infracciones en las que podrían resultar encuadrados los incumplimientos detectados y se les otorgó un plazo de DIEZ (10) días, para que produzcan sus descargos sobre los presuntos incumplimientos y ofrezcan las medidas de prueba que estimaren oportunas.

Que habiendo quedado debidamente notificados los involucrados, en oportunidad del descargo, el Responsable por la Seguridad Radiológica de COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. envió mail donde adjuntó copia de la Licencia de Operación N° 20781/0/3/04-24, otorgada por esta ARN el 21 de mayo de 2019, con fecha 30 de julio de 2019 COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. presentó una Nota adjuntando copia del Registro actualizado de verificación de funcionamiento del Monitor que ingresó a esta ARN el 16 de abril de 2019.

Que en la Etapa Probatoria, en los términos del Punto 9 e) de la Resolución ARN N° 75/99, la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES informó que COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. renovó su Licencia de Operación N° 20781/0/2 y cuenta con la Licencia de Operación 20781/0/3; que no cuenta con requerimientos pendientes de cumplimiento y que la documentación que acreditó el cumplimiento de la actualización del registro de verificación de funcionamiento del Monitor ingresó a esta ARN el 16 de abril de 2019.

Que clausurada la Etapa Probatoria, y en base a lo establecido en el Punto 10 del Procedimiento para la Aplicación de Sanciones, se le concedió a los involucrados el plazo de CINCO (5) días para que presenten los alegatos que consideren pertinentes.

Que en su alegato, COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. solicitó la aplicación de la mínima legal, o sea apercibimiento, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 31 del Régimen de Sanciones aplicable, lo que solicita sea extensivo al Responsable por la Seguridad Radiológica, con fundamento en que no hubo potencialidad ni riesgo de daño radiológico, sino que hubo omisión involuntaria que se tradujo en un incumplimiento formal o temporal siendo que a la fecha de la inspección ya se había efectuado la presentación destinada a la obtención de la renovación de la Licencia de Operación habilitante. Resaltando que se han cumplido la totalidad de los requerimientos y que a la fecha la Licencia está vigente.

Que se dio intervención a la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES quien se expidió sobre la Potencialidad del Daño y la Severidad de la Infracción, conforme lo establece el Punto 10, del Anexo de la Resolución ARN N° 75/99.

Que la antes nombrada SUBGERENCIA, consideró que respecto de los incumplimientos de COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. la Potencialidad del Daño es MODERADA mientras que por infracción de los Puntos 54 y 65 de la Norma AR 10.1.1. “Norma Básica de Seguridad Radiológica” –Revisión 3- y los Puntos 38 y 68 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” la Severidad de la Infracción es MODERADA y por infracción de los Puntos 22, 23, 78 y 91 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”; y el Punto 1 de las Condiciones de la Licencia de Operación, la Severidad de la Infracción es GRAVE.

Que respecto de los incumplimientos del Responsable por la Seguridad Radiológica de la Instalación COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A., Señor José Martín BRUNET, indicó que la Potencialidad del Daño es MODERADA mientras que por infracción del Punto 9 de la Norma AR 7.11.2 -Revisión 0- “Permisos Individuales para Operadores de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”, los Puntos 38, 68, y 92 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” y Puntos 2 y 3 de las Condiciones del Permiso Individual, la Severidad de la Infracción es LEVE.

Que conforme surge del Informe Circunstanciado elaborado por el AGENTE INSTRUCTOR se comprobó que el 28 de agosto del 2018, la Instalación COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. realizó prácticas sujetas a control sin Licencia de Operación vigente, incumpliendo los Puntos 22 y 23 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” y los Puntos 1, 3 y 6 de las Condiciones de la Licencia de Operación.

Que asimismo se comprobó que si bien COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. solicitó la renovación de su Licencia de Operación, no lo hizo con la antelación requerida por la Normativa vigente, incumpliendo los Puntos 78 y 91 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”.

Que también se comprobó que si bien COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. contaba con un Monitor de Radiación, el mismo no se encontraba disponible por haber estado en proceso de calibración en la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) y que los requerimientos técnicos constatados en el Acta N° 16349 fueron cumplidos con posterioridad al plazo concedido por esta ARN, constatándose el incumplimiento de los Puntos 54 y 65 de la Norma AR 10.1.1. “Norma Básica de Seguridad Radiológica” –Revisión 3- y los Puntos 38 y 68 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”.

Que respecto del Señor BRUNET, en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de la Instalación y Titular del Permiso Individual N° 26279/0/0/04-23, se comprobó que el día 28 de agosto de 2018, realizó prácticas sujetas a control en una Instalación sin Licencia de Operación vigente, incumpliendo los Puntos 38, 68, y 92 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”; Punto 9 de la Norma AR 7.11.2 -Revisión 0- “Permisos Individuales para Operadores de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” y Puntos 2 y 3 de las Condiciones del Permiso Individual.

Que se excluye la aplicación de los Puntos 23 y 78 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”; los Puntos 45 y 65 de la Norma AR 10.1.1. “Norma Básica de Seguridad Radiológica” –Revisión 3- dado que, de acuerdo con lo indicado por la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES, los mismos no devienen aplicables.

Que los incumplimientos constatados, respecto de COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A., se enmarcan en el Artículo 5 a) y 16 a) del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos aprobado por Resolución de la ARN N° 32/02, mientras que respecto del Señor José Martín BRUNET los incumplimientos constatados, se enmarcan en los Artículos 6 b) y 17 del Régimen de Sanciones aplicable.

Que en las presentes actuaciones, se notificó debidamente a los involucrados respecto de la infracción a la Normativa Regulatoria y la oportunidad de presentar las medidas de prueba, los descargos y alegatos, situándose de esta manera a resguardo las garantías del debido proceso adjetivo previstas en el Artículo 1°, Inciso f) de la Ley N° 19.549 y su reglamentación y en el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para aplicar sanciones por infracciones a las Normas de Seguridad Radiológica, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 16, Inciso g) de la Ley N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98.

Por ello, en su reunión del día 12 de noviembre de 2019 (Acta N° 40),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Aplicar a la Instalación COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. una sanción de MULTA de PESOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 31.500.-), correspondiendo PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-) por incumplimiento de los Puntos 22 y 23 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” y los Puntos 1, 3 y 6 de las Condiciones de la Licencia de Operación, infracción que se encuadra en el Artículo 5 a) del Régimen de Sanciones y PESOS TRECE MIL QUINIENTOS ($ 13.500.-) por incumplimiento de los Puntos 78 y 91 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” y Puntos 54 y 65 de la Norma AR 10.1.1. “Norma Básica de Seguridad Radiológica” –Revisión 3- y los Puntos 38 y 68 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” infracción que se encuadra en el Artículo 16 a) del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos.

ARTÍCULO 2°.- Aplicar al Señor Juan Martín BRUNET, en su carácter de Responsable por la Seguridad Radiológica de COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. y Titular del Permiso Individual N° 26279/0/0/04-23, una sanción de MULTA de PESOS TRECE MIL ($ 13.000.-), por incumplimiento de los Puntos 38, 68, y 92 de la Norma AR 7.9.2. “Operación de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales”; Punto 9 de la Norma AR 7.11.2 -Revisión 0- “Permisos Individuales para Operadores de Fuentes de Radiación para Aplicaciones Industriales” y Puntos 2 y 3 de las Condiciones del Permiso Individual correspondiendo PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) por infracción del Artículo 6 b) y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) por infracción del Artículo 17, ambos del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL. Agréguese copia de la presente a las actuaciones, remítase copia a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, notifíquese a los involucrados lo resuelto a través de la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

e. 09/01/2020 N° 926/20 v. 09/01/2020

Fecha de publicación 09/01/2020

Fuente: 


Alerta Epidemiológica: Nuevo coronavirus (nCoV)



La Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS / OMS) recomienda que los Estados Miembros, a la luz de la posible ocurrencia de eventos relacionados con el nuevo coronavirus (nCoV), garanticen que los trabajadores de la salud tengan acceso a información actualizada sobre esta enfermedad, que estén familiarizados con los principios y procedimientos para manejar las infecciones por nCoV y estar capacitados para consultar sobre el historial de viajes de un paciente para vincular esta información con datos clínicos. La OPS / OMS monitorea de cerca la evolución epidemiológica de la situación y proporcionará orientación más detallada cuando esté disponible.

xPAHO.org
16 de enero de 2020

La OPS / OMS no recomienda ninguna evaluación en los puntos de entrada con respecto a este evento, ni ninguna restricción sobre viajes o comercio.

Fuente: 



Humahuaca: Estudio de impacto ambiental de un barrio cerrado en Peñas Blancas




Humahuaca: Estudio de impacto ambiental de un barrio cerrado en Peñas Blancas

HUMAHUACA... VILTIPOCO10000: ENERO 15 DE 2020...

xWaldo Darío Gutierrez Burgos
#Viltipoco10000

Habiendo tomado conocimiento a través del Boletín Oficial del gobierno de la provincia de Jujuy, publicado el día lunes 13 de enero del corriente, acerca de la construcción de un "Barrio Cerrado en la ciudad de Humahuaca", como menciona en el 'Edicto de Citación' que fue publicado también por este medio.

A partir de esta difusión, varios lectores y vecinos solicitaron poder acceder a más datos al respecto, por lo que hemos solicitado vía telefónica a las funcionarios del Ministerio de Medio Ambiente, nos facilite una copia digital del  Informe de Impacto Ambiental (EIA) en el que es sabido se encuentran los detalles de la realización de construcciones, investigaciones y emprendimientos de gran envergadura como la explotación de recursos mineros, litio, turísticos, etc. que nos brinden un panorama sobre los efectos positivos o negativos sobre el lugar a realizarse dicha actividad.

Agradezco a las áreas de Calidad Ambiental y Técnica por la buena atención a nuestro requerimiento, salvando la distancia y la burocracia de tener que ir de Humahuaca a la ciudad de Jujuy a consultar un expediente con información a llevarse a cabo en la ciudad histórica.

Desde el área técnica del ministerio de ambiente solicitaron que "ante la presentación de alguna observación sobre el EIA, le hagan llegar una nota" a las oficinas ubicadas en República de Siria n° 147, 3° piso de la ciudad de San Salvador de Jujuy, para "adjuntar al expediente".

Esperando que el vecino humahuaqueño y lectores puedan acceder de forma más directa a este documento es que lo publicamos a continuación.



Humahuaca: Edicto de notificación







xBoletín Oficial Jujuy
13/01/2020

De Acuerdo a la Resolución N° 105-SCA/2018.- Los Sres. MARCELO V. CONSTANT, AGUSTÍN A. CONSTANT Y MARIANO E. CONSTANT, ponen a disposición de los interesados y la sociedad en general, el Estudio de impacto ambiental simplificado, solicitado según resolución 105/2018 de la SCA del Ministerio de Ambiente de la Provincia. El mismo describe todos los aspectos atinentes al funcionamiento, aspectos ambientales y gestión de afluentes de un barrio cerrado en la ciudad de Humahuaca, propiedad de los Sres. CONSTANT domiciliados en calle Guillermon 117 del barrio Huaico de nuestra capital. El número de expediente según se tramita esta factibilidad ambiental es 1101-66-C/2018.- El Estudio de impacto ambiental se encuentra a disposición del público en general, para su consulta en el Ministerio de Ambiente, ubicado en la calle Republica de Siria N° 147, 3° piso, de la ciudad de San Salvador de Jujuy. Fdo. Marcelo V. Constant, Agustín A. Constant Mariano E.Constant.-

13/15/17 ENE. LIQ. 20032 

Fuente: http://boletinoficial.jujuy.gob.ar/



Medios: No diga ‘fake news’, diga desinformación




xSílvia Majó Vázquez
jueves 25 octubre 2018

Una de las transformaciones más importantes que ha visto el periodismo desde la llegada de Internet ha sido el fin del monopolio de la producción y distribución de información. En otras palabras, el fin de la tradicional relación de los medios con los ciudadanos. Esa relación la explican los clásicos con la metáfora de la verticalidad. En un mundo pre-Internet, arriba estaban los medios, distribuyendo información hacia abajo, léase hacia los ciudadanos. Ellos (los medios, claro) controlaban los mecanismos de producción y también los flujos de información. El fin de esta relación vertical que motiva el último trabajo del que fue editor de The Guardian durante 20 años, Alan Rusbridger,  y el inicio de un esquema horizontal en el que la transmisión de información se produce en igualdad de condiciones entre la audiencia, que ha dejado de ser sólo eso, y los medios, que ya no tienen el monopolio de la información, ha supuesto el fin del periodismo tal y como lo conocíamos hace apenas dos décadas: ahora cualquier ciudadano puede jugar a la función periodística.

Las plataformas de medios sociales –en adelante, redes sociales– han contribuido decisivamente a acelerar este cambio. También las aplicaciones de mensajería que en los últimos años afianzan esta nueva relación horizontal dentro del ecosistema informativo. Por un lado, los ciudadanos, a través de sus perfiles online o de sus blogs, practican lo que en la Academia se hace llamar periodismo ciudadano. No en vano, la reducción de costes para la producción de información –que no noticias profesionales– ha facilitado enormemente que la esfera digital esté literalmente colapsada por una gran cantidad de contenidos sobre la actualidad que, a su vez, compiten por la atención del público con los de los medios. Una consecuencia muy positiva de este nuevo escenario es, sin duda, la diversidad de información que uno puede encontrar en la Red. Sin embargo, una parte importante de ella –en absoluto toda– no ha seguido los estándares básicos de verificación, que sí deben seguir los medios de comunicación. Frecuentemente, es esta información no verificada la que más rápidamente se populariza en la Red y llega a un conjunto nada despreciable de la población; varios de los estudios científicos que cito más abajo así lo demuestran.

Por otro lado, los contenidos informativos hechos por profesionales se distribuyen, en gran parte, dentro de espacios cerrados y controlados por multinacionales, en su mayoría estadounidenses, que muestran una clara opacidad cuando son preguntadas sobre los criterios que les guían al presentar las noticias a sus públicos. Las redes sociales se están convirtiendo en distribuidores decisivos que ordenan el debate público. Sobre ellas recae cada vez más la responsabilidad de determinar qué contenido informativo está o no permitido dentro de sus ‘muros’ y son las que determinan qué popularidad tendrá este contenido a través de sus algoritmos. Consecuentemente, tienen un creciente poder para determinar sobre qué y con qué intensidad se debate sobre ciertos temas en la esfera pública. 

La difusión de información falsa y los procesos de desinformación han contribuido a afianzar el protagonismo de la redes sociales en el nuevo marco de comunicación ‘horizontal’ en el que nos encontramos. Desde las elecciones de Estados Unidos en 2016, han sido innumerables los estudios que se han producido con el fin de entender la difusión de información falsa y los procesos de desinformación a gran escala que se pusieron en marcha a raíz de la campaña electoral que precedió esos comicios –aquí sólo uno de los muchos ejemplos del Oxford Internet Institute. Entre los estudios más relevantes, están aquellos que han ayudado a determinar los mecanismos de difusión de este tipo de contenido. Gracias a estudios como éstos, se ha producido también una mejora de los procesos de identificación de los emisores de información falsa y de sus campañas de desinformación. Aunque a su vez, estos mismos falsos ‘emisores‘ han aprendido a mejorar sus estrategias. Lo que nos lleva a una suerte de relación circular en la que la información falsa y las acciones de desinformación se continúan difundiendo a gran escala, a través de Internet, especialmente, de las redes sociales y las aplicaciones de mensajería.

La existencia de información falsa o de falsas noticias no es una novedad que ha traído consigo Internet. Pero su difusión a gran escala sí que lo es. La distribución de este tipo de información la facilita la Red y, sobre todo, las plataformas sociales; así lo prueban los estudios que hay sobre la cuestión. En el Reuters Institute for the Study of Journalism nos encargamos hace unos meses de poner a disposición del público una bibliografía con los trabajos científicos más relevantes sobre este fenómeno y sus orígenes. Les invito a visitarla, y verán cómo este fenómeno no es nuevo, aunque sí sus dimensiones.   

El protagonismo en la esfera pública de las noticias falsas y la desinformación ha coincidido en el tiempo con el uso, cabe decir que irresponsable, del concepto fake news (noticias falsas en su traducción al español) por parte de figuras políticas y expertos de toda condición. Demasiado frecuentemente, el término se ha usado no para describir el fenómeno, real y existente, de la proliferación de información falsa y de campañas de desinformación, sino para menoscabar el prestigio de la prensa ante la opinión pública y su función esencial para las democracias. Al usarlo indiscriminadamente y, sobre todo, al hacerlo en el contexto de información con la que no se está de acuerdo, se daña enormemente la función que los medios tienen en democracia.

Los medios ejercen una función esencial para que los ciudadanos reciban información independiente sobre los poderes ejecutivos, entre otros, y para que, a su vez, éstos deban rendir cuentas por sus actuaciones ante los ciudadanos. El fenómeno de la proliferación de información falsa debe formar parte del debate público y ha de atajarse desde una perspectiva multilateral, tal y como indican los informes más recientes elaborados por organismos como la Comisión Europea, el Consejo de Europa y también la Unesco, por nombrar solamente algunos de ellos.  Sin embargo, el uso del concepto, etiqueta o –como dirían los estrategas políticos– el marco mental de fake news es claramente inadecuado para referirse él. La campañas de desinformación y la información falsa son algo mucho más complejo –muy recomendable este ‘post’ de Laura Teruel, en el que hace un repaso a los tipos de acciones de desinformación que se identifican en la red.

Esta misma semana, el director general de la BBC reconocía el daño que este término inflige al periodismo, pese a que su corporación lo ha usado frecuentemente para simplificar un fenómeno que requiere algo más de un par de minutos de televisión para ser entendido (ver también esta sección de su web). «[…] Tenemos todos la responsabilidad de inculcar confianza en el periodismo profesional», decía el director de la BBC.

Claramente, el concepto fake news hace lo contrario. «El término se lo han apropiado políticos en todo el mundo para referirse a medios de comunicación con los que están en desacuerdo. De esta forma, se está convirtiendo en un mecanismo con el que los poderosos pueden restringir, socavar y eludir la prensa libre”, afirman los investigadores Claire Wardle y Hossein Derakhshan en el documento encargado por el Consejo de Europa. Coinciden también con el director del Reuters Institute, Rasmus K. Nielsen, quien como experto ante la Comisión Europea recordaba a este organismo que el término «está mal definido, politizado y es confuso para la ciudadanía en general». La misma Comisión Europea ha mostrado su rechazo al uso de este término y su apuesta por el uso, en su lugar,  de la palabra desinformación. «La desinformación incluye todo tipo información falsa, engañosa e incorrecta que se ha elaborado, se presenta y promociona con la intención de causar un daño público o para obtener algún beneficio», dice en el documento la profesora Madeleine de Cock Bunning.

Al escuchar los políticos –e incluso periodistas y demás expertos– usar en muchos países, también en España, el concepto de fake news, me pregunto sobre las consecuencias que ello tiene al ahondar, todavía más, en el descrédito que vienen sufriendo las instituciones básicas de la democracia. La prensa lo es. Los medios tienen, por supuesto, mucho trabajo por hacer para recuperar la credibilidad y confianza que han ido perdiendo a lo largo de los últimos años. Pero son también los responsables de que podamos acceder a información imprescindible para la toma de decisiones como ciudadanos libres, o de desvelar datos y acciones de nuestros representantes públicos que, de otra forma, nunca conoceríamos –sólo por poner uno de los últimos ejemplos, véanse los ‘Papeles de Panamá’. 

Los esfuerzos de la prensa por mejorar sus mecanismos de verificación ante la constante circulación de información falsa tampoco deben pasar inadvertidos en todo este debate. Iniciativas como Verificado (en México), Comprova (Brasil), Crosscheck (Francia) o las que First Draft está impulsando ante las elecciones en India del próximo año demuestran el compromiso global de los medios con la información veraz. 

Las palabras, no les descubro nada nuevo, tienen mucho poder. Por ello, precisamente, el uso del término ‘fake news’ es irresponsable y sirve a gobiernos de todo tipo para menoscabar la función de la prensa y, en el peor de los casos, obstaculizarla seriamente. Además, revela una falta de conocimiento de la complejidad de este problema: la desinformación a gran escala.


Cultura: El Fajado de los bebes o wawas en el mundo andino vs el mundo moderno


Cultura: El Fajado de los bebes o wawas en el mundo andino vs el mundo moderno

CULTURA… VILTIPOCO10000: ENERO 14 DE 2020…

xLuis Olivera Echegaray
20 noviembre, 2017, 1:02 pm

En el mundo andino el cariño y afecto que sienten los padres hacia sus hijos se manifiesta a través del cuidado hacia ellos y una forma de cuidarlos es fajarlos de bebes, según el pensamiento andino se debe fajar al bebe con una faja llamada Chumpi, que en el idioma quechua significa faja o cinturón, antes de usar esta faja se le debe envolver al bebe con una manta, una vez envuelto se comienza a fajarlo inmovilizando todo su cuerpo completo, no tan apretado ni tan suelto, de esta manera sus huesos se formaran bien y fuertes. Este fajado usualmente se realiza desde nacido hasta los 3 meses de edad, aunque hoy en día en algunas comunidades se sigue fajando algunos meses más.

Cuando uno pregunta a personas entre las comunidades del por qué fajan a los niños, ellos dicen que como ellos viven en las partes altas donde el frio es muy fuerte, el fajado ayuda a abrigarlos y protegerlos, al waltarlos que es así como lo llaman, los cargan y así evitan que el niño se queme con el fogón (horno pequeño de barro para cocinar a leña), generalmente lo construyen en el piso y está al alcance de los niños y también para evitar que se enfermen al gatear en el piso, por la humedad o porque en el piso crían a los cuyes. Según los pobladores el desarrollo motor de los niños que fueron fajados es superior a los niños que no han sido fajados de bebes, los fajados, son más hábiles cuando realizan movimientos corporales y más fuertes.

Hoy en día en algunas comunidades con la influencia de las ciudades, las madres han dejado esta práctica, sin embargo, hay muchas donde todavía se mantiene esta tradición ancestral, muchas veces cuando ven a un niño con sus piernas arqueadas, se empieza a murmurar entre las vecinas; “a este niño no lo han fajado, quien será su madre”.

Algunos otros pobladores dicen que antiguamente en el aspecto mágico religiosos los tejidos se usaban como protector de malos espíritus y de las maldiciones por esta razón usan el chumpi que es un tejido ancestral con un alto contenido cultural y no otro textil para envolver en todo el cuerpo del bebe.



La NASA capta un misterioso geoglifo australiano de 3,5 km de largo


La NASA capta un misterioso geoglifo australiano de 3,5 km de largo


xRT

El 'hombre de Marree' fue descubierto en 1998. No se sabe quién es su autor ni en qué circunstancias fue creado.

El geoglifo conocido como 'el hombre de Marree', ubicado cerca del pueblo homónimo en el sur de Australia, sigue siendo perfectamente visible desde el espacio, según confirma una fotografía que la NASA obtuvo en junio y que fue publicada el pasado domingo.

Avistada por primera vez por un piloto en 1998, la obra de arte se ha convertido en un imán turístico para la localidad de Marree. No obstante, con el tiempo se fue erosionando, lo que hizo que disminuyera el número de visitantes. En 2016, empresarios locales 'restauraron' la figura con una motoniveladora, una operación que la reciente fotografía de la NASA confirma que fue un éxito.

El 'hombre de Marree', un silueta de unos 3,5 kilómetros de largo, no es antiguo pero está rodeado de misterio, y hasta ahora no se ha podido determinar quién fue su autor ni ninguna otra circunstancia de su creación.

En enero de 1999, las autoridades encontraron cerca de la nariz de la figura una placa con la bandera de EE.UU., los anillos olímpicos y una cita del zoólogo australiano Herbert Finlayson: "En honor a la tierra que una vez conocieron. Sus logros en estas actividades son extraordinarios; una fuente constante de asombro y admiración".




El sapo que le pagó sus estudios a un niño indígena




xLaura Corona-Almaraz
VIERNES, 14 DE JULIO DE 2017 13:20

Exóticos, luminosos, casi tan negros como la obsidiana. Era imposible no admirar su vientre anaranjado, brillante, pronunciado. Los Andes del Ecuador estaban poblados de ellos a finales del siglo XIX. Debían tener cuidado con los jambatos negros, una especie de sapo muy popular en esa región.

Hace treinta años las cosas eran distintas. Los padres de los niños usaban a los jambatos negros para mantenerlos entretenidos, incluso las abuelas los utilizaban para curar de espanto a los pequeños cuando, tradicionalmente, lo que se usa en otras regiones es un huevo.

Conocidos bajo el nombre científico de Atelopus ignescens, estos sapos se creían extintos desde hace treinta años hasta que David Jailaca, un niño indígena ecuatoriano, encontró uno con el que no sólo logró conservar esta especie, sino también asegurar el financiamiento de sus estudios.

Todo comenzó cuando en 2016, el último jambato negro en existencia escapó del Centro Jambatu de Investigación y Conservación de Anfibios en Ecuador. Las autoridades del instituto ofrecieron mil dólares de recompensa a quien lo encontrara.

David, junto con su hermano mayor, jugaban en un campo de alfalfa al lado de su pequeña cabaña, cuando escucharon croar al jambato negro. Después de dejarse llevar por los sonidos del animal, David lo encontró y se lo mostró al cura de la comunidad, quien ya había sido notificado por parte del Centro Jambatu sobre la desaparición del sapo.

Tanto el sacerdote como David enviaron una fotografía a los responsables de la búsqueda del anfibio, sin embargo, consideraron que no correspondía con el sapo que creían extinto. El niño insistió en que sí era la especie que buscaban y con una segunda fotografía, la institución ecuatoriana reconoció que sí era el jambato negro que escapó de sus instalaciones.

Cuando David fue entrevistado por medios locales, aseguró que ese dinero lo quería para financiar sus estudios, pues a través de ellos quiere sacar adelante a su familia.

Al principio decía que el dinero lo utilizaría para construir una mejor cabaña, pero sus padres lo convencieron de que lo usara para estudiar y, en un futuro, poder hacerse de una casa en donde vivieran con comodidades.

David dijo que su mayor satisfacción fue saber que a finales de junio de este año los científicos del Centro Jambatu anunciaron el nacimiento de 500 sapos negros en un ambiente controlado. A través de Luis Coloma, director del centro, se dio a conocer que se trata del primer anfibio conocido proveniente de Ecuador.

El siguiente paso es reintroducirlos en su hábitat aunque, según Coloma, los planes también son la inclusión de la comunidad para seguir con su rescate.

Fuente: