De esta semana /Publicaciones de tendencia

Publicaciones cuidadosamente seleccionadas

Mas Popular/Indígena & Sociedad

Noticias Semanales/Seleccionadas cuidadosamente

Artículos recientes

Declaración del Parlamento Indígena “Narciso López”, Jujuy, Argentina

Declaración del Parlamento de Naciones, Pueblos y Comunidades Indígenas “Narciso López”

 

Las diferentes Naciones, pueblos y comunidades indígenas que conformaron el tercer malón de la paz aglutinadas ahora en este parlamento, espacio político y de lucha en defensa, gestión y administración del territorio, declaramos:

En primer lugar, denunciar una vez más al Estado Colonial de Jujuy, quien llevó adelante una reforma (in) constitucional violatoria de forma y contenido a la prelación de leyes en el actual Estado Argentino. Visto que atenta contra la Constitución Nacional (art. 75 inc. 17, 19 y 22) y tratados internacionales con rango constitucional (Convenio N* 169 de la OIT). Sostenemos su ilegitimidad en razón de la violencia estatal ejercida:

  • La mutilación de ojos como método represivo para el cual estuvo entrenada la policía.
  • Persecución y armado de causas, detenciones ilegales. Cuyas denuncias constan en el informe realizado a partir de la implementación del decreto 435/ 23 y otros informes que se realizaron por la vía internacional y que concluyen que para esta reforma en la provincia de Jujuy se cometieron Delitos de Lesa Humanidad en donde existe complicidad entre los tres Poderes del Estado Provincial.

En segundo lugar, a nivel nacional, exigimos la derogación del DNU 7023 también inconstitucional donde nuevamente no se respeta el Convenio 169 que establece como mecanismo de participación de los pueblos indígenas la consulta libre, previa, informada y culturalmente adecuada. Con este decreto el Poder Ejecutivo Nacional actúa de forma ilegal atentando contra la vida en los territorios cuya posesión es preexistente al mismo estado. Lo más grave es la derogación de la Ley de Tierras Rurales ya que habilita la extranjerización del territorio con su consecuente depredación-saqueo de la Pachamama.

En tercer lugar, rechazamos el proyecto de la Ley ómnibus que pretende consolidar y ampliar el DNU, afectando nuestros derechos colectivos como naciones, pueblos y comunidades indígenas: Ley de bosques, Ley general de ambiente, Ley sobre el régimen de libre acceso a la información pública ambiental, Ley de fiscalización de fertilizantes, Ley de preservación de glaciares y del ambiente periglaciar, Ley de manejo de fuego, habilitación a fuerzas armadas extranjeras a ingresar al país para prácticas de ejercitación, instrucción o protocolares cediendo control de suelos y bienes comunes, eliminación del INADI. Entre otros.

Finalmente exhortamos al Poder Legislativo (diputados y senadores) a cumplir con el articulo n* 29 de la Constitución Nacional que dice: “El congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetaran a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”. Por lo tanto, el DNU, la denominada ley ómnibus no pueden ser aprobadas nunca. El pueblo argentino espera que quienes ocupan responsabilidades en el congreso de la Nación Argentina realmente cumplan para lo que han sido elegidos: defender la soberanía nacional, defender la división de poderes y actuar como contralor del Gobierno, defender la democracia, defender los derechos consagrados, el territorio, los bienes naturales y la vida.

Las naciones, pueblos y comunidades indígenas somos preexistentes a los Estados y sabemos de otras formas de buscar el bienestar para la sociedad toda sin poner en riesgo la vida. Mantendremos y nos sumamos a la lucha del Pueblo argentino en ejercicio y en defensa de los derechos consagrados de jerarquía constitucional.

 

Jujuy, 24 de enero de 2024.

 

El protocolo de Bullrich, AFUERA!!! El DNU 7023, AFUERA!!! Ley ómnibus, AFUERA!!!

 

ARRIBA LOS DERECHOS. ABAJO LA REFORMA INCONSTITUCIONAL.

ARRIBA LAS WIPHALAS. BASTA DE PERSECUCION Y CAUSAS ARMADAS A LOS HERMANOS QUE LUCHAN POR SUS DERECHOS.

 

JALLALLA NACIONES, PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS. — JALLALLA JUJUY, JALLALLA ARGENTINA!!.


Declaración Ayllu Azul Pampa, Jujuy, Argentina

 60° Asamblea de Comunidades de Jujuy

DECLARACION AYLLU DE AZUL PAMPA

--Reunida la 60° Asamblea de Comunidades de Jujuy en el territorio del Ayllu de Azul Pampa (Nación Omaguaca) en 13 de enero de 2024, luego de un intercambio de opiniones, dice:
Considerando que el Estado Provincial de Jujuy ha llevado adelante una Reforma Constitucional, cuya formalidad y contenido quebrantan la Constitución Argentina (Art. 75 inc. 17, 19 y 22) y Tratados Internacionales (Convenio N° 169 de la OIT). Asimismo, dicha Reforma se impone y consolida mediante la violencia estatal ilegal -desde el armado de causas, pasando por injustos despojos hasta la mutilación de ojos-. Siendo todo ello, coordinado por los tres poderes del Estado Provincial y, solo contemplado e ignorado por el Estado Argentino,
Considerando que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) ha Reformado la Constitución Argentina -Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23- y pretende consolidar/ampliar dicha Reforma a través del Congreso,
Considerando que la “Reforma” del PEN, igualmente –por su forma y contenido- viola la Constitución Argentina y Tratados Internacionales,
Considerando que los Pueblos Indígenas no tenemos legítimos representantes en el Congreso Nacional ni en ninguna institución estatal. Pues, el sistema colonial así lo ha determinado,
Considerando que se avizoran ciertos acuerdos entre legisladores –los cuales en ningún caso representan derechos, deseos e intereses de los Pueblos Indígenas- para, una vez más, transgredir nuestros derechos inscriptos en la Constitución Argentina y en Tratados/Declaraciones Internacionales,
Considerando que ambas -Reforma Constitucional de Jujuy y “Reforma” del PEN- establecen “nuevas” (o antiguas) reglas de convivencia, residencia y relación en este país. Que dichas “nuevas reglas” retrotraen la relación entre Estado Argentino y Pueblos Indígenas a momento anteriores a la Reforma del año 1994 e incluso a tiempos de la naciente República y la Corona Española,
Considerando que dichas nuevas reglas ni siquiera favorecen a todos los ciudadanos, sino más bien a intereses de las potencias extranjeras coloniales, sus protegidos y a las fuerzas del cielo.
Considerando que tras 500 años de doble colonialismo (interno y externo) en nuestros territorios, el Estado Argentino se encamina hacia nuevos genocidios e intentos de acabar con nuestras culturas,
Considerando que decisiones externas a nuestros Pueblos Indígenas -sin nuestra participación efectiva- ponen en peligro nuestra supervivenciacultural y biológica, el bien y el buen vivir, como también la de toda la naturaleza viva, la Pachamama, que nos ha acompañado por miles de años en nuestros territorios,
Por todo ello, expresamos lo siguiente:
1.- Una vez más, rechazamos la Reforma Constitucional de Jujuy.
2.- Rechazamos el DNU N°70/23 y el Proyecto de ley del PEN que pretende consolidarlo y ampliarlo.
3.- Exigimos al Congreso Argentino el rechazo unánime del DNU N° 70 y su proyecto de ley.
4.- Cumpla el Estado Argentino con la Constitución y los Tratados Internacionales (Pacta Sunt Servanda)
5.- Exigimos al Estado Argentino y Estado Provincial de Jujuy cesen el despojo violento, injusto, innecesario e ilegal a familias de Pueblos Indígenas en esta Provincia de Jujuy, en especial, a las familias de la antigua Estación de Trenes de Tilcara y a la Comunidad Indígena de Laguna Blanca, Mal Paso y Soledad (Nación Omaguaca)
6.- El doble colonialismo (nacional e internacional) que padecemos actualmente ha provocado innumerables problemas a nuestras sociedades indígenas. Nos ha sumido en la pobreza, el racismo, la xenofobia, el destrato, entre otros. Si eso es civilización, rechazamos esa civilización. No agreguen más problemas a los que ya tenemos.
Que las Pachas y los Espíritus de nuestros Abuelos protejan a los hijos del Sol y la Tierra.


Argentina: La Corte consideró que el uso de DNU debe ser excepcional

 

Argentina: La Corte consideró que el uso de DNU debe ser excepcional

Por CIJ *

Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado. 

Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que, por lo tanto, su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado. “El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”, dijeron los jueces.

La sentencia -con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt,  Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Enrique Petracchi- fue dictada en la causa “Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”, y declaró la inconstitucionalidad del decreto 558/02 del 27 de marzo de 2002 que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros.

En los aspectos principales, la opinión de los jueces es coincidente al considerar que el DNU cuestionado es inconstitucional. Las diferencias radican en aspectos específicos, básicamente motivados en la ausencia de una ley al momento del dictado del DNU en cuestión y que se detallan a continuación:

El caso

La actora, “Consumidores Argentinos, Asociación para la Defensa, Educación e Información del Consumidor”, promovió acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de que se declarase la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 558/02, que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros.

El art. 1° del decreto 558/02 incorporó la posibilidad de que las aseguradoras, ante una situación de iliquidez transitoria, realicen y constituyan deuda subordinada a los privilegios generales y especiales derivados de los contratos de seguro. El art. 2º estableció cesiones de cartera sin la exigencia de la publicidad, y otras medidas. La Asociación señala que esas modificaciones privan a los consumidores de ejercer el derecho de oposición fundada en un caso de transferencia de cartera y, en consecuencia, atentan contra el art. 42 de la Constitución Nacional; permiten la exclusión de activos de la aseguradora sin dar ninguna noticia a los asegurados, en violación al derecho de propiedad (art. 17 CN), restringen el ejercicio del derecho a ejecutar al deudor en sus activos por deudas impagas con afectación del derecho de propiedad (art. 17 CN), limitan la traba de medidas cautelares sobre los bienes del deudor e imponen a los jueces la obligación de ordenar el levantamiento de las medidas trabadas sobre los bienes excluidos por voluntad de las empresas aseguradoras, en violación a los derechos de propiedad y de igualdad, al debido proceso y al principio de división de poderes (arts. 17, 18 y 109 CN), eliminan la autorización judicial para solicitar la anulación de actos ineficaces y permitir la exclusión de los activos aun cuando exista un estado de insolvencia, atenta contra los derechos de propiedad y de igualdad, del debido proceso y del principio de división de poderes (arts. 17, 18 y 109 CN),  limitan el derecho de los acreedores de la aseguradora respecto de los bienes excluidos de su patrimonio lo cual es violatorio de los derechos de propiedad, de igualdad y de la garantía del debido proceso.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar la sentencia del juez de primera instancia, hizo lugar a la demanda.

El Estado Nacional dedujo recurso extraordinario.El caso es anterior a la ley 26122 que regula los DNU, y por lo tanto esa ley no ha sido cuestionada.

La sentencia

La sentencia tiene diez considerandos que firman los jueces en común (Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda, Zaffaroni y Argibay). El Dr Petracchi remite a su voto en el caso “Verrochi”, que es coincidente con lo que dice la mayoría en esta sentencia. En consecuencia, en los aspectos principales, la opinión de los jueces es coincidente y todos consideran que el DNU es inconstitucional. Las diferencias existen en aspectos específicos, básicamente motivados en la ausencia de una ley (la ley 26122 no había sido sancionada) y que se detallan más adelante.

1) La facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista (considerandos 1 a 10). (Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda, Zaffaroni y Argibay)

• Que los constituyentes de 1994, al resolver incorporar a la Constitución Nacional los Decretos de Necesidad y Urgencia, tuvieron en cuenta la sistemática extralimitación del ejercicio de tal facultad por parte de los titulares del Poder Ejecutivo y que su consecuencia había sido el debilitamiento del sistema republicano democrático.

• Que por esta razón, la finalidad de su regulación fue atenuar el sistema presidencialista, fortaleciendo el rol del Congreso y la mayor independencia del Poder Judicial.

• Que ello no puede ser cambiado, porque los constituyentes decidieron sujetarse a unos principios fundamentales para convivir en sociedad, pensados para que sean perdurables e inmunes a las tentaciones de cambiarlos frente a las previsibles mudanzas de opinión.

• Que el principio que organiza el funcionamiento del estatuto del poder es la división de funciones y el control recíproco.

• Que no caben dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace bajo condiciones de rigurosa excepcionalidad y con sujeción a exigencias formales, que constituyen una limitación y no una ampliación de la práctica seguida en el país.

2) Los jueces pueden controlar la existencia del estado de necesidad y urgencia, la que no es igual a la mera conveniencia politica (considerandos 11,12,13 ).

La mayoría (Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda y Zaffaroni) opina:

• “Que en lo que respecta a la existencia de un estado de necesidad y urgencia, es atribución de este tribunal evaluar, en este caso concreto, el presupuesto fáctico que justificaría la adopción de decretos que reúnan tan excepcionales presupuestos”.“El Poder Judicial deberá entonces evaluar si las circunstancias invocadas son excepcionales, o si aparecen como manifiestamente inexistentes o irrazonables; en estos casos, la facultad ejercida carecerá del sustento fáctico constitucional que lo legitima”. Que la Constitución “autoriza al Poder Judicial a verificar la compatibilidad entre los decretos dictados por el Poder Ejecutivo y la Constitución Nacional, sin que ello signifique efectuar una valoración que reemplace aquella que corresponde al órgano que es el competente en la materia o invada facultades propias de otras autoridades de la Nación”.

• Que “cabe descartar de plano, como inequívoca premisa, los criterios de mera conveniencia del Poder Ejecutivo que, por ser siempre ajenos a circunstancias extremas de necesidad, no justifican nunca la decisión de su titular de imponer un derecho excepcional a la Nación en circunstancias que no lo son. El  texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”.

• “En el precedente “Verrocchi”, esta Corte resolvió que para que el Presidente de la Nación pueda ejercer legítimamente las excepcionales facultades legislativas que, en principio, le son ajenas, es necesaria la concurrencia de alguna de estas dos circunstancias: 1) que sea imposible dictar la ley mediante el trámite ordinario previsto por la Constitución, vale decir, que las cámaras del Congreso no puedan reunirse por circunstancias de fuerza mayor que lo impidan, como ocurriría en el caso de acciones bélicas o desastres naturales que impidiesen su reunión o el traslado de los legisladores a la Capital Federal; o 2) que la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente, en un plazo incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes (considerando 9°). Fallos 322:1726, “Verrocchi”.

• El Juez Petracchi, al remitir a su voto en “Verrocchi” entiende que si no está constituida la Comisión Bicameral, el decreto no puede dictarse y no es necesaria otra consideración.

• La Dra Argibay, sostiene que cualquier disposición de carácter legislativo que emita el presidente, debe reputarse, “prima facie” inconstitucional, salvo que se reúnan las condiciones previstas en la Constitución.  Siendo que al momento del dictado del decreto impugnado no se había constituido la Comisión Bicameral, el ejecutivo no podía dictar decretos de necesidad y urgencia. 

3) No hay necesidad ni urgencia que justifiquen el dictado del decreto impugnado

En el voto de los Dres. Lorenzetti, Fayt y Zaffaroni se dice que en el caso, siendo que el decreto fue dictado con anterioridad a la ley 26122 que regula los DNU, corresponde examinar si hubo necesidad y urgencia. Como se trata de una reforma general de la ley 20091 no hay razón alguna para prescindir de la ley y recurrir al DNU.

La Dra. Highton sostiene que el decreto contiene una regulación comercial (no expresamente prohibida), y fue dictada con anterioridad a la creación de la Comisión Bicameral. Esta falta de control legislativo habilita a examinar si hubo necesidad y urgencia. En este sentido, corresponde reconocer que hubo emergencia económica reconocida por la Corte en varios fallos, pero no hay ningún elemento aportado por el Estado Nacional para justificar la omisión de recurrir a una ley.

El Dr. Maqueda sostiene que el decreto fue dictado con anterioridad a la existencia de la Comisión Bicameral y no fue ratificado por el Congreso de la Nación, lo cual es suficiente para descalificarlo. No obstante, advierte que tampoco está justificada la necesidad y la urgencia. La reforma constitucional tuvo por objetivo fijar rigurosos limites al Poder Ejecutivo en la materia con el objeto de establecer frenos formales al voluntarismo presidencial imperante con anterioridad a la reforma de 1994. El texto constitucional no hablita a concluir que la necesidad y urgencia del art. 99 inc. 3, sea la necesidad y la urgencia del Poder Ejecutivo en imponer su agenda, habitualmente de origen político circunstancial, sustituyendo al Congreso de la nación en el ejercicio de la actividad legislativa que le es propia. Los jueces tienen facultad de analizar dicho presupuesto y si bien en el caso el decreto fue dictado en el marco de una situación de emergencia económica,  reconocida en varios fallos de la Corte, el Estado Nacional no aportó elemento alguno que demostrara que esa emergencia afectaba al sector asegurador de una forma tal que justificara modificar su regulación omitiendo seguir el procedimiento de sanción de las leyes.

FALLO COMPLETO 

 


* CIJ - Centro de Información Judicial

 

Fuente: https://www.cij.gov.ar/nota-4118-La-Corte-consider--que-el-uso-de-DNU-debe-ser-excepcional.html#showfotos

 

 

 

Argentina: La suma de todos los miedos

Argentina: La suma de todos los miedos

 

Por José Natanson

Le Monde Diplomatique

04/12/2023

 

¿De qué se alimenta el miedo?

 

Como sabía Pennywase, el payaso de It que era capaz de adoptar la forma del terror de cada niño para arremeter contra él en las alcantarillas de Derry, el miedo está hecho de retazos de memoria, imágenes fragmentadas del pasado, traumas reprimidos que asoman. Por eso cuando pensamos en los riesgos de la democracia nuestra imaginación vuela hacia las escenas clásicas de los golpes de Estado del siglo XX, con los tanques entrando a la Casa de Gobierno o los aviones bombardeando el Palacio de La Moneda. Pero hoy el peligro democrático no pasa por un arrebato militar: es un proceso más largo y viscoso, menos claro. Esto no quiere decir que Argentina no cruja ante la inminencia de un gobierno de Javier Milei, sino que hay que sacudirse los miedos ancestrales para entender mejor el peligro real de lo que viene.

 

Y lo que viene es un retroceso. El pacto democrático imperante desde 1983 implicó la aceptación del juego electoral por parte de todos los actores políticos, incluyendo a aquellos que, como las derechas autoritarias y las izquierdas insurgentes, en el pasado lo habían impugnado. Pero también supuso otras cosas, como la exclusión definitiva de la violencia política, la aceptación de la pluralidad y la autocontención de la represión estatal. Este contrato social, que algunos llaman el “pacto del Nunca Más”, fue un proceso de construcción colectiva trabajoso y en absoluto lineal, que a lo largo de cuatro décadas tuvo que superar alzamientos carapintadas, un copamiento guerrillero y la crisis del 2001, pero que pese a todo siguió avanzando.

 

El 55% de los argentinos que eligieron a Milei el domingo pasado no lo hicieron pensando que lo que estaba en juego era la continuidad democrática, que estaban de algún modo plebiscitando la democracia. Votaban mayoritariamente otra cosa. Como sostiene Marina Franco (1), resulta tentador pensar que el ascenso de Milei revelaría que la democracia argentina está pagando el precio de su propio éxito, que su estabilidad la convirtió en un “paisaje abúlico” que ya no aparece ante los jóvenes como un valor a conquistar, porque nunca conocieron otro sistema y no pueden por lo tanto imaginar el horror de perderlo. Pero esta perspectiva, afirma Franco, es falaz: lo que explica que una mayoría social haya votado a un candidato que pone en cuestión estos consensos no es el éxito de la democracia sino su fracaso, su incapacidad para garantizar mejoras concretas en las condiciones materiales de vida o un horizonte de autosuperación para las nuevas generaciones.

 

¿Qué nos espera entonces?

 

En primer lugar, la secuencia conocida de ajuste, movilización popular y represión. Aunque Milei ha desandado algunas de sus propuestas económicas más radicales, el corazón de su programa de gobierno, con o sin dolarización, incluye un fuerte recorte del gasto público, la eliminación de la emisión monetaria y el achicamiento del Estado. En sus propias palabras, “cambios drásticos, sin gradualismos”. Habrá que ver cómo reacciona el Presidente electo cuando se activen las movilizaciones y se convoquen las primeras huelgas. En los momentos más calientes del largo paro de los obreros mineros de 1984, Margaret Thatcher llegó al extremo de ordenar a las autoridades escolares no entregar los uniformes a los hijos de los huelguistas y hasta excluirlos de los comedores de los colegios. Más cerca en espacio y tiempo, Carlos Menem osciló entre, por un lado, la necesidad de compensar su giro ideológico con gestos sobreactuados, como cuando eligió como día para firmar el decreto de limitación del derecho a huelga un 17 de octubre, y, por otro, la negociación de diversas concesiones con los sindicatos más poderosos.

 

¿Cómo responderá Milei a la previsible resistencia que producirán sus políticas? Las dos experiencias más recientes, los gobiernos de Donald Trump y Jair Bolsonaro, no resultan del todo pertinentes para ensayar una comparación, porque se trata de países en donde las movilizaciones populares no son un factor determinante del juego político, donde el poder de los sindicatos es relativo y donde las capitales están alejadas de los principales centros urbanos. En contraste con Estados Unidos y Brasil, la sociedad argentina es una sociedad movilizada, con una larga memoria igualitarista y un sesgo jacobino cercano al francés. Bajo estas condiciones, con sindicatos y organizaciones sociales acostumbrados a una gimnasia de protesta permanente y con fuerzas de seguridad subcalificadas y proclives al gatillo fácil, cualquier intento de contener la movilización puede generar un saldo trágico. Contra lo que a veces se piensa, ningún gobierno democrático busca de manera deliberada heridos o muertos. No es que Eduardo Duhalde buscó el asesinato de Kosteki y Santillán; simplemente no lo previó ni pudo evitarlo.

 

En contraste con Estados Unidos y Brasil, la sociedad argentina es una sociedad movilizada, con una larga memoria igualitarista y un sesgo jacobino cercano al francés.

 

Otro punto importante es la dimensión liberal de la construcción democrática. Desde 1983, sucesivos gobiernos vienen impulsando una serie de leyes tendientes a permitir que cada persona viva su vida, disfrute de su intimidad y experimente su sexualidad de la manera que más le guste, proceso que se completó con una serie de normas y decisiones administrativas orientadas a garantizar los derechos de las mujeres y las minorías. Así, Raúl Alfonsín impulsó la ley de divorcio, la patria postestad compartida y la equiparación de derechos de los hijos extramatrimoniales; Carlos Menem apoyó la ley de cupo femenino; el kirchnerismo sancionó la ley de matrimonio igualitario, la ley de vientre subrogante y la ley de identidad de género, y Mauricio Macri habilitó por primera vez la discusión parlamentaria sobre el aborto, que finalmente se sancionó durante el gobierno de Alberto Fernández, que además creó el Ministerio de la Mujer.

 

Resultado de una combinación de luchas colectivas y decisiones ejecutivas (incluso oportunistas), estas políticas, algunas de ellas muy avanzadas para el contexto regional, fueron conformando un entramado legal y administrativo de espíritu liberal que contribuyó a consolidar el pluralismo, la tolerancia y el derecho a la identidad.

 

En la campaña, Milei dijo que la educación sexual integral (ESI) busca “destruir a la familia” y que es una política “ligada al ecologismo”, Alberto Benegas Lynch anunció que intentará derogar la interrupción voluntaria del embarazo, Lilia Lemoine propuso la renuncia voluntaria a la paternidad y Diana Mondino comparó el matrimonio igualitario con tener piojos. Aun si la correlación de fuerzas legislativas y la resistencia social impiden llegar a estos extremos, el retroceso parece inevitable. Como sabe cualquier persona que haya ejercido algún cargo de responsabilidad estatal, construir una política pública es muy complejo: exige voluntad, pericia técnica, construcción de equipos, neutralización de vetos políticos. Desmontarla, en cambio, es fácil, a veces ni siquiera hay que anunciarlo: alcanza con abandonar una política pública para que ésta languidezca hasta desaparecer. Por poner un ejemplo, ¿qué pasará de ahora en más con la ESI, una línea de trabajo que lleva años, involucra diversas jurisdicciones y áreas de gobierno y que ha demostrado su éxito para evitar embarazos no deseados, prevenir el HIV y detectar casos de abuso?

 

El último punto a considerar es la cuestión de los derechos humanos, una dimensión de la construcción democrática que puede parecer extemporánea (hablamos de “los derechos humanos del pasado”) pero sobre la cual los grandes líderes políticos depositaron parte de su capital simbólico. Si Alfonsín impulsó el Juicio a las Juntas, Menem los indultos y la “política de reconciliación” y Kirchner los juicios contra los represores, fue porque intuían que en estos gestos se cifraba su relación con la sociedad, que eran una forma de enviar un mensaje sobre el presente dialogando con el pasado. ¿Qué hará Milei? Los testimonios de quienes lo acompañan desde hace tiempo y los registros periodísticos sugieren que hasta hace un par de años la cuestión no figuraba en el centro de sus preocupaciones, que era un tema que sencillamente no le interesaba, y que fue la incorporación a su dispositivo político de Victoria Villarruel lo que lo llevó a adoptar posiciones como las que exhibió en el debate. Al cierre de esta nota no se conocían todavía los nombres de los ministros de Seguridad y Defensa, posible indicio de la decisión del Presidente de evitar la tercerización de estas áreas en su vice.

 

Concluyamos.

 

Aunque habrá que esperar a la asunción, el programa de gobierno de Milei y los trascendidos de las primeras designaciones confirman que estamos ante el inicio de una etapa política nueva, muy distinta a los gobiernos peronistas pero también a la gestión de centroderecha coalicional de Mauricio Macri. ¿Hasta dónde llegará Milei? ¿Qué forma asumirá su gobierno? Quizás una forma de abordar esta pregunta sea pensar si se limitará a aplicar políticas de ajuste que busquen recuperar la “normalidad macroeconómica” para relanzar la economía, incluyendo privatizaciones, apertura económica y desregulación, es decir una agenda neoliberal clásica, o si además se embarcará en una batalla cultural. ¿Liderará una gestión pragmática al estilo de Giorgia Meloni o empujará una agenda conservadora a lo Vox?

 

La primera alternativa es difícil, pero factible. La larga experiencia de Menem y el resultado de las elecciones de 2019, en las que Juntos por el Cambio quedó a sólo 7 puntos del peronismo, y de las elecciones de 2021, en las que se impuso ampliamente, demuestran que la sociedad argentina no es necesariamente hostil a los programas de ajuste: lo que pide es que la estabilización que prometen se concrete. El pacto social de los 90 –legitimado en la reelección de Menem en 1995– implicó el sacrificio del empleo y la igualdad a cambio de diez años de estabilidad y consumo.
La segunda alternativa es mucho más riesgosa. En una nota reciente (2), Pablo Touzón y Federico Zapata sostienen que Milei deberá neutralizar su frente interno y evitar la tentación de caer en la guerra cultural. “El éxito o el fracaso de su gobierno se cifra en saber elegir las batallas, y la más relevante es la económica (reformar y estabilizar Argentina). Todas las demás, y sobre todo las reformas culturales, son excentricidades que le abrirán un Vietnam de conflictos”, escriben.

 

El planteo es lógico: a Milei lo eligieron básicamente para que arregle la economía y la batalla cultural es, en efecto, extenuante y conflictiva. Sin embargo, permite también constituir un núcleo duro de apoyos, que es lo que hizo Cristina a partir del conflicto del campo y lo que descubrió tardíamente Macri. Desprovisto de un partido político potente, de aliados territoriales y de mayorías legislativas, el nuevo Presidente necesitará sostener su gobierno de algún alfiler si quiere avanzar con su programa de reformas, y la activación de un contingente militante podría ser una tentación. Las minorías radicalizadas agrietan el debate público y ponen en cuestión la convivencia democrática, son perjudiciales y peligrosas, pero también garantizan una base mínima de respaldos en circunstancias difíciles, proveen un activismo 24 horas y hasta ofrecen una fuerza de choque en las calles. Es lo que hicieron Trump y Bolsonaro y es de hecho lo que dijo Macri cuando señaló que esta vez los “orcos” peronistas no van a poder bloquear una eventual reforma previsional tirando piedras porque habrá “miles de jóvenes” dispuestos a enfrentarlos. Si la alternativa de un ajuste neoliberal es mala pero conocida, el segundo escenario hundiría a la democracia argentina en un abismo tan hondo como nuestras peores pesadillas.

 

Notas:

 

1. https:/www.eldiplo.org/notas-web/la-fractura-del-nunca-mas/

 

2. https://panamarevista.com/chicxulub/

 

Fuente: https://www.eldiplo.org/294-que-nos-espera/la-suma-de-todos-los-miedos/

 

 


Luz

Derechos humanos y energía: Luchar por el acceso, la asequibilidad y la justicia social energética

 

Derechos humanos y energía: Luchar por el acceso, la asequibilidad y la justicia social energética

Por Cristina Alejandra Paredes Navarro

27-03-2023


Palabras Claves

acceso, energía, electricidad, derechos humanos, Derechos universales, luz, agua, gas, Tarifas asequibles, macrismo

La Asamblea General de Naciones Unidas, Resolución 65/151 en el Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos, afirmó que el acceso a servicios energéticos modernos y asequibles es esencial para lograr los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio y el desarrollo sostenible, lo cual ayudaría a reducir la pobreza y a mejorar las condiciones y el nivel de vida de la mayoría de la población.

Allí mismo, se menciona la necesidad de mejorar el acceso a recursos y servicios energéticos para el desarrollo sostenible que sean fiables, de costo razonable, económicamente viables, socialmente aceptables y ecológicamente racionales.

La Declaración del Encuentro Internacional por el Derecho a la Energía (Mar del Plata, 11 de octubre del 2014) declaró rotundamente: "la energía es un derecho humano, no una mercancía". No hay que olvidar que el art. 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el art. 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establecen que "toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios, del mismo modo que nuestro art. 42 de la Carta Magna dispone que "Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno, poniendo en cabeza de las autoridades la obligación de proteger esos derechos, y controlar los monopolios naturales y legales.

La Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes, por su lado, establece en su Art. 1º: "Derecho a la existencia en condiciones de dignidad. Todos los seres humanos y las comunidades tienen derecho a vivir en condiciones de dignidad. Este derecho humano fundamental comprende los siguientes derechos: 1. El derecho a la seguridad vital, que supone el derecho de todo ser humano y toda comunidad, para su supervivencia, al agua potable y al saneamiento, a disponer de energía y de una alimentación básica adecuada, y a no sufrir situaciones de hambre. Toda persona tiene derecho a un suministro eléctrico continuo y suficiente y al acceso gratuito a agua potable para satisfacer sus necesidades vitales básicas."

No hace falta decir que la electricidad permite el acceso a otros derechos fundamentales como el agua, la salud, la educación, el empleo, la seguridad, etc. Gracias a la energía eléctrica es posible conservar alimentos, ventilar y acondicionar más adecuadamente el ambiente, todo lo cual está relacionado con la salud; gracias a la iluminación, la informática e internet podemos acceder a una educación de más calidad; por la energía eléctrica la labor de la casa se alivia, mejorando la calidad de vida. La energía eléctrica es una necesidad básica insustituible y forma parte de los derechos humanos de tipo económico y social. El Estado tiene la obligación de asegurar el acceso al servicio eléctrico como parte de un piso de derechos mínimos que tiene que garantizar a toda la población.

En cuanto al GAS, como servicio indispensable, constituye la posibilidad de cocina y calefacción, considerado hoy, un elemento indispensable para el digno vivir, aún más en las zonas más desfavorables por las bajas temperaturas, mención especial a la modificación de la ley ZONAS FRÍAS, con la que fueron rescatados y contenidos miles de hogares en el país. La Ley 27.637 de Ampliación del Régimen de Zona Fría (RZF) aportó alivio para la economía de 4 millones de usuarios y usuarias del servicio público de gas por redes (12,8 millones de argentinos y argentinas). Más justicia social, equidad y federalismo energético para la Argentina. OETEC https://www.oetec.org/nota.php?id=5456&area=1

La sociedad requiere a nivel humanitario, el acceso a los servicios esenciales e irremplazables como son los ya mencionados, electricidad y gas. La premisa de una vida digna, lejos está de referenciar a cuestiones de mero lujo y comfort, sino antes más bien, se trata de cuestiones vinculadas estrechamente a la salud de las personas.

Considerar que en la actualidad, el derecho a la salud tiene rango constitucional, tal como resulta del art. 42 de la Carta Fundamental, de la "Declaración Universal de Derechos Humanos", de la "Declaración Americana sobre Derechos Humanos" (Pacto de San José de Costa Rica), del art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales, etc., que tienen la superior jerarquía que les asigna hoy el art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional, es comprender el rol del acceso a las fuentes básicas energéticas en cualquier parte del mundo, más todavía en nuestro país que de modo lamentable, conoció la pobreza energética a partir del 2015, con las medidas económicas devenidas de las decisiones políticas en favor de los grandes monopolios, perjudiciales para los sectores más vulnerables de la ciudadanía.-

EL MACRISMO ENEMIGO DE LOS DERECHOS POPULARES

No se trata de gratuidad como dijo el ex Presidente Mauricio Macri, "Creen que deben ser gratis"; se trata, de asequibilidad para todos. A ello no se llega estableciendo tarifas sociales por excepción, sino consagrando tarifas accesibles en general y, en todo caso, regímenes selectivos para quienes gozan de una posición privilegiada.

Con una visión puramente economicista, en 2016 el Gobierno prefirió dejar de subsidiar a las empresas prestatarias de servicios públicos, y en cambio aumentar verticalmente sus tarifas, anulando de ese modo la asequibilidad de los servicios para la gran mayoría de la población. Lo hizo, además, tomando un atajo ilegal: sin audiencias públicas.

Existen ya numerosos pronunciamientos cautelares que impiden la ejecución del denominado tarifazo. La Corte I.D.H., Caso Ximenes Lopes, sentencia del 4 de julio de 2006 expresó: "La prestación de servicios públicos implica la protección de bienes públicos, la cual es una de las finalidades de los Estados. Si bien los Estados pueden delegar su prestación, a través de la llamada tercerización, mantienen la titularidad de la obligación de proveer los servicios públicos y de proteger el bien público respectivo. La delegación a la iniciativa privada de proveer esos servicios, exige como elemento fundamental la responsabilidad de los Estados en fiscalizar su ejecución, para garantizar una efectiva protección de los derechos humanos de las personas bajo su jurisdicción y para que los servicios públicos sean provistos a la colectividad sin cualquier tipo de discriminación, y de la forma más efectiva posible. Los Estados están obligados a respetar los derechos reconocidos en la Convención y a organizar el poder público para garantizar a las personas bajo su jurisdicción el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos extendiéndose esa obligación a todos los niveles de la administración, así como a otras instituciones a las que los Estados delegan su autoridad".

Cada vez que se fija o se autoriza una tarifa que resulta inaccesible (inasequible) para la mayor parte de la población, se ejerce violencia institucional, se frustra la dignidad del ciudadano, y se vulneran nada menos que los derechos humanos.

Este texto, que proponemos en el ejercicio de la Memoria, como un sostenimiento de la Verdad y para una reparación mediante la Justicia, se hace preciso en este contexto en donde lo social siempre corre peligro frente al neoliberalismo recalcitrante, cabe recordar, entonces, aquel proyecto parlamentario bajo el expediente 0420-D-2019 con fecha 11/03/2019 bajo el sumario denominado DECLARAR COMO DERECHO HUMANO EL ACCESO A LOS SERVICIOS PUBLICOS DE AGUA POTABLE, GAS Y ENERGIA ELECTRICA.

Bajo las firmas de los parlamentarios Vallone, Andrés del bloque Unidad Justicialista en representación de la provincia de San Luis, Ramón José Luis, por la banca de Mendoza en el Bloque Protectora, la legisladora Castro Sandra por la provincia de San Juan, bloque FPV-PJ y Ramos Alejandro, legislador de Sta Fe, Bloque Primero Argentina.

La Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes en su artículo principal, destaca “Derecho a la existencia en condiciones de dignidad. Todos los seres humanos y las comunidades tienen derecho a vivir en condiciones de dignidad. - 1. El derecho a la seguridad vital, que supone el derecho de todo ser humano y toda comunidad, para su supervivencia, al agua potable y al saneamiento, a disponer de energía y de una alimentación básica adecuada, y a no sufrir situaciones de hambre. Toda persona tiene derecho a un suministro eléctrico continuo y suficiente y al acceso gratuito a agua potable para satisfacer sus necesidades vitales básicas."

Sobra aclarar que la electricidad permite el acceso a otros derechos fundamentales como el agua, la salud, la educación, el empleo, la seguridad, etc. "Gracias a la energía eléctrica es posible conservar alimentos, ventilar y acondicionar más adecuadamente el ambiente, todo lo cual está relacionado con la salud; gracias a la iluminación, la informática e internet podemos acceder a una educación de más calidad; por la energía eléctrica la labor de la casa se alivia, mejorando la calidad de vida. La energía eléctrica es una necesidad básica insustituible y forma parte de los derechos humanos de tipo económico y social.

El Estado tiene la obligación de asegurar el acceso al servicio eléctrico como parte de un piso de derechos mínimos que tiene que garantizar a toda la población" explica el docente de la UBA - Universidad de Buenos Aires- Aníbal Filippini en su investigación sobre "Tarifas y Derechos Humanos" no hay otro modelo político que permita esta concepción favorable al Pueblo Argentino que aquel que lleve en sí, la Justicia Social, bandera de lucha inclaudicable para los organismos, entidades y colectivos que ven en el activismo ciudadano el único modo de acompañar al Gobierno actual, con una agenda cuyas prioridades sean la de los millones de argentinos y no sólo la de unos pocos poderosos.

Bibliografia

OETEC (19/12/2019) "Primer paso hacia tarifas justas, razonables, asequibles y promotoras del desarrollo" https://www.oetec.org/nota.php?id=4309&area=5

OETEC (25/01/2023) Las tarifas de electricidad aumentan en función del bolsillo de los usuarios https://www.oetec.org/nota.php?id=6226&area=1

https://www.diariojudicial.com/nota/86544

http://www.derecho.uba.ar/docentes/pdf/tarifas-y-derechos-humanos-filippini.pdf

 

Fuente: https://www.oetec.org/nota.php?id=6290&area=5

¿Cómo se escribe la memoria de un barrio?

 

¿Cómo se escribe la memoria de un barrio?

Por Diego Carballido

04/04/2022

En el barrio Coronel Aguirre de Villa Gobernador Gálvez un grupo de docentes se propuso dar respuesta a esta pregunta. Junto con vecinos y vecinas del lugar llevaron adelante una experiencia que denominaron “Taller de Historia Popular”. Utilizando como disparadores algunas fotografías, escritos, objetos o simplemente los recuerdos, comenzaron a reconstruir la historia de las últimas décadas de un barrio atravesado, como tantos otros, por los principales fenómenos sociales y políticos que acontecieron en nuestro país. 

Preguntarse cómo se escribe la historia de un barrio es preguntarse también quién o quienes deciden escribirla. Cuáles son los hechos que serán recordados y cuáles quedarán decididamente archivados en el arcón de los olvidos, generalmente, es el resultado de la tensión que subyace a la pugna por la memoria colectiva. Pensar en una forma de construcción de la historia “desde abajo” fue lo que convocó a un grupo de docentes del barrio Coronel Aguirre, en Villa Gobernador Gálvez, a realizar lo que denominaron “Taller de Historia Popular”.

Una serie de encuentros entre vecinos y vecinas del barrio reunidos con el ánimo de recuperar experiencias ancladas en la educación popular y la pedagogía de la liberación; como por ejemplo los talleres de la Universidad Popular de Avellaneda, los trabajos con mujeres en las ciudades de La Plata y Berisso y los workshops elaborados por grupos marxistas británicos. “Se recupera la idea de realizar (la historia) junto con y no para” los sectores populares, aseguran desde la organización de este taller dictado por primera vez el pasado 19 de marzo, abierto para toda la comunidad de Coronel Aguirre en el Centro Cultural y de Derechos Humanos “Oscar Medina”.

En este sentido, Mercedes Castro, docente de historia y una de las gestoras de este espacio explica que “la idea fue empezar a armar algo que no sea la historia institucional del barrio”. Castro asegura que, si bien valoran el trabajo realizado por las y los historiadores de la zona, fueron encontrando que casi no existía un registro de la migración interna que tuvo este poblado ubicado en la zona oeste de Villa Gobernador Gálvez. De alguna manera, para Castro, “los barrios están desdibujados” en cuanto a cómo se fue conformando su fisonomía en las últimas décadas.

“Si te cuentan la historia de Coronel Aguirre, aparece efectivamente la iglesia porque es el primer núcleo poblacional”, sostiene la docente al momento de pensar en los lugares de referencia que tiene el barrio, junto con el club del mismo nombre, el cementerio y el Cristo redentor apostado en medio de la avenida donde habitualmente se renuevan las plegarias por la vida de los y las pibas que se lleva la violencia.

A ese relato, que contempla la gestación de estos lugares emblemáticos, los y las integrantes del taller le sumaron la pregunta acerca de cómo se había dado la propagación y el crecimiento poblacional. “Principalmente, la migración desde el norte de Santa Fe, Chaco, Formosa, Corrientes, Santiago del Estero y Entre Ríos, que es lo que conforma el grueso de la población de Villa Gobernador Gálvez a partir de los años `60 y ´70”, agrega Castro. Cada una de estas familias trajo consigo costumbres que luego tuvieron su correlato haciendo, por ejemplo, que géneros musicales como el chamamé tuvieran una fuerte impronta en la zona.

Imágenes, archivos y palabras

Con la intención de recuperar las historias de la vida cotidiana, los y las organizadoras trabajaron sobre tres ejes temáticos: fotografías, material de archivo y el recuerdo de los y las participantes del taller. “Empezamos a desarmar la idea de archivo, que no es solamente el oficial, sino que en realidad todos tenemos algo valioso para aportar”, dice Castro y agrega: “Cuando no hay objeto, fuente escrita o visual, está también la memoria”. Así fue, que empezaron a emerger las anécdotas que ponían en evidencia las redes de solidaridad entre vecinos y vecinas, las producciones de los actores sociales invisibilizados y la idea de comunidad que se fue transformando con el paso de los años.

“Empezamos a desarmar la idea de archivo, que no es solamente el oficial, sino que en realidad todos tenemos algo valioso para aportar”

Un volante de la Vecinal Coronel Aguirre promocionaba un baile en la calle en los “álgidos” años ochenta, parte del material de archivo que la familia de Castro aún conservaba y que fue puesto en común para desentramar el protagonismo de este tipo de organizaciones hace solo cuatro décadas atrás. “Salió otra cosa muy interesante, porque en otra de las propagandas de la vecinal buscaban una escuela secundaria para el barrio y entre los asistentes hubo ex alumnos y alumnas de esa misma escuela”, cuenta Castro.

El sentido de pertenencia existente en ese momento hizo que fueran los propios vecinos y vecinas quienes se encargaran de hacer un relevamiento de las familias de la zona para identificar la necesidad de fundar un establecimiento educativo que les permitiera a los y las jóvenes no tener que viajar para continuar con sus estudios. “La vecinal fue la que gestionó la creación de la escuela secundaria con el aval de otras organizaciones, como vecinales de barrios aledaños, escuelas primarias de la zona, el dispensario y demás”.

A lo largo del encuentro charlamos sobre las relaciones de solidaridad de los propios migrantes y la tracción de sus familiares para poder conseguir trabajo en los frigoríficos. Eso sucedió hasta que (los frigoríficos) fueron destruidos por Menem en los ´90

Postales que hablan de un barrio con una nutrida vida social, atravesado por una intensa actividad industrial, principalmente frigorífica y metalmecánica, que sufrió el impacto social y económico de la última dictadura cívico militar, en primer lugar, y que luego fue escenario de las consecuencias negativas de las políticas neoliberales de los años noventa.  “A lo largo del encuentro charlamos sobre las relaciones de solidaridad de los propios migrantes y la tracción de sus familiares para poder conseguir trabajo en los frigoríficos. Eso sucedió hasta que (los frigoríficos) fueron destruidos por Menem en los ´90”, analizó Castro.

Las huellas de la historia colectiva

El cúmulo de testimonios que fueron volcándose a lo largo de las casi tres horas que duró este primer encuentro forma parte de un registro que los y las organizadoras atesoran para empezar a trazar este mapa histórico de lo sucedido en las últimas décadas de la vida de Coronel Aguirre. Para Castro, en la mayoría de las voces se vio reflejado “el inmenso laburo” de las y los trabajadores de la zona para continuar con sus estudios y lograr que sus hijos e hijas también pudieran forjarse un camino diferente a través de la educación. “El disparador de la escuela fue buenísimo porque salieron anécdotas del tipo: sí, me acuerdo que en el medio del barro iba tu papá con el papá de él o mi papá y mi mamá siempre cuentan que hicieron los cimientos de las primeras aulas y demás historias de ese estilo”.

Se recordó la existencia de un “corredor seguro” por donde las vecinas y vecinos tenían la certeza de poder volver a sus propias casas sin sufrir mayores sobresaltos, “registrando, por ejemplo, que no había bombitas, porque el alumbrado público era otro, para cambiarlas ellos mismos y hacer que sus hijos e hijas puedan volver seguros de noche”, cuenta Castro.

Eran años, principalmente durante las décadas de los setenta y ochenta, en que la escuela era un lugar de referencia, no solo como espacio de intercambio de saberes, sino también como uno de los lugares de participación colectiva donde se discutían las distintas problemáticas que atravesaban a la mayoría de las familias del barrio. “Durante la dictadura no había otra forma de participación y mucha gente se acercaba a la cooperadora de la escuela por ser, de alguna manera, una institución que nadie iba a tocar”.

“Después de la dictadura, hubo un florecimiento de organizaciones que solían convivir a pesar de las numerosas discusiones y lograron cuestiones como la pavimentación de algunas calles, la concreción de la escuela secundaria o la mejora del dispensario”, explica la coordinadora del Taller. Toda una forma de organización que sufrió un duro impacto durante la década de los noventa donde, según la docente, se desanudaron estos lazos colectivos y se reafirmaron frases como el «no te metás» o «hacé la tuya» provenientes de la época de dictadura.

Durante la dictadura no había otra forma de participación y mucha gente se acercaba a la cooperadora de la escuela por ser, de alguna manera, una institución que nadie iba a tocar

La memoria de quienes sufrieron las peores consecuencias del terrorismo de Estado también estuvo presente en la persona que da nombre al Centro Cultural donde se llevó a cabo esta experiencia. “Oscar Medina fue un vecino, militante, trabajador comprometido con sus compañeros de clase y un orgullo porque es nuestra imagen de la lucha por los Derechos Humanos”, con esas palabras Castro se refirió al obrero metalúrgico y delegado sindical secuestrado y desaparecido en octubre de 1976.

No quedarse en la queja

Si bien han cambiado los modos de vinculación entre las familias del barrio, porque también se han complejizado las problemáticas que los afectan, Castro asegura que uno de los motivos que motorizó este taller es “no quedarse en la queja de la historia”. Tratar de recuperar experiencias pasadas que sirvan de guía para pensar posibles soluciones a los problemas actuales del barrio, evitando recaer en salidas ya probadas que no arrojaron mayores transformaciones. “Si algo nos proporcionó este encuentro es que no podemos estar lejos de la comunidad. Si queremos hacer una historia no podemos hacerla a contrapelo, tenés que convocar a las familias y la escuela tiene que volver a ser ese lugar abierto donde se generan cosas”, afirma la docente y recordó que el establecimiento Nº 1.204, que funciona en el barrio, junto con la vecinal fueron claves en la gestión de las redes de agua potable y gas para gran parte de las familias de los alumnos y alumnas. “La escuela era la sede de reunión y existía una apropiación” del espacio.

Si algo nos proporcionó este encuentro es que no podemos estar lejos de la comunidad. Si queremos hacer una historia no podemos hacerla a contrapelo, tenés que convocar a las familias y la escuela tiene que volver a ser ese lugar abierto donde se generan cosas

Volver a encontrarse, ese parece ser el desafío luego de casi dos años en que la pandemia debilitó los vasos comunicantes en algunas comunidades barriales. Recuperar la memoria de los espacios, rememorando las conquistas de las generaciones anteriores que puedan proporcionar herramientas para este presente. “Quizás sean otras las formas, no vamos a replicar lo mismo, pero tenemos ahí un sustento para volver a beber algunas experiencias que nos sirven, nos alimentan y nos deberían generar otros lazos posibles”, dice Mercedes Castro.

Para la docente, la dinámica de buscar la vinculación identitaria y los orígenes de un determinado lugar es algo que aplica en su labor diaria. “Intento saber cuántos años tiene la escuela donde trabajo, cómo se relacionó con otras instituciones o si nació de una vecinal. De esa manera, que es lo mío, lo chiquito, lo cotidiano, mucha gente hace lo mismo”. Se trata de emprender una disputa cotidiana contra “el discurso de la meritocracia y la violencia real concreta” que afecta a muchos de los barrios en la actualidad. “No sé cuánto vamos a cambiar, pero algo hay que hacer y la experiencia del taller me demostró que la gente tiene muchas ganas de hablar; eso me pareció fantástico”.

Fuente: https://www.enredando.org.ar/2022/04/04/como-se-escribe-la-memoria-de-un-barrio/