Legislación: Ley N° 227/1913 la Legislatura de Jujuy nombra Comisiones Municipales en varios Dptos. de la Provincia

Legislación: Ley N° 227/1913 la Legislatura de Jujuy nombra Comisiones Municipales en varios Dptos. de la Provincia


LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 227

ARTICULO 1°.- Préstese acuerdo al P. Ejecutivo para nombrar Comisiones Municipales en los siguientes distritos:


- Estación Perico y Pampa Blanca del Departamento de El Cármen;

- La Mendieta del Departamento de San Pedro;

- Calilegua y Yuto del Departamento de Ledesma;

- Palma Sola del Departamento de Santa Bárbara;

- Maimará del Departamento de Tilcara;

- Purmamarca del Departamento de Tumbaya;

- Uquía del Departamento de Humahuaca y

- La Quiaca del Departamento de Yavi.

ARTICULO 2°.- El P. Ejecutivo designará los límites de jurisdicción de las Comisiones Municipales á que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO 3°.- Comuníquese al P. Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, JUJUY, OCTUBRE 29 DE 1.913.-


ANGEL E. PUCH

Presidente


JOSE VICENTE MOLOUNNY

Secretario

 

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, http://boletinoficial.jujuy.gob.ar/?p=27646



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