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Papa Francisco recurre a la ciencia para posponer encuentro con dios

 

Papa Francisco recurre a la ciencia para posponer encuentro con dios

Por David Osorio

‘De Avanzada’

Hace dos días la prensa reportó que el papa Frank llegó en ambulancia al hospital Gemelli de Roma para ser tratado por una infección respiratoria.

Los detalles que rodean el caso son muy extraños: si los caminos de dios son inescrutables, ¿quién demonios se cree que es Jorge Bergoglio para buscar terminar con la infección que dios puso ahí? Además, ¿por qué no simplemente rezar y ayunar (la receta que él mismo le dio al pueblo ucraniano cuando empezó la masacre)?

Y es que, para más inri, si hay alguien que debería estar ilusionado con la vida después de la muerte, donde pasará la eternidad con dios, según las enseñanzas de la Iglesia que dirige, esa persona es el Papa Francisco. ¿Por qué entonces trata tan desesperadamente de posponer el encuentro?

¿Acaso sentarse a la derecha de dios padre por toda la eternidad no figuraba como parte de los beneficios en la carta descriptiva del cargo? Uno creería que habiendo sido elegido directamente por dios —quien "inspiró" a los cardenales en el cónclave para que lo eligieran como representante personal y portavoz de dios en la Tierra— el Papa Francisco no se aferraría tan obstinadamente al Más Acá, a este Valle de Lágrimas, y en cambio estaría un poco más entusiasmado por la oportunidad de irse al Más Allá.

Seguramente le pondrán un llamado de atención con copia a la hoja de vida por esta flagrante demostración de falta de fe.

(inspirado por Rosa Rubicondior)

Fuente: http://de-avanzada.blogspot.com/2023/03/papa-francisco.html


Convocatoria: De la Comunidad de Caspalá a la ciudad de Jujuy por el respeto a sus derechos




Convocatoria: De la Comunidad de Caspalá a la ciudad de Jujuy por el respeto a sus derechos

Caminata en defensa de la tierra, el territorio y los derechos de los pueblos indígenas preexistentes de Jujuy


El 13 de febrero la Comunidad de Caspalá sale desde su territorio en protesta contra la confiscación de tierras indígenas hacia la ciudad de San Salvador de Jujuy.


!!El 13 salimos a la mañana desde el Valle de Caspala, Santa Ana, Valle Colorado, Valle Grande, Pampichuela, San Francisco y finaliza en la casa de Gobierno.


Será nuestra primera experiencia por la cálidos y húmedos Valles del oriente. Donde estuvieron las huestes del incario. No son tierras desconocidas para el mundo indígena andino, son parte de la andinidad.


‼️Marchamos contra las políticas extractivistas colonialista, abajo la criminalización de la lucha de los Pueblos indígenas.


¡Súmate a luchar por la vida!


#MoralesParalamano

 

 


¿Entienden los funcionarios municipales el derecho de acceso a la información pública?


xWaldo Viltipoco

Una de las tareas ciudadanas y en especial de los medios de comunicación es el poder acceder a las fuentes de información oficial, en mi caso me interesa el acceso de datos formales que poseen los municipios sobre temas específicos, más allá de la difusión de los actos de gobierno que bien hacen algunos poderes, en su mayoría los ejecutivos, desde sus redes sociales o páginas web, hay cosas que se guardan muy mezquinamente.

La interrogación que hago está dirigida a los funcionarios de los municipios de Humahuaca y de la comisión municipal de Uquia dado que este año he realizado pocas presentaciones de las que otrora he acostumbrado, pero veo cierta dejadez e irresponsabilidad al momento de brindar la información solicitada, como si no conocieran la ley o no tendrían asesores legales a quiénes consultar y saber qué significa el derecho de acceso a la información pública o el derecho a saber.

Ejercer el derecho universal y constitucional a la Información es un ejercicio que realizo desde el año 2001 en Humahuaca y desde abril de este año en Uquia, en años anteriores he realizado jornadas de uno o dos días sobre este derecho a través de un centro de estudios y desde el 2019 a través del whatsapp campañas informativas en sintonía con lo que propone la UNESCO, cada 28 de setiembre, Día Internacional del Acceso a la Información.

A modo de reclamo público, socializo el pedido que he presentado al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Humahuaca este año que ya termina, los mismos ítems que he solicitado en los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, todos sin respuesta alguna con cientos de excusas, mentiras y solicitudes de domicilio con número de vivienda y calle que nunca legislaron:

  • Digesto desde el año 2015 a la actualidad, en formato digital o impreso (sobre este punto solo me enviaron por whatsapp los del año 2016 y 2017 y se olvidaron);
  • Índice de proyectos de los ediles desde el año 2012 a la actualidad, en formato digital o impreso (sin ninguna respuesta);
  • Fotocopia o en archivo digital de las últimas cincuenta ordenanzas, las copias corren por mi cuenta (sobre esta solicitud, recibí la invitación formal de apersonarme a las oficinas “los días Lunes y Viernes a fin de que pueda interiorizarse y tomar contacto con lo solicitado”. Fui un día pero no tenían la información disponible, aparte de indicarme que iban a una fotocopiadora que estaba a unas cinco cuadras aproximadamente, quedaron en enviar en formato digital, pero se olvidaron);
  • El envío del Orden del Día de cada Sesión para la difusión correspondiente (enviaron un par de jueves y se olvidaron, cuando insistí me respondieron que no interrumpa el trabajo administrativo de una de las Secretarias, no alcanza con dejar la nota, hay que estar insistiendo todas las veces)

En cuanto a las solicitudes de información pública que presenté a la Comisionada Municipal de Uquia, en el mes de abril de 2022, están referidas específicamente a la “Obra de construcción de casilla de información turística y estacionamiento en el Cerro de Las Señoritas”, nunca respondió, pero me bloqueó sus redes sociales, el whatsapp, no responde mensajes de texto, ni llamadas, las mismas son:

  •          Decreto Municipal de Declaración de Paisaje Protegido;
  •          El proyecto en general;
  •         Los permisos y autorizaciones de la Unidad de Gestión y Administración Quebrada de Humahuaca Patrimonio Mundial, para la construcción de la casilla con material que no condicen con el paisaje (bloque y cemento), de acuerdo al Decreto Provincial N° 789/2004-P.E.P. Reglamentario de la Ley 5206 que protege a la región como Sitio de Patrimonio Mundial inscrito en la UNESCO;
  •      La autorización de los posibles dueños, ya que dicho lugar es parte de la denominada Finca Cuchi-Yaco, con nueve dueños registrales, del cual soy descendiente de uno de ellos;
  •        El Estudio de Impacto Ambiental de la obra y lo que suceda a futuro;
  •       Copia de los “avales” de las comunidades indígenas que hizo mención en varias redes sociales.

Sin entrar en detalles de cada situación se puede ver con claridad que los funcionarios municipales electos de Humahuaca y de Uquia, desconocen los Principios del acceso a la Información Pública y todo el marco legal municipal, provincial, nacional e  internacional sobre este derecho, lo que les lleva a cometer varios errores así como de pasar como personas que muy poco les importa brindar información a quienes hacemos medios de comunicación o como ciudadanos comprometidos con el territorio y simplemente querer saber qué es lo que hace el gobierno a los cuales la ciudadanía les paga el sueldo pero que olvida controlarlos con más perseverancia.

Hágole un llamado de atención al Concejo Deliberante de Humahuaca a publicar las Ordenanzas y demás instrumentos legales en el Boletín Oficial de la provincia, para que se conviertan en leyes reales y no se siga con la práctica de andar sacando fotocopias ni perdiendo el tiempo en ir a ver si están desocupados o no, también la creación de una página web oficial o redes sociales donde puedan comentar su actividad de gobierno.

* Waldo Viltipoco, Descendiente del Pueblo Uquia, nación Omaguaca, Director de la Revista de Opinión y Contrainformación ‘Viltipoco10000’. Correo electrónico: viltipoco10000@yahoo.com.ar – blog: https://viltipoco10000.blogspot.com/ y redes sociales buscando el nombre: “Viltipoco10000”

 

 



El patrimonio un descuido que nos costará el futuro


El patrimonio un descuido que nos costará el futuro 

xWaldo Darío Gutiérrez Burgos*

El gran mentado cartel de la Declaración de Patrimonio Mundial a la región Quebrada de Humahuaca en el año 2003, solo fue una movida política de los dos partidos mayoritarios de la provincia de Jujuy, una terrible sociedad que aún pervive, donde solo les importan negociar con el turismo las diversas tradiciones que las personas de la región practican culturalmente desde hace milenios o desde hace 429 años, de manera gratuita y abierta, y los recursos naturales entregados a las grandes potencias que poco a poco van destruyendo el medio ambiente, nuestra Pachamama.

Desde la postulación y la nominación del Sitio inscrito en la UNESCO, no se trabajó con la comunidad y ciudadanía en general de toda la región, sus ciudades, localidades y comunidades, directamente se incumplió el Criterio 14 de las Pautas Operacionales para la Implementación de la Convención de Patrimonio Mundial Natural y Cultural, un documento donde están todos los pasos a cumplimentar para que un lugar sea presentado ante la UNESCO y donde también figuran los recursos económicos que llegan o que puede solicitar el “Estado Parte” para proteger el sitio patrimonial, y en ese mismo camino el Convenio 169 de la OIT.

Una parte importante de esta Convención aprobada mediante la Ley Nacional N° 21.836 en nuestro país menciona:

“ARTICULO 4 - Cada uno de los Estados Partes en la presente Convención reconoce que la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio le incumbe primordialmente. Procurará actuar con ese objeto por su propio esfuerzo y hasta el máximo de los recursos de que disponga y llegado el caso, mediante la asistencia y la cooperación internacionales de que pueda beneficiar, sobre todo en los aspectos financiero, artístico, científico y técnico.”

Como podremos ver esto nunca se llevó a cabo, tampoco durante estos veintidós años de dudosa gestión y administración, hay varios mal ejemplos de esta desprotección estatal sobre el patrimonio arqueológico, tal es el caso del Sitio denominado Falda de Humahuaca que se encuentra en media ciudad homónima donde con la anuencia del Estado Provincial las variadas gestiones municipales desde el inicio de siglo fueron regalando espacios y lotes a sus partidarios; otro caso más actual, es lo que ocurre en el Cerro Las Señoritas en la localidad de Uquia (en diciembre se cumplirá el primer año de gestión de la flamante Comisión Municipal), donde cada tanto y por falta de políticas públicas específicas tanto municipales como provinciales e incumplimiento de la variada legislación existente, como los derechos y obligaciones que se mencionan en las Cartas Magnas provincial y nacional respectivamente, se está dañando el lugar más veces que en los últimos veinte años, y eso que se inauguró un cartel más pequeño, casi al mismo estilo y modo como ocurrió en el año dos mil tres en la provincia, donde de la noche a la mañana y sin consultar a nadie, ni mostrar un proyecto sobre lo que se desea hacer, se construyó una especie de oficina de atención turística con materiales que no condicen con el lugar a más de 2 km de la zona urbana, donde a la fecha los vecinos desconocen el destino de cerca de cuatro millones de pesos que están recaudando del cobro por la entrada a este lugar cuyo paisaje es maravilloso.

Es inexplicable la actitud de la Comisionada Municipal de Uquia, el negarme el acceso a la información pública que le he solicitado sobre este tema en el mes de abril.

¡Cobrar si, proteger no!

El fin de semana pasado, visitantes desvergonzados dejaron nuevos graffitis en las piedras y mancharon con excremento el lugar, adjunto fotos compartidas a través del whatsapp por guías de la Asociación de Turismo de Uquia, donde lamentablemente otra vez el Cerro Las Señoritas sufrió un nuevo atentado.



Cabe la total responsabilidad del daño al patrimonio de Uquia y al Paisaje Natural de la Quebrada de Humahuaca como Sitio de Patrimonio Mundial, al gobierno de la provincia de Jujuy, por incumplir la Convención de la Unesco, por interesarse más en recaudar que en cumplir la Constitución de la provincia.


“Los sitios culturales y naturales conforman el entorno del cual los seres humanos dependen psicológica, religiosa, educacional y económicamente. Su destrucción e incluso su deterioro, sería perjudicial para la supervivencia de nuestra identidad, nuestro país y nuestro planeta”

Compromiso con el Patrimonio Mundial, Foro Juvenil del Patrimonio Mundial, Bergen (Noruega, 1995)

 

 

 


Declaración Universal de Derechos Humanos

 

 

Preámbulo

 

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

 

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

 

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

 

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

 

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

 

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

 

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

 

Ahora, por tanto,

 

La Asamblea General,

 

Proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. 

 

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

 

Artículo 2

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

 

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

 

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

 

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

 

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

 

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

 

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

 

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

 

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

 

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

 

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

 

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

 

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

 

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

 

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

 

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

 

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

 

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

 

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

 

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

 

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

 

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

 

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

 

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

 

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

 

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

 

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

 

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

 

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

 

Fuente: https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights


La lógica de la violencia homicida se propaga en América Latina

 

La lógica de la violencia homicida se propaga en América Latina

Por Isabella Escobedo

DW Español

19.07.2022

El nuevo estallido de violencia en Haití es muestra de un problema recurrente en todo el continente. Evaluamos el estado de la seguridad ciudadana y los porqués de la violencia en América Latina y el Caribe.

Son titulares que se repiten: la violencia, los asesinatos y las masacres están a la orden del día. Según datos del Banco Mundial, pese a que la población de América Latina y el Caribe representa cerca del 9 por ciento del total del planeta, la región registra más del 30 por ciento de los homicidios mundiales.

El último ejemplo de esta sangrienta realidad es Haití, donde solo la semana pasada 89 personas murieron en enfrentamientos entre pandillas que han paralizado una parte de la capital Puerto Príncipe.

La violencia homicida, una realidad en todo el continente

Pero Haití no es un caso aislado, ni una excepción. La violencia es la realidad con la que convive gran parte de la población en Latinoamérica. Según el Balance Anual de Homicidios de 2021 de la organización Insight Crime, un centro que investiga la seguridad ciudadana en las Américas, en 2021 América Latina y el Caribe han experimentado un aumento de asesinatos en casi todos los países.

Jamaica, con una cifra de casi 50 asesinatos por 100.000 habitantes al año, lidera una vez más la lista de los países más violentos. En Ecuador se duplicaron los asesinatos en 2021, consecuencia también de los motines carcelarios de pandillas, los más graves de su historia. El Salvador, Guatemala y Honduras siguen siendo algunos de los más violentos de la región y si bien los homicidios disminuyeron en México en 2021, el país superó los 30.000 asesinatos por cuarto año consecutivo.

Chile, uno de los países con las tasas de homicidios más bajas, este año está viviendo un incremento significativo de la violencia. El último reporte de la Jefatura Nacional de Delitos Contra las Personas cifra en 413 el número de víctimas de homicidios hasta finales de junio de 2022, un aumento del 29 por ciento comparado con el mismo periodo de tiempo de 2021.

América Latina y el Caribe es la región con más homicidios intencionales del mundo. ¿A qué se debe?

Menos pobreza, más desigualdad

Si bien las causas exactas difieren entre los países, sí se pueden encontrar denominadores comunes. Héctor Hernández Bringas, investigador en Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de México, ha realizado diferentes estudios sobre el desarrollo de la violencia en el continente sudamericano. Entre los factores para él cruciales están la pobreza, la desigualdad y la disponibilidad de armas de fuego debida a la operación de bandas criminales. Todo esto, dice Hernández Bringas, es un "terreno fértil en el que las débiles o ausentes respuestas institucionales fomentan el incremento de los niveles de homicidio.” Hernández Bringas resume: "Mientras siga habiendo impunidad, habrá homicidios.”

Cultura de la violencia

En esto coincide Camilo Devia, docente en Relaciones Internacionales de la Universidad Militar de Nueva Granada en Colombia. Devia dice que la debilidad del Estado de Derecho, junto a la convivencia con la violencia durante los conflictos armados y dictaduras del siglo 20, la recurrencia de estos hechos en los medios de comunicación y la política de "mano dura” han causado un acostumbramiento a la violencia, sembrando lo que él denomina una "cultura de la violencia”. Según el investigador, esto no solo conduce a una conformidad con el crimen, sino que, cambia las "lógicas de la violencia”, un fenómeno visible en las situaciones en las que "el culpable no es el delincuente que mata para robar el celular, sino el que iba por la calle hablando por teléfono”, dice Devia.

Esto se ha visto fomentado en algunas regiones por la tolerancia de grupos armados ilegales que imponen con violencia un órden, generando en la población una sensación de seguridad que el Estado no es capaz de dar.

(ers)

Fuente: https://www.dw.com/es/la-l%C3%B3gica-de-la-violencia-homicida-se-propaga-en-am%C3%A9rica-latina/a-62531737

Solicitud pública a la Presidente de la Comisión Municipal de Uquia

 

Solicitud pública a la Presidente de la Comisión Municipal de Uquia

Por Waldo Viltipoco *

Desde antes que la región Quebrada de Humahuaca fuera inscrita en la Lista de Sitios de Patrimonio Mundial de la UNESCO, he ejercitado el derecho humano, universal y constitucional en la República Argentina, de solicitar a los funcionarios del Estado Municipal y provincial, información pública referida a la protección del patrimonio natural y cultural, pocas veces respondieron de manera positivas, otras las eludieron y muy pocas falsearon respuestas.

Es así que el pasado mes de abril he presentado dos notas a la Presidente de la Comisión Municipal de Uquia (Dpto. Humahuaca, región Quebrada de Humahuaca, provincia de Jujuy), Ciudadana Gabriela Flores, accediendo al pedido que me hizo en la fanpage de “Humahuaca Hoy” ...“le dejo Sr Waldo mi numero 3884864542 para contarle todos mis trabajos por qur no solo es el cerro tengo mucho para informarle y que salga a las redes contando todo esta haciendo y diciendo cosas que no son”... acerca de la construcción de una casilla de información turística en el Cerro Las Señoritas con material de bloque y cemento, al que he cuestionado apenas tomé conocimiento de la destrucción del patrimonio natural que se hizo por decisión unilateral de la Comisionada, propio de gobiernos autocráticos o con el apoyo, asesoramiento y complicidad de ministros del gobierno de Jujuy.

Agotando todas las instancias de reiterar mi solicitud vía wtp a la propia Comisionada, donde llegó a responder: ...”le respondí a través del discurso de apertura de sesiones pero para que se quede tranquilo le responderé las notas en la próxima semana”, luego reiteré en el Messenger de la fan page de la Comisión Municipal y en forma pública a través de un grupo de wtp donde se encuentran colaboradores y parte del equipo de dicha funcionaria, un wtp me dijo que me responderían el lunes 30, no habiendo recibido ningún tipo de respuesta formal ni informal a la fecha.

Sra. Presidente de la Comisión Municipal de Uquia, Ciudadana Gabriela Flores, cumpla el art. 2 de la Ley 5886, que dice: ..”Toda persona, física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a requerir, buscar, difundir, acceder y recibir información pública en forma completa, veraz, adecuada y oportuna. El derecho se ejerce de manera gratuita, sin asesoramiento jurídico, ni patrocinio letrado, ni justificación de causas. El derecho regulado en esta Ley es un derecho humano fundamental en sí mismo, y para la efectiva realización de otros derechos, y como tal no puede ser objeto de restricciones que le resten eficacia, o de interpretaciones que lo limiten.” y responda las notas del 21 de abril, basta de mentiras!!

Para conocimiento de los vecinos de Uquia y de la ciudadanía en general, estas preguntas aún duermen en algún cajón del Dpto. Ejecutivo Municipal:

  • Límites geográficos de la Comisión Municipal de Uquia, si es posible adjunte un mapa;
  • Decreto de la Comisión Municipal de Declaración de Paisaje Protegido al Cerro de Las Señoritas (según publicación del fb institucional el 29/01/2022 y el 28/01/2022 en su perfil personal);
  • Nombre y apellido de su gabinete, asesores legales y técnicos;
  • Líneas de contacto oficiales, teléfono y correo electrónico.
  • PROYECTO: OBRA CASILLA DE INFORMACIÓN TURÍSTICA Y ESTACIONAMIENTO realizado en el Sitio Arqueológico y Paleontológico denominado Cerro de Las Señoritas, que contenga la siguiente documentación en fotocopia o en formato digital.
  • El proyecto en general;
  • Los permisos y autorizaciones de la Unidad de Gestión y Administración Quebrada de Humahuaca Patrimonio Mundial (UGAQHPM), para la construcción de la casilla con materiales que no condicen con el paisaje ni con nuestra región, de acuerdo al Decreto Provincial N° 789/2004-P.E.P. – Reglamentación de la ley 5206;
  • La autorización de quién se considere dueño del lugar, ya que donde está emplazada la casilla, posee muchos dueños (nueve registrales), de los cuales soy descendiente de uno de ellos y años antes de la creación de la Comisión Municipal siempre he estado denunciando lo que ahí sucede, no sólo porque el lugar tenga una relación con mis raíces genéticas y milenarias, sino por el valor patrimonial y energético que el mismo posee;
  • El estudio de impacto ambiental de la obra en cuestión y del daño a futuro de la flora y fauna que hay en el lugar hasta ahora virgen desde hace millones de años, y que su gestión está destruyendo;
  • Indique de dónde proviene el presupuesto y los fondos para la construcción de la obra y de cuánto se trata;
  • Decreto y Ordenanza Municipal que autorice la realización de la obra en dicho lugar;
  • Copia de los “Avales” de las comunidades indígenas que Ud. hace alusión en las redes sociales de “Humahuaca Hoy” de que “estoy bien abalada”, dado que ninguna comunidad aborigen tiene al C° Las Señoritas dentro de su territorio, excepto el Ayllu Uquia CV, reconstituido en el año 2018.
  • Indique si las personas que cobran el acceso a los turistas en Las Señoritas, son personal de planta permanente, contratados de su gestión, o militantes políticos que le ayudaron en la campaña o familiares de su equipo político;
  • Informe cuánto es la recaudación del cobro a los turistas en el C° de Las Señoritas, desde el inicio de su gestión al día de la fecha.-

Para su conocimiento, el Cerro Las Señoritas es parte de la denominada Finca Cuchiyaco, que fue adquirida mediante compra al Gobierno Provincial, por parte de nueve uquienses, que cuenta con escritura y pago de impuestos a la fecha, que quienes descendemos tenemos posesión milenaria, o sea que ninguna “comunidad” puede extender avales de ningún tipo, que no alcanza con vivir en el pueblo sino con conocer la historia, pero si no la conociera puede preguntar en vez de tomar decisiones apresuradas, de nada le sirve salir en las redes a decir “a mí me votó la mayoría de los uqueños”, “la ministra de ambiente tiene conocimiento”, “le cuento Sr Waldo que las comunidades saben perfecto de todo esto estoy avalada por ellos cosa que usted ni enterado por que le gana la sobervia y sale a decir cualquier cosa”, entre otras barbaridades, para fundamentar la usurpación y destrucción del Paisaje Natural del Cerro de Las Señoritas, cosa ILEGAL desde donde se lo mire.

Sra. Comisionada Municipal, soy descendiente de don Juan de Dios Zapana, por parte de mi padre, uno de los dueños de este territorio, le invitaría a mostrarme su genealogía y las tierras-territorio de sus antepasados, pero me conformo con que me responda las notas que le he presentado y las dos preguntas que acabo de añadir.

Atte.-

 * Waldo Viltipoco, Descendiente del Ayllu Uquia, nación Omaguaca, Director de la Revista Viltipoco10000 de Opinión y Contrainformación, Humilde ciudadano comprometido con la historia y el territorio de mis antepasados – Blog: https://viltipoco10000.blogspot.com/ @: viltipoco10000@yahoo.com.arcomunidadviltipoco@gmail.com – RRSS: ‘Viltipoco10000’


Los primeros dos censos nacionales de nuestra historia se conservan en el archivo general

 


Los primeros dos censos nacionales de nuestra historia se conservan en el archivo general

xArchivo General de la Nación Argentina

Las planillas de los dos primeros censos nacionales (1869 y 1895) se conservan en el Archivo General de la Nación. Esta documentación resulta imprescindible para conocer las características de la sociedad argentina a finales del siglo XIX.

El primer censo nacional se realizó en septiembre de 1869, bajo la presidencia de Domingo F. Sarmiento. Se censaron únicamente 14 provincias, ya que Chaco, Chubut, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego no estaban bajo el control del Estado Nacional. El método fue de entrevista directa: la población fue censada allí donde se la encontraba. ¿Cuantas personas había en el país en ese año? 1877490.

El cuestionario incluía 8 preguntas, y la información se organizó a través de una "Lista nominativa" en la cual cada línea de la cédula censal correspondía a una persona.

El segundo censo se realizó en mayo de 1895. El cuestionario ahora contó con 16 preguntas, con indagaciones sobre bienes inmuebles, la religión y la descendencia de las personas. Este censo fue el primero que se realizó sobre una nación ya unificada y arrojó como resultado que el país contaba con 3954911 habitantes.

Las cédulas originales se reúnen en tomos organizados por unidades administrativas descendentes: Provincia - Sección - Población (rural o urbana). El papel que reúne la información es delgado y frágil, por esa razón cada tomo se encuentra envuelto en papel anti-ácido, que facilita la conservación en el largo plazo.

Todas estas cédulas se encuentran accesibles en la página web de Family Search:

1869: https://www.familysearch.org/search/collection/1462401

1895: https://www.familysearch.org/search/collection/1410078 


Fuente: https://www.facebook.com/ArchivoGeneraldelaNacionArgentina/posts/372388661595443

 

“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”

Seminario “El Derecho al propio Derecho”

“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”

 xFILAC

Los Pueblos Indígenas tienen derecho a conservar sus sistemas de justicia, porque un verdadero estado de derecho incluye el pluralismo jurídico, afirmó hoy Ricardo Pérez, presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante el seminario regional sobre el Pluralismo Jurídico “El Derecho al Propio Derecho” organizado por la Fiscalía de Honduras y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (FILAC).

El evento realizado en Tegucigalpa contó con la participación de expertos de diferentes países de la región, algunos de ellos por medio de plataformas electrónicas.

“Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y fortalecer sus propias instituciones jurídicas. Un verdadero estado de derecho incluye el pluralismo jurídico. La CIDH ha sido tribunal pionero en defensa de sus derechos”, dijo Pérez.

El jurista añadió que “un verdadero Estado de Derecho es aquel que integra sistemas normativos diversos y eficaces para cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 16, que busca promover sociedades justas, pacificas e inclusivas”.

Según las definiciones del informe “Pluralismo Jurídico en los Estados parte del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe”, elaborado por el Observatorio Regional de Pueblos Indígenas (ORDPI) del FILAC, el pluralismo jurídico está reconocido por instrumentos internacionales y propuesto un marco de relacionamiento entre Estados y Pueblos Indígenas, lo que implica la aceptación de que varios órdenes jurídicos pueden convivir en un mismo espacio y tiempo, negando la exclusividad estatal en la producción de normas jurídicas.

Derechos reconocidos

En su intervención, Freddy Mamani, presidente del Consejo Directivo del FILAC, afirmó que “uno de los derechos colectivos clave que han sido reconocidos a los Pueblos Indígenas es el derecho a tener su propio derecho, sus propias instituciones, sus propios mecanismos para organizarse socialmente y para determinar consecuencias ante el cumplimiento o incumplimiento de las normas que se establezcan”.

“El pluralismo jurídico viene desde tiempos precoloniales”, dijo a su turno la ex canciller y lideresa kichwa ecuatoriana Nina Pacari, quien agregó que al plantearse el pluralismo jurídico en condiciones igualitarias y de convivencia, permite superar la noción de justicia alternativa.

“Un corolario del derecho al autogobierno es el derecho al sistema jurídico propio”, dijo por su parte Francisco Cali, relator especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, quien destacó la característica reparadora de los sistemas de justicia de los Pueblos Indígenas. “Mientras que el sistema jurídico estatal es punitivo, el sistema jurídico de los pueblos indígenas es reparador”, afirmó.

Estados obligados a aplicar el pluralismo jurídico

Los Estados latinoamericanos, la mayoría de los cuales ratificó el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tienen la obligación de reconocer los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, según Ricardo Changala, coordinador del programa Diálogo y Concertación del FILAC.

Según el artículo 8, numeral 2 de ese convenio, los Pueblos Indígenas “deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos”.

Además, el numeral 1 del artículo 9 de ese convenio establece que “en la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros”.

Según la jurista peruana Raquel Irigoyen, los alcances de ese instrumento legal fueron profundizados por la Declaración de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y la “Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”.

A manera de conclusión, Gabriel Muyuy, afirmó que muchas de las vulneraciones al derecho al ejercicio a la jurisdicción propia de los pueblos indígenas, se debe al desconocimiento de las normas por parte de los aparatos judiciales.

“¿Cómo lo resolvemos? Tenemos que establecer un programa, un plan de formación sistemática, académica, intercultural, conjuntamente entre pueblos indígenas y operadores de justicia no indígena, ese es el camino y eso es posible si hay voluntad política”, dijo.

Fuente: https://www.filac.org/pueblos-indigenas-tienen-derecho-a-sus-sistemas-propios-de-justicia/


¿Por qué plantar árboles nativos contra la crisis climática?

 

xPlantarse org


Los árboles actúan contra el calentamiento global absorviendo CO2 del aire, uno de los gases responsables del cambio climático; además brindan otros importantes servicios ambientales. Armamos una pequeña guía para que puedas plantar de forma correcta tus árboles.

Los árboles y la Crisis Climática tienen su punto de conexión

Los árboles actúan contra el calentamiento global ya que absorben del aire CO2, gas con propiedades de efecto invernadero, pero además brindan otros importantes servicios ambientales: brindan alimento y refugio para insectos y aves, recuperan parte del paisaje originario, evitan la erosión del viento y del agua, purifican el aire en las ciudades, hacen más lenta la escorrentía de agua frente a posibles inundaciones, disminuyen la contaminación auditiva, embellecen nuestros espacios y ayudan a combatir el efecto de isla de calor en las ciudades del agua, purifican el aire en las ciudades, hacen más lenta la escorrentía de agua frente a posibles inundaciones, disminuyen la contaminación auditiva, embellecen nuestros espacios y ayudan a combatir el efecto de isla de calor en las ciudades.

Además, se considera que los árboles actúan como sumidero de carbono; lo almacenan en sus ramas, troncos, hojas y suelo.

En promedio se podría decir que cada 1 árbol se captura 1 tonelada de CO2 durante los primeros 30 años de su vida.

¿Cómo plantar árboles?


Creamos este pequeño paso a paso para que lo hagas con éxito!


1. Elegí la especie nativa de tu región y la indicada para el tipo de suelo. También considerá el espacio futuro que ocupará y su sombra.


2. El tamaño del pozo debe ser al doble en ancho y hondo con respecto a la medida del envase de las raíces del árbol.


3. Una vez listo el pozo, corta la maceta que contiene el árbol, evitando romper el pan de tierra con las raíces. Tal vez puedas sacarlo con facilidad y no necesites romper la maceta.


4. Rega debajo, coloca un poco de tierra abonada y planta el árbol. Vigila la profundidad en la quedará plantado para que el cuello de la raíz (zona donde ésta se une al tallo) esté al ras de suelo.


5. Debemos tratar que el árbol quede recto. Podemos colocar un tutor (recomendado en espacios expuestos al viento y veredas) a fin de proteger el árbol y evitar que haga palanca la copa. Pueden colocarse 1,2 o 3 estacas dependiendo del tamaño del árbol y se recomienda atarlos con cinta elástica de forma bien ajustada.


6. Procedé a rellenar el hueco con el árbol ubicado en el hoyo. Es necesario que la tierra que servirá para rellenar no contenga terrones sin romper. Deberá estar lo más floja posible.


7. Con el pie o el mango de la pala compacta suavemente la tierra recién colocada y realiza una olla alrededor que permita la retención de agua de lluvia o riego.


8. Regá abundantemente.


9. Recordá regarlo durante el primer año sobre todo en verano, eliminar la maleza que pueda sacarle humedad, protegerlo de las cortadoras de césped y las hormigas.


Fuente: https://www.plantarse.org/art-por-que-plantar-arboles.htm