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MI: Los indígenas, no morimos, nos reincorporamos a la Madre Tierra


(Foto: Vilca Mario con su compadre José Patagua, levantando la mesa para las almas en la Puna Jujeña, Llamerías, Puesto del Marques, cerca de La Quiaca (Jujuy, Argentina)


MI: Los indígenas, no morimos, nos reincorporamos a la Madre Tierra

MOVIMIENTO INDÍGENA… VILTIPOCO10000: NOVIEMBRE 14 DE 2012…

xOllantay Itzamná*
servindi.org

Los dos primeros días del mes de noviembre, desde México, pasando por Guatemala, hasta Perú y Bolivia, las casas, calles y campos santos (cementerios) se revisten de flores multicolores, de dulces aromas, de abundante comida y bebida, y de música en vivo. Los cristianos denominan a esta fiesta como el Día de los Muertos. Para nosotros/as es la fiesta ritual de la vida y de la convivencia.

Para nosotros no existe la separación excluyente y dualista entre la vida y lo que llaman muerte. Quienes fallecen no desaparecen, se reincorporan al vientre de la Madre Tierra para seguir conviviendo en la comunidad cósmica. Conviven con nosotros, nos acompañan y nos protegen. Hablamos, celebramos, soñamos, reímos y lloramos con ellos y ellas.

Por eso, en Los Andes, aún existen en los cerros chullpares o pukaras, (recintos cilíndricos construidos de piedras) en los que se guardaban embalsamados a nuestros fallecidos por un período de tres años (tiempo para la biodegradación del cuerpo). Luego, los cuerpos eran trasladados a las casas respectivas para convivir permanentemente con la familia y en la comunidad.

Mientras los cuerpos embalsamados se encontraban en los chullpares, comunidades enteras se trasladaban, casi a finales del mes de octubre (inicio de la nueva siembra, según calendario agrícola), en fiesta, con abundante comida, bebida, flores, tambores y quenas, hacia los cerros en los que se encontraban estos recintos para celebrar la vida y la convivencia con los ajayus (espíritus) de los fallecidos. Luego que los restos óseos eran reincorporados a las familias, en sus respectivas comunidades, continuaban las celebraciones en el mes de octubre, con mucha comida, bebida y música, y se los sacaba a pasear por los caminos. Incluso en este tiempo, en las alturas del Departamento del Cusco-Perú, todavía llevamos a las iglesias los huesos de nuestros fallecidos, envueltos en mantas, a escuchar misa.

Con la colonización cristiana, nos destruyeron también nuestros chullpares, y nos obligaron a llevar a nuestros familiares “difuntos” a los campos santos. Dice la doctrina cristiana que todo bautizado es santo, por tanto, el lugar donde se los debe entierra es en el Campo Santo.

Pero, igual, en las comunidades y ciudades (como La Paz, Cusco, Cochabamba, Ayacucho, etc.) seguimos festejando la vida y la convivencia con los nuestros los dos primeros días de noviembre. Hacemos comida, bebida, cortamos flores, y con eso y mucho más organizamos mesas de ofrendas para celebrar con los ajayus de los nuestros.

Dependiendo de si el alma es nuevo (hasta tres años de fallecido) o antiguo, armamos la fiesta sea en la casa o en el campo santo. Porque, según nuestra espiritualidad y filosofía, nadie perece (muere), sino que se reincorpora a la Madre Tierra para seguir subsistiendo y tejiendo la vida en la comunidad. Quizás por ello no tememos a eso que llaman muerte.

Todos venimos de la Madre Tierra (estamos hechos de los mismos elementos químicos de los que Ella está hecha), y la reincorporación a su vientre húmedo y fresco, es la compañera con la que nacimos. Lo importante es que esta reincorporación ocurra cuando hayamos cumplido nuestra misión sobre la piel de la Pachamama.

Inicialmente, según la historia de la doctrina cristiana, la muerte no era lúgubre para el cristianismo. Recuérdese que las primeras comunidades cristianas conmemoraban y celebraban las fechas de fallecimientos de sus santos. Por eso, en el siglo IX, el Papa Gregorio IV, estableció el primero de noviembre como el día de Todos los Santos, porque muchos santos no tenían fiesta establecida en el calendario gregoriano. Gregorio lo puso en esa fecha porque en Europa, sobre todo en el norte, entre los celtas, en esas fechas se hacía la fiesta (“pagana”) del paso de la vida a la muerte. El origen de la fiesta de Halloween.

En teología católica a esta estrategia “evangelizadora” denominan inculturación (introducir la doctrina cristiana en el corazón de las fiestas “paganas” para convertir dichas culturas en cristianas) Producto de esa estrategia evangelizadora nosotros también celebramos el día de nuestros ajayus los primeros días de noviembre. Pero, ya no con chicha (bebida fermentada de cereales) o con apthapis (comidas comunales), ni en los chullpares, sino en los cementerios, con misas, cervezas y consumismo frenético.

El cristianismo, como toda religión monoteísta, configuró la psicología individual y colectiva de las personas en base al sentimiento de culpa y de pecado. Del miedo al infierno y al fracaso existencial nace el miedo y el rechazo a la “muerte”. La modernidad afianzó a los sujetos en este principio. Por eso, en el mundo occidental los vivos lloran por los “muertos” y se deshacen de ellos.

Pero, ni tan siquiera con la truculenta colonización de más de 5 siglos, han logrado aniquilar nuestras espiritualidades de la vida. Todo Santos no es el recuerdo de los muertos, sino una fiesta ritual en la que celebramos en plenitud nuestro convivio con las y los que se nos adelantaron en su reincorporación a la Madre Tierra para seguir caminando, conviviendo, conversando, llorando, soñando con nuestros/as protectores/as. Así, nuestro caminar hacia el añorado vientre fecundo y fresco de la Pachamama se hace ligero, festivo y sin miedos.


*Ollantay Itzamná, indígena quechua. Acompaña a las organizaciones indígenas y sociales en la zona maya. Conoció el castellano a los diez años, cuando conoció la escuela, la carretera, la rueda, etc. Escribe desde hace 10 años no por dinero, sino a cambio de que sus reflexiones que son los aportes de muchos y muchas sin derecho a escribir “Solo nos dejen decir nuestra verdad”.

Créditos:






Waldo Darío Gutiérrez Burgos
Descendiente del Pueblo de Uquía, Nación Omaguaca
DIRECTOR DE ‘CER-OMAGUACA’, ‘GAPO’, ‘OBNU’ Y ‘ARGOS IS-INTERNACIONAL
…"La educación y la instrucción no consisten en rellenar la mente de ideas ajenas, sino en estimularla para que produzca sus propias ideas"…
Dirección: Capitán Uyunis s/n, Uquía, Código Postal 4626, Departamento de Humahuaca, Provincia de Jujuy, Argentina.
Telef.: (54) 388 4 80 09 34

Ley Nacional N° 25.831 Régimen de libre acceso a la información pública ambiental

Ley Nacional N° 25.831
Régimen de libre acceso a la información pública ambiental

Creación. Objeto. Acceso a la información. Sujetos obligados. Procedimiento. Centralización y difusión. Denegación de la información. Plazo para la resolución de las solicitudes de información ambiental.

Sancionada: Noviembre 26 de 2003
Promulgada de Hecho: Enero 6 de 2004

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

RÉGIMEN DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA AMBIENTAL

ARTICULO 1° — Objeto. La presente ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.

ARTÍCULO 2° — Definición de información ambiental. Se entiende por información ambiental toda aquella información en cualquier forma de expresión o soporte relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable. En particular:

a) El estado del ambiente o alguno de sus componentes naturales o culturales, incluidas sus interacciones recíprocas, así como las actividades y obras que los afecten o puedan afectarlos significativamente;

b) Las políticas, planes, programas y acciones referidas a la gestión del ambiente.

ARTÍCULO 3° — Acceso a la información. El acceso a la información ambiental será libre y gratuito para toda persona física o jurídica, a excepción de aquellos gastos vinculados con los recursos utilizados para la entrega de la información solicitada. Para acceder a la información ambiental no será necesario acreditar razones ni interés determinado. Se deberá presentar formal solicitud ante quien corresponda, debiendo constar en la misma la información requerida y la identificación del o los solicitantes residentes en el país, salvo acuerdos con países u organismos internacionales sobre la base de la reciprocidad.

En ningún caso el monto que se establezca para solventar los gastos vinculados con los recursos utilizados para la entrega de la información solicitada podrá implicar menoscabo alguno al ejercicio del derecho conferido por esta ley.

ARTÍCULO 4° — Sujetos obligados. Las autoridades competentes de los organismos públicos, y los titulares de las empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas, están obligados a facilitar la información ambiental requerida en las condiciones establecidas por la presente ley y su reglamentación.

ARTÍCULO 5° — Procedimiento. Las autoridades competentes nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, concertarán en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) los criterios para establecer los procedimientos de acceso a la información ambiental en cada jurisdicción.

ARTÍCULO 6° — Centralización y difusión. La autoridad ambiental nacional, a través del área competente, cooperará para facilitar el acceso a la información ambiental, promoviendo la difusión del material informativo que se genere en las distintas jurisdicciones.

ARTICULO 7° — Denegación de la información. La información ambiental solicitada podrá ser denegada únicamente en los siguientes casos:

a) Cuando pudiera afectarse la defensa nacional, la seguridad interior o las relaciones internacionales;

b) Cuando la información solicitada se encuentre sujeta a consideración de autoridades judiciales, en cualquier estado del proceso, y su divulgación o uso por terceros pueda causar perjuicio al normal desarrollo del procedimiento judicial;

c) Cuando pudiera afectarse el secreto comercial o industrial, o la propiedad intelectual;

d) Cuando pudiera afectarse la confidencialidad de datos personales;

e) Cuando la información solicitada corresponda a trabajos de investigación científica, mientras éstos no se encuentren publicados;

f) Cuando no pudiera determinarse el objeto de la solicitud por falta de datos suficientes o imprecisión;

g) Cuando la información solicitada esté clasificada como secreta o confidencial por las leyes vigentes y sus respectivas reglamentaciones.

La denegación total o parcial del acceso a la información deberá ser fundada y, en caso de autoridad administrativa, cumplimentar los requisitos de razonabilidad del acto administrativo previstos por las normas de las respectivas jurisdicciones.

ARTÍCULO 8° — Plazos. La resolución de las solicitudes de información ambiental se llevará a cabo en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

ARTICULO 9° — Infracciones a la ley. Se considerarán infracciones a esta ley, la obstrucción, falsedad, ocultamiento, falta de respuesta en el plazo establecido en el artículo anterior, o la denegatoria injustificada a brindar la información solicitada, y todo acto u omisión que, sin causa justificada, afecte el regular ejercicio del derecho que esta ley establece. En dichos supuestos quedará habilitada una vía judicial directa, de carácter sumarísima ante los tribunales competentes.

Todo funcionario y empleado público cuya conducta se encuadre en las prescripciones de este artículo, será pasible de las sanciones previstas en la Ley N° 25.164 o de aquellas que establezca cada jurisdicción, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieren corresponder.

Las empresas de servicios públicos que no cumplan con las obligaciones exigidas en la presente ley, serán pasibles de las sanciones previstas en las normas o contratos que regulan la concesión del servicio público correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieren corresponder.

ARTICULO 10. — Reglamentación. La presente ley será reglamentada en el plazo de noventa (90) días.

ARTICULO 11. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.

— REGISTRADO BAJO EL N° 25.831 —

EDUARDO O. CAMAÑO. — DANIEL O. SCIOLI. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.


Tomado de:



MI: Indígenas brasileños amenazan con suicidarse en masa tras ser despojados de sus tierras



Credito: AFP
MI: Indígenas brasileños amenazan con suicidarse en masa tras ser despojados de sus tierras

MOVIMIENTO INDÍGENA… ARGOS: OCTUBRE 25 DE 2012…

xRT.com
Miércoles, 24/10/2012
09:04 PM

Una tribu indígena del sur de Brasil amenaza con suicidarse en masa, después de que un tribunal brasileño ordenara el desalojo de su granja.

Líderes de la comunidad indígena Guarani-Kaiowá, del estado brasileño Mato Grosso do Sul (suroeste), han advertido a la justicia de su país que llevarán a cabo un suicidio colectivo que afectará 170 personas, entre hombres, mujeres y niños, si se hace efectiva una orden de la Corte Federal para despojar a la tribu de la 'cambará granja' donde se encuentran temporalmente acampados.

El territorio, que ellos llaman 'tekoha', que significa 'cementerio ancestral', ha sido sembrado con grandes plantaciones de caña de azúcar y soja, y está preparado para la cría de ganado.

En una carta dirigida al Consejo Indigenista Misionero, los representantes de la tribu exponen que no acatarán la decisión de la corte, y que no piensan abandonar la región.

Multa por vivir en su tierra

En caso de que los indígenas no desalojen la granja lo antes posible, la orden federal estipula que la Fundación Nacional de Indios (Funai) tendrá que pagar una multa de aproximadamente 250 dólares por cada día que permanezcan allí.

"Nosotros los indígenas tenemos el derecho constitucional a ocupar nuestra tierra, y vamos a seguir luchando", enfatizó el jefe tribal guaraní, Vera Popygua, que exigió respeto para su pueblo, porque "ha sido masacrado". "Han matado a nuestros líderes, y eso es triste e inaceptable. Somos una sociedad avanzada que vive en el siglo XXI. Esto no puede suceder, no debería ocurrir", sostiene.

Según el Consejo Indigenista Misionario, la tasa de suicidios entre los miembros de la tribu guaraní-kaiowá se ha incrementado en los últimos tiempos. Según las estadísticas que manejan, una persona se suicida, aproximadamente, cada seis días, debido a la tensión que sienten ante la amenaza de ser desalojados de sus tierras.

Si la orden judicial no fuera revocada, los indígenas amenazan con darse muerte ante el propio tribunal brasileño, después de lo cual exigen ser enterrados en su territorio sagrado, a orillas del río Hovy.

En relación a este caso, Bellinger Carolina, representante del Consejo Pro-Indígena de Sao Paulo, afirma que los derechos de los pueblos indígenas en Brasil han estado "bajo fuego" durante mucho tiempo.

Fuente: http://www.aporrea.org/internacionales/n216921.html



Waldo Darío Gutiérrez Burgos
Descendiente del Pueblo de Uquía, Nación Omaguaca
DIRECTOR DE ‘CER-OMAGUACA’, ‘GAPO’, ‘OBNU’ Y ‘ARGOS IS-INTERNACIONAL
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MI: James Anaya llama a armonizar actividades de Naciones Unidas que afectan a indígenas


MI: James Anaya llama a armonizar actividades de Naciones Unidas que afectan a indígenas

MOVIMIENTO INDÍGENA… VILTIPOCO10000: OCTUBRE 24 DE 2012…

xServindi
23 de octubre, 2012.-

El cuarto informe anual presentado por el Relator Especial sobre derecho de los pueblos indígenas, James Anaya, ante la Tercera Comisión de la Asamblea General destacó la necesidad de armonizar el gran número de actividades de las Naciones Unidas que afectan a los pueblos indígenas.

En el informe presentado el lunes en Nueva York, Anaya reconoce que se necesitan mayores esfuerzos para asegurar que todas las acciones dentro del sistema de la ONU estén en armonía con los estándares internacionales y destacó lo trabajado hasta el momento sobre el tema.

Espera de este modo que lo avanzado y lo que se pueda desarrollar en el sistema de Naciones Unidas en adelante esté en consonancia con sus derechos, en particular los derechos afirmados por la Declaración de las Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas.

El documento que concluye con una serie de recomendaciones destaca las innumerables actividades que se desarrollan diariamente para lo cual se destina un gran presupuesto, pero advierte de lo contraproducente que puede resultar la ausencia de una articulación entre ellas.

El informe reúne los reportes de actividades realizadas en ejes como promoción de buenas prácticas para proteger y fortalecer los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional y nacional, y respuestas a los casos de presuntas violaciones de los derechos humanos.

Entre las recomendaciones el Relator Especial consideró pertinente hacer una mención especial de la próxima Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, que se celebrará en 2014 como reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General de la ONU.

Anaya pidió asegurar la participación indígena efectiva en el encuentro. Sostuvo en este sentido que la Conferencia podría ayudar a resolver la “enorme” brecha entre las normas de la Declaración y la realidad sobre el terreno.

A continuación presentamos las conclusiones y recomendaciones del documento:

Informe del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas

IV. Conclusiones y recomendaciones

El Relator Especial agradece la oportunidad de continuar su labor de conformidad con el mandato que el  Consejo de Derechos Humanos le encomendó en su resolución 15/14 y expresa su reconocimiento a todos quienes han respaldado y siguen respaldando su mandato. También agradece la oportunidad de informar de su labor  a la Asamblea General y de formular observaciones sobre las diversas actividades del sistema de las Naciones Unidas que afectan a los pueblos indígenas. Las conclusiones y recomendaciones siguientes están relacionadas con esas actividades.

En el sistema de las Naciones Unidas existe una amplia variedad de instituciones y procesos que afectan a  los pueblos indígenas y que tienen un papel importante en la promoción de sus derechos humanos. Las actividades de los diversos organismos, fondos, programas y órganos y mecanismos de derechos humanos, además de las de los mecanismos con mandatos específicos sobre los pueblos indígenas (el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, el Mecanismo de expertos sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Relator Especial sobre los derechos  de los pueblos indígenas), tienen repercusiones en las cuestiones indígenas.

Entre los procesos vinculados a esas cuestiones que se llevan a cabo en el sistema de las Naciones Unidas se encuentran los que procuran basarse en los regímenes de tratados existentes, en particular en la esfera del cambio climático y la protección del medio ambiente; la  elaboración de nuevos instrumentos, como los que se debaten en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual relativos a los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales; y la formulación y ejecución de nuevos programas o plataformas de interacción, como la próxima Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas.

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, aprobada por la Asamblea General en 2007, exhorta a los diversos componentes del sistema de las Naciones Unidas a contribuir a la plena aplicación de los derechos establecidos en la Declaración y a promoverlos (artículos 41 y 42). Dado este mandato de la Asamblea General, la Declaración define las normas mínimas de cualquier actividad del sistema de las Naciones Unidas que concierna a los pueblos indígenas, y es un estímulo para tomar medidas de acción afirmativa que promuevan sus derechos.

Varias instituciones y procesos del sistema de las Naciones Unidas han realizado una importante labor para promover los derechos de los pueblos indígenas. Sin embargo, es necesario hacer mayores esfuerzos para aprovechar al máximo las iniciativas en todo el sistema de las Naciones Unidas para promover esos derechos y asegurar que todas las medidas que se toman en el sistema que conciernan a los pueblos  indígenas están en armonía con sus derechos, en particular los establecidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Los organismos, fondos y programas y las organizaciones intergubernamentales del sistema de las Naciones Unidas deben desarrollar o proseguir la labor en sus respectivas esferas programáticas que tenga por objeto promover los derechos de los pueblos indígenas, de conformidad con la Declaración. Además, en todos los casos deben asegurar que el diseño y la ejecución de sus diversos programas y actividades están en consonancia con la Declaración y refuerzan lo dispuesto en ella.

Con este fin, las instituciones de las Naciones Unidas deben adoptar medidas concretas para concienciar a sus directores y su personal sobre la Declaración y sus disposiciones, y asegurar que la Declaración sea una referencia fundamental en todos los procesos de toma de decisiones y formulación de programas en todos los niveles de operación que afecten a los pueblos indígenas. Además, los organismos deben asegurar que en sus presupuestos se prevea una financiación suficiente para las actividades que promuevan la aplicación de la Declaración, y que las actividades presupuestadas no estén en conflicto con sus disposiciones.

Las políticas de operaciones o las directrices sobre pueblos indígenas, como las de la FAO y el Grupo del Banco Mundial, deben modificarse según sea necesario o interpretarse de tal forma que cumplan las normas internacionales pertinentes, tal como se establecen en la Declaración, los tratados aplicables y otras fuentes. Otras instituciones del  sistema de las Naciones Unidas deben elaborar, según corresponda, orientaciones y directrices de política para promover y asegurar el respeto de los derechos de los pueblos indígenas.

Además, los organismos, fondos y programas, y las organizaciones intergubernamentales del sistema de las Naciones Unidas deben celebrar consultas con los pueblos indígenas, de conformidad con las mismas normas de consulta que se aplican a los Estados en virtud de la Declaración, para la preparación y ejecución de actividades o políticas que puedan afectar a los derechos o intereses de los pueblos indígenas. Deben establecerse procedimientos de consulta específicos a este respecto.

El Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas desempeña un papel importante en la  aplicación de las recomendaciones mencionadas, basando su labor en las iniciativas que ya ha adoptado en este sentido.

Los procesos en el sistema de las Naciones Unidas para la elaboración de nuevos tratados multilaterales u otros instrumentos, o para el desarrollo de nuevos programas o conferencias, deben ser acordes con las normas internacionales relativas a los derechos de los pueblos indígenas, tanto en lo que se refiere a su participación en estos procesos como a los resultados sustantivos.

Por lo tanto, el derecho de los pueblos indígenas a participar en la toma de decisiones que los afecten, como se expresa en la Declaración y otras fuentes internacionales, debe respetarse plenamente a la hora de establecer normas internacionales u otros procesos que afecten sus derechos o intereses.

Además, los resultados de estos procesos deben reforzar los derechos de los pueblos indígenas afirmados en la Declaración. En ningún caso un nuevo tratado internacional u otro instrumento, o el documento final de una conferencia, menoscabarán o socavarán las disposiciones establecidas en la Declaración o en otras fuentes internacionales.

En cuanto a los tratados existentes u otros instrumentos normativos, como las directrices y las políticas de los organismos, deben interpretarse y aplicarse de manera acorde con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, ya sea que los textos de esos instrumentos recojan los términos exactos de la Declaración o no, a menos que la redacción no permita en absoluto una interpretación en ese sentido. Si la redacción de un texto no permite su aplicación de manera acorde con la Declaración, el texto debería enmendarse o modificarse.

El Relator Especial considera pertinente hacer una mención especial de la próxima Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, que se celebrará en 2014 como reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General. Dado el evidente interés de la Conferencia para los pueblos indígenas, debe preverse la plena y adecuada participación de estos, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Declaración.

El Relator Especial es consciente de que, en el momento de preparar este informe, se están definiendo las modalidades de participación en la Conferencia Mundial. En este sentido, insta a ser flexibles e innovadores a fin de asegurar la participación de los pueblos indígenas en la reunión, de conformidad con las normas de participación que la propia Asamblea General afirmó cuando aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Además, los resultados de la Conferencia Mundial deben reforzar, y en modo alguno menoscabar o dejar de satisfacer, las disposiciones de la Declaración.

Debe realizarse un esfuerzo coordinado para desarrollar las capacidades y las habilidades de los pueblos indígenas para que puedan participar de manera efectiva en los procesos internacionales que afecten a sus derechos y participar eficazmente en las consultas con las entidades de las Naciones Unidas para la elaboración, aplicación y evaluación de los programas que los afecten. Se han adoptado algunas iniciativas en este sentido, pero el Relator Especial considera que los pueblos indígenas necesitan más oportunidades de desarrollo de la capacidad. El Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas puede promover las iniciativas para desarrollar esa capacidad.

Para acceder al informe completo dar clic en el siguiente enlace:

Fuente: http://servindi.org/actualidad/75357#more-75357

Cuba: Fidel Castro está agonizando



Fidel Castro. Foto:  Alex Castro
Cuba: Fidel Castro está agonizando 

CUBA… VILTIPOCO10000: OCTUBRE 22 DE 2012… 

xFidel Castro
www.cubadebate.cu  

Bastó un mensaje a los graduados del primer curso del Instituto de Ciencias Médicas “Victoria de Girón”, para que el gallinero de propaganda imperialista se alborotara y las agencias informativas se lanzaran voraces tras la mentira. No solo eso, sino que en sus despachos cablegráficos le añadieron al paciente las más insólitas estupideces. 

El periódico ABC de España, publicó que un médico venezolano que radica no se sabe donde, reveló que Castro había sufrido una embolia masiva en la arteria cerebral derecha, “puedo decir que no vamos a volverlo a ver públicamente”. El presunto médico, que si lo es abandonaría primero a sus propios compatriotas, calificó el estado de salud de Castro como “muy cercano al estado neurovegetal”. 

Aunque muchas personas en el mundo son engañadas por los órganos de información, casi todos en manos de los privilegiados y ricos, que publican estas estupideces, los pueblos creen cada vez menos en ellas. A nadie le gusta que lo engañen; hasta el más incorregible mentiroso, espera que le digan la verdad. Todo el mundo creyó, en abril de 1961, las noticias publicadas por las agencias cablegráficas acerca de que los invasores mercenarios de Girón o Bahía de Cochinos, como se le quiera llamar, estaban llegando a La Habana, cuando en realidad algunos de ellos trataban infructuosamente de llegar en botes a las naves de guerra yankis que los escoltaban. 

Los pueblos aprenden y la resistencia crece frente a las crisis del capitalismo que se repiten cada vez con mayor frecuencia; ninguna mentira, represión o nuevas armas, podrán impedir el derrumbe de un sistema de producción crecientemente desigual e injusto. 

Hace pocos días, muy próximo al 50 aniversario de la “Crisis de Octubre”, las agencias señalaron a tres culpables: Kennedy, recién llegado a la jefatura del imperio, Jruschov y Castro. Cuba nada tuvo que ver con el arma nuclear, ni con la matanza innecesaria de Hiroshima y Nagasaki perpetrada por el presidente de Estados Unidos Harry S. Truman, estableciendo la tiranía de las armas nucleares. Cuba defendía su derecho a la independencia y a la justicia social. 

Cuando aceptamos la ayuda soviética en armas, petróleo, alimentos y otros recursos, fue para defendernos de los planes yankis de invadir nuestra Patria, sometida a una sucia y sangrienta guerra que ese país capitalista nos impuso desde los primeros meses, y costó miles de vidas y mutilados cubanos. 

Cuando Jruschov nos propuso instalar proyectiles de alcance medio similares a los que Estados Unidos tenía en Turquía —más cerca todavía de la URSS que Cuba de Estados Unidos—, como una necesidad solidaria, Cuba no vaciló en acceder a tal riesgo. Nuestra conducta fue éticamente intachable. Nunca pediremos excusa a nadie por lo que hicimos. Lo cierto es que ha transcurrido medio siglo, y aun estamos aquí con la frente en alto. 

Me gusta escribir y escribo; me gusta estudiar y estudio. Hay muchas tareas en el área de los conocimientos. Nunca las ciencias, por ejemplo, avanzaron a tan asombrosa velocidad. 

Dejé de publicar Reflexiones porque ciertamente no es mi papel ocupar las páginas de nuestra prensa, consagrada a otras tareas que requiere el país. 

¡Aves de mal agüero! No recuerdo siquiera qué es un dolor de cabeza. Como constancia de cuan mentirosos son, les obsequio las fotos que acompañan este artículo. 













Fidel Castro Ruz
Octubre 21 de 2012
10 y 12 a.m.

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro

Fidel Castro. Foto: Alex Castro







Waldo Darío Gutiérrez Burgos
Descendiente del Pueblo de Uquía, Nación Omaguaca
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