Artículos recientes

Mostrando las entradas con la etiqueta Documentos. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Documentos. Mostrar todas las entradas

Resolución ONU: Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet

Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas

Resolución: Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet

RESOLUCIÓN ONU… VILTIPOCO10000: JULIO 29 DE 2012…

A/HRC/20/L.13

[Resolución aprobada el 5 de julio 2012]

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por la Carta de las Naciones Unidas,

Reafirmando los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, incluidos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

Recordando todas las resoluciones pertinentes de la Comisión de Derechos Humanos y del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión, en particular la resolución 12/16 del Consejo, de 2 de octubre de 2009, y recordando también la resolución 66/184 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 2011,

Observando que el ejercicio de los derechos humanos, en particular del derecho a la libertad de expresión, en Internet es una cuestión que reviste cada vez más interés e importancia debido a que el rápido ritmo del desarrollo tecnológico permite a las personas de todo el mundo utilizar las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones,

Tomando nota de los informes del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, presentados al Consejo de Derechos Humanos en su 17º período de sesiones (1) y a la Asamblea General en su 66º período de sesiones (2), relativos a la libertad de expresión en Internet,

1. Afirma que los derechos de las personas también deben estar protegidos en Internet, en particular la libertad de expresión, que es aplicable sin consideración de fronteras y por cualquier procedimiento que se elija, de conformidad con el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

2.         Reconoce la naturaleza mundial y abierta de Internet como fuerza impulsora de la aceleración de los progresos hacia el desarrollo en sus distintas formas;

3.         Exhorta a los Estados a que promuevan y faciliten el acceso a Internet y la cooperación internacional encaminada al desarrollo de los medios de comunicación y los servicios de información y comunicación en todos los países;

4.         Alienta a los procedimientos especiales a que tengan estas cuestiones en cuenta en sus mandatos actuales, según proceda;

5.         Decide seguir examinando la promoción, la protección y el disfrute de los derechos humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión, en Internet y en otras tecnologías, así como la forma en que Internet puede ser un importante instrumento para el desarrollo y para el ejercicio de los derechos humanos, de conformidad con su programa de trabajo.

Proyecto de Resolución presentado por:

Alemania*, Argelia*, Argentina*, Australia*, Austria, Azerbaiyán*, Bélgica, Bolivia (Estado Plurinacional de)*, Bosnia y Herzegovina*, Brasil*, Bulgaria*, Canadá*, Chile, Chipre*, Costa Rica, Côte d'Ivoire*, Croacia*, Dinamarca*, Djibouti, Egipto*, Eslovaquia*, Eslovenia*, España, Estados Unidos de América, Estonia*, ex República Yugoslava de Macedonia*, Finlandia*, Francia*, Georgia*, Grecia*, Guatemala, Honduras*, Hungría, India, Indonesia, Irlanda*, Islandia*, Italia, Letonia*, Libia, Liechtenstein*, Lituania*, Luxemburgo*, Maldivas, Malta*, Marruecos*, Mauritania, México, Mónaco*, Montenegro*, Nigeria, Noruega, Países Bajos*, Palestina*, Perú, Polonia, Portugal*, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte*, República Checa, República de Corea*, República de Moldova, Rumania, Serbia*, Somalia*, Suecia*, Timor-Leste*, Túnez*, Turquía*, Ucrania*, Uruguay.


Notas:

* Estado no miembro del Consejo de Derechos Humanos.
(1) A/HRC/17/27.
(2) A/66/290.

Resolución aprobada el 5 de Julio de 2012.

ONU. Consejo de Derechos Humanos. Resolución sobre Libertad Expresión en Internet



Waldo Darío Gutiérrez Burgos
Descendiente del Pueblo Uquía – Omaguaca
Director de  ‘CER-OMAGUACA’, ‘OBNU’ y ‘ARGOS IS-INTERNACIONAL’
…"La educación y la instrucción no consisten en rellenar la mente de ideas ajenas, sino en estimularla para que produzca sus propias ideas"…

Movimiento Indígena: Declaración Lickanantay: rechazo a licitación de Áreas Silvestres Protegidas en territorio atacameño


Chile
Movimiento Indígena: Declaración Lickanantay: rechazo a licitación de Áreas Silvestres Protegidas en territorio atacameño

MOVIMIENTO INDÍGENA… VILTIPOCO10000: JUNIO 05 DE 2012…

LICKANANTAY – DECLARACIONES
29/05/2012


La Asamblea de Dirigentes Indígenas de las comunidades Atacameñas o Lickan-Antay compuesta por San Pedro de Atacama, Solor, Toconao, Peine, Socaire, Quitor, Séquitor, Coyo, Larache, Cúcuter, Talabre, Camar y Chiu – Chiu., realizan el siguiente Declaracion ante la opinión pública, medios de comunicación y el Estado chileno como respuesta a las diversas medidas adoptadas por el actual Gobierno en relación al proceso delicitación de Áreas Silvestres Protegidas que se encuentran en nuestro territorio.

1º.-Demandamos la regularización en la transferencia de nuestras tierras al pueblo atacameño.

2º.- Declaramos que el proceso de licitación o privatización de nuestro territorio ancestral iniciado por el actual Gobierno, del que nos enteramos solo por la prensa, vulneran una vez más los derechos que nos asisten como pueblos indígenas de éste país.

3º Que el Gobierno actual ha omitido en todo momento, la aplicación de la consulta de buena fe, previa libre e informada y la participación reconocida en instrumentos nacionales e internacionales que el Estado ha ratificado, entre ellas la Ley Indígena 19.253 la que establece en su artículo 34 que los servicios de la administración del estado cuando traten materias que tengan injerencia en cuestiones indígenas deberán escuchar y considerar la opinión de las comunidades y asociaciones que los agrupan, mientras que en la misma ley el articulo 35 especifica que, en la administración de las áreas silvestres protegidas, ubicadas en las áreas de desarrollo indígena, se considerará la participación de las comunidades ahí existentes. Por otra parte, el convenio 169 de la OIT, en su Artículo 6°, prescribe que los Gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

4º Que como comunidades Lickan – Antay, dueñas de nuestros territorios, nos corresponde por derecho ser los protagonistas directos en decidir cómo queremos el desarrollo económico, social y cultural de nuestra Pata Hoiri (madre tierra) por lo tanto es obligación del estado considerar nuestra participación en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional ahora y siempre.

5º.- Invocamos la Convención sobre Diversidad Biológica de Naciones Unidas (1992), ratificada por Chile, y la que ha trabajado CONAF en estos sitios, que establece la obligación de los estados de "respetar, preservar y mantener los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida, pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica...". ( Art. 8 )

6º. Declaramos que como pueblo Lickan -Antay, no desconocemos la necesidad de mejorar los modelos de administración del Turismo en nuestros sitios de interés, sin embargo, demandamos ser incluidos en todo momento en la implementación de nuevas políticas Gubernamentales en pro del desarrollo de nuestras comunidades (Ministerios de Economía, Agricultura, Medio Ambiente y Bienes Nacionales).

7º. Manifestamos nuestra oposición absoluta a que nuestros territorios continúen sufriendo la concesión a privados nacionales y transnacionales, frente a ello, defenderemos el derecho de vivir en un ambiente sin contaminación, conservando nuestra cultura y patrimonio vivo. Asimismo, instamos a que las Autoridades conozcan nuestras comunidades y el proceso que hemos llevado por más de 10 años, cuidando nuestra Áreas Silvestres Protegidas, como resultado de la organización que hemos sido capaces de desarrollar para cuidar y proteger nuestro territorio ancestral, haciendo frente al turismo masivo e irregulado que tenemos hasta el día de hoy, siendo las instituciones públicas responsables en la escasa planificación y regulación de ésta Actividad Económica (falta de leyes, ordenanzas, etc.) que debiera considerar un Turismo Planificado, de manera sustentable, amigable y respetuoso con las comunidades aledañas y destino. Además de un Plan de Emergencia intersectorial para enfrentar situaciones como las vividas en febrero producto de las lluvias.

8ª Es urgente que el estado tenga una posición clara y no contradictoria como lo es hasta hoy, donde por una parte entrega concesiones de explotación minera y derechos de agua a privados, y por otro aspira a proteger la biodiversidad del mismo destino, entonces cabe preguntarnos ¿de qué sustentabilidad y protección del destino estamos hablando si no existe política alguna ni voluntad para proteger y conservar ecosistemas tan frágiles como el nuestro?. No es casualidad que los parques Nacionales y reservas se encuentren, en su mayoría en territorios indígenas, sino se debe al habitar respetuoso y los conocimientos tradicionales de pueblos indígenas como el nuestro, que han sabido cuidar esta delicada relación ser humano-naturaleza.

9ª Sentimos que estas medidas adoptadas por el gobierno, son discriminatorias, ya que no ha escuchado a las comunidades indígenas, sino a los grandes capitales nacionales y extranjeros que buscan seguir lucrándose y depredando nuestro patrimonio, biodiversidad y los recursos que se producen en este lugar. Es por ello, que exigimos se transparenten las verdaderas intenciones del gobierno a seguir usurpando nuestras tierras y territorios, ya que primero se debe conocer y reconocer la autogestión e inversión de las comunidades desde que nuestros antepasados se asentaron en este lugar.

10º.- Considerando la jurisprudencia existente respecto de la denominada consulta, declaramos que bajo ningún concepto aceptamos la aplicación del decreto Nº 124, de "reglamento de la consulta", toda vez que lo consideramos arbitrario que transgrede al Convenio 169 y desconoce los estándares internacionales del deber de consultar a los pueblos indígenas.

Es cuanto declaramos,

Asamblea de Dirigentes Atacameños



Waldo Darío Gutiérrez Burgos
Descendiente del Ayllu Uquía – Pueblo Omaguaca
Director de ‘Cer-Omaguaca’, ‘Obnu’ y ‘ArgosIs-Internacional’
MIEMBRO DE ‘VILTIPOCO10000’, ‘GAPO’ Y 'FELAP'


Bolivia: Acuerdo de los Pueblos

Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra
22 de Abril Cochabamba, Bolivia
ACUERDO DE LOS PUEBLOS

Hoy, nuestra Madre Tierra está herida y el futuro de la humanidad está en peligro.

De incrementarse el calentamiento global en más de 2º C, a lo que nos conduciría el llamado “Entendimiento de Copenhague” existe el 50% de probabilidades de que los daños provocados a nuestra Madre Tierra sean totalmente irreversibles. Entre un 20% y un 30% de las especies estaría en peligro de desaparecer. Grandes extensiones de bosques serían afectadas, las sequías e inundaciones afectarían diferentes regiones del planeta, se extenderían los desiertos y se agravaría el derretimiento de los polos y los glaciares en los Andes y los Himalayas. Muchos Estados insulares desaparecerían y el África sufriría un incremento de la temperatura de más de 3º C. Así mismo, se reduciría la producción de alimentos en el mundo con efectos catastróficos para la supervivencia de los habitantes de vastas regiones del planeta, y se incrementaría de forma dramática el número de hambrientos en el mundo, que ya sobrepasa la cifra de 1.020 millones de personas.

Las corporaciones y los gobiernos de los países denominados “más desarrollados”, en complicidad con un segmento de la comunidad científica, nos ponen a discutir el cambio climático como un problema reducido a la elevación de la temperatura sin cuestionar la causa que es el sistema capitalista. Confrontamos la crisis terminal del modelo civilizatorio patriarcal basado en el sometimiento y destrucción de seres humanos y naturaleza que se aceleró con la revolución industrial.

El sistema capitalista nos ha impuesto una lógica de competencia, progreso y crecimiento ilimitado. Este régimen de producción y consumo busca la ganancia sin límites, separando al ser humano de la naturaleza, estableciendo una lógica de dominación sobre ésta, convirtiendo todo en mercancía: el agua, la tierra, el genoma humano, las culturas ancestrales, la biodiversidad, la justicia, la ética, los derechos de los pueblos, la muerte y la vida misma.

Bajo el capitalismo, la Madre Tierra se convierte en fuente sólo de materias primas y los seres humanos en medios de producción y consumidores, en personas que valen por lo que tienen y no por lo que son.

El capitalismo requiere una potente industria militar para su proceso de acumulación y el control de territorios y recursos naturales, reprimiendo la resistencia de los pueblos. Se trata de un sistema imperialista de colonización del planeta.

La humanidad está frente a una gran disyuntiva: continuar por el camino del capitalismo, la depredación y la muerte, o emprender el camino de la armonía con la naturaleza y el respeto a la vida.

Requerimos forjar un nuevo sistema que restablezca la armonía con la naturaleza y entre los seres humanos. Sólo puede haber equilibrio con la naturaleza si hay equidad entre los seres humanos.

Planteamos a los pueblos del mundo la recuperación, revalorización y fortalecimiento de los conocimientos, sabidurías y prácticas ancestrales de los Pueblos Indígenas, afirmados en la vivencia y propuesta de “Vivir Bien”, reconociendo a la Madre Tierra como un ser vivo, con el cual tenemos una relación indivisible, interdependiente, complementaria y espiritual. Para enfrentar el cambio climático debemos reconocer a la Madre Tierra como la fuente de la vida y forjar un nuevo sistema basado en los principios de:

  • armonía y equilibrio entre todos y con todo
  • complementariedad, solidaridad, y equidad
  • bienestar colectivo y satisfacción de las necesidades fundamentales de todos en armonía con la Madre Tierra
  • respeto a los Derechos de la Madre Tierra y a los Derechos Humanos reconocimiento del ser humano por lo que es y no por lo que tiene
  • eliminación de toda forma de colonialismo, imperialismo e intervencionismo
  • paz entre los pueblos y con la Madre Tierra.

El modelo que propugnamos no es de desarrollo destructivo ni ilimitado. Los países necesitan producir bienes y servicios para satisfacer las necesidades fundamentales de su población, pero de ninguna manera pueden continuar por este camino de desarrollo en el cual los países más ricos tienen una huella ecológica 5 veces más grande de lo que el planeta es capaz de soportar. En la actualidad ya se ha excedido en más de un 30% la capacidad del planeta para regenerarse. A este ritmo de sobreexplotación de nuestra Madre Tierra se necesitarían 2 planetas para el 2030.

En un sistema interdependiente del cual los seres humanos somos uno de sus componentes no es posible reconocer derechos solamente a la parte humana sin provocar un desequilibrio en todo el sistema. Para garantizar los derechos humanos y restablecer la armonía con la naturaleza es necesario reconocer y aplicar efectivamente los derechos de la Madre Tierra.

Para ello proponemos el proyecto adjunto de Declaración Universal de Derechos de la Madre Tierra en el cual se consignan:

  • Derecho a la vida y a existir;
  • Derecho a ser respetada;
  • Derecho a la continuación de sus ciclos y procesos vitales libre de alteraciones humanas;
  • Derecho a mantener su identidad e integridad como seres diferenciados, auto-regulados e interrelacionados;
  • Derecho al agua como fuente de vida;
  • Derecho al aire limpio;
  • Derecho a la salud integral;
  • Derecho a estar libre de la contaminación y polución, de desechos tóxicos y radioactivos;
  • Derecho a no ser alterada genéticamente y modificada en su estructura amenazando su integridad o funcionamiento vital y saludable.
  • Derecho a una restauración plena y pronta por las violaciones a los derechos reconocidos en esta Declaración causados por las actividades humanas.

La visión compartida es estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero para hacer efectivo el Artículo 2 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático que determina “la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas para el sistema climático”. Nuestra visión es, sobre la base del principio de las responsabilidades históricas comunes pero diferenciadas, exigir que los países desarrollados se comprometan con metas cuantificadas de reducción de emisiones que permitan retornar las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a 300 ppm y así, limitar el incremento de la temperatura media global a un nivel máximo de 1°C.

Enfatizando la necesidad de acción urgente para lograr esta visión, y con el apoyo de los pueblos, movimientos y países, los países desarrollados deberán comprometerse con metas ambiciosas de reducción de emisiones que permitan alcanzar objetivos a corto plazo, manteniendo nuestra visión a favor del equilibrio del sistema climático de la Tierra, de acuerdo al objetivo último de la Convención.

La “visión compartida” para la “Acción Cooperativa a Largo Plazo” no debe reducirse en la negociación de cambio climático a definir el límite en el incremento de la temperatura y la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, sino que debe comprender de manera integral y equilibrada un conjunto de medidas financieras, tecnológicas, de adaptación, de desarrollo de capacidades, de patrones de producción, consumo y otras esenciales como el reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra para restablecer la armonía con la naturaleza.

Los países desarrollados, principales causantes del cambio climático, asumiendo su responsabilidad histórica y actual, deben reconocer y honrar su deuda climática en todas sus dimensiones, como base para una solución justa, efectiva y científica al cambio climático. En este marco exigimos a los países desarrollados que:

  • Restablezcan a los países en desarrollo el espacio atmosférico que está ocupado por sus emisiones de gases de efecto invernadero. Esto implica la descolonización de la atmósfera mediante la reducción y absorción de sus emisiones.
  • Asuman los costos y las necesidades de transferencia de tecnología de los países en desarrollo por la pérdida de oportunidades de desarrollo por vivir en un espacio atmosférico restringido.
  • Se hagan responsables por los cientos de millones que tendrán que migrar por el cambio climático que han provocado y que eliminen sus políticas restrictivas de migración y ofrezcan a los migrantes una vida digna y con todos los derechos en sus países.
  • Asuman la deuda de adaptación relacionadas a los impactos del cambio climático en los países en desarrollo proveyendo los medios para prevenir, minimizar y atender los daños que surgen de sus excesivas emisiones.
  • Honren estas deudas como parte de una deuda mayor con la Madre Tierra adoptando y aplicando la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra en las Naciones Unidas.

El enfoque debe ser no solamente de compensación económica, sino principalmente de justicia restaurativa – es decir restituyendo la integridad a las personas y a los miembros que forman una comunidad de vida en la Tierra.

Deploramos el intento de un grupo de países de anular el Protocolo de Kioto el único instrumento legalmente vinculante específico para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los países desarrollados.

Advertimos al mundo que no obstante estar obligados legalmente las emisiones de los países desarrollados en lugar de reducir, crecieron en un 11,2% entre 1990 y 2007.

Estados Unidos a causa del consumo ilimitado aumentó sus emisiones de GEI en 16,8% durante el periodo 1990 al 2007, emitiendo como promedio entre 20 y 23 toneladas anuales de CO2 por habitante, lo que representa más de 9 veces las emisiones correspondientes a un habitante promedio del Tercer Mundo, y más de 20 veces las emisiones de un habitante de África Subsahariana.

Rechazamos de manera absoluta el ilegitimo “Entendimiento de Copenhague”, que permite a estos países desarrollados ofertar reducciones insuficientes de gases de efecto invernadero, basadas en compromisos voluntarios e individuales, que violan la integridad ambiental de la Madre Tierra conduciéndonos a un aumento de alrededor de 4ºC.

La próxima Conferencia sobre Cambio Climático a realizarse a fines de año en México debe aprobar la enmienda al Protocolo de Kioto, para el segundo período de compromisos a iniciarse en 2013 a 2017 en el cual los países desarrollados deben comprometer reducciones domésticas significativas de al menos el 50% respecto al año base de 1990 sin incluir mercados de carbono u otros sistemas de desviación que enmascaran el incumplimiento de las reducciones reales de emisiones de gases de efecto invernadero.

Requerimos establecer primero una meta para el conjunto de los países desarrollados para luego realizar la asignación individual para cada país desarrollado en el marco de una comparación de esfuerzos entre cada uno de ellos, manteniendo así el sistema del Protocolo de Kioto para las reducciones de las emisiones.

Los Estados Unidos de América, en su carácter de único país de la Tierra del Anexo 1 que no ratificó el Protocolo de Kioto tiene una responsabilidad significativa ante todos los pueblos del mundo por cuanto debe ratificar el Protocolo de Kioto y comprometerse a respetar y dar cumplimiento a los objetivos de reducción de emisiones a escala de toda su economía.

Los pueblos tenemos los mismos derechos de protección ante los impactos del cambio climático y rechazamos la noción de adaptación al cambio climático entendida como la resignación a los impactos provocados por las emisiones históricas de los países desarrollados, quienes deben adaptar sus estilos de vida y de consumo ante esta emergencia planetaria. Nos vemos forzados a enfrentar los impactos del cambio climático, considerando la adaptación como un proceso y no como una imposición, y además como herramienta que sirva para contrarrestarlos, demostrando que es posible vivir en armonía bajo un modelo de vida distinto.

Es necesario construir un Fondo de Adaptación, como un fondo exclusivo para enfrentar el cambio climático como parte de un mecanismo financiero manejado y conducido de manera soberana, transparente y equitativa por nuestros Estados. Bajo este Fondo se debe valorar: los impactos y sus costos en países en desarrollo y las necesidades que estos impactos deriven, y registrar y monitorear el apoyo por parte de países desarrollados. Éste debe manejar además un mecanismo para el resarcimiento por daños por impactos ocurridos y futuros, por pérdida de oportunidades y la reposición por eventos climáticos extremos y graduales, y costos adicionales que podrían presentarse si nuestro planeta sobrepasa los umbrales ecológicos así como aquellos impactos que están frenando el derecho a Vivir Bien.

El “Entendimiento de Copenhague” impuesto sobre los países en desarrollo por algunos Estados, más allá de ofertar recursos insuficientes, pretende en si mismo dividir y enfrentar a los pueblos y pretende extorsionar a los países en desarrollo condicionando el acceso a recursos de adaptación a cambio de medidas de mitigación. Adicionalmente se establece como inaceptable que en los procesos de negociación internacional se intente categorizar a los países en desarrollo por su vulnerabilidad al cambio climático, generando disputas, desigualdades y segregaciones entre ellos.

El inmenso desafío que enfrentamos como humanidad para detener el calentamiento global y enfriar el planeta sólo se logrará llevando adelante una profunda transformación en la agricultura hacia un modelo sustentable de producción agrícola campesino e indígena/originario, y otros modelos y prácticas ancestrales ecológicas que contribuyan a solucionar el problema del cambio climático y aseguren la Soberanía Alimentaria, entendida como el derecho de los pueblos a controlar sus propias semillas, tierras, agua y la producción de alimentos, garantizando, a través de una producción en armonía con la Madre Tierra, local y culturalmente apropiada, el acceso de los pueblos a alimentos suficientes, variados y nutritivos en complementación con la Madre Tierra y profundizando la producción autónoma (participativa, comunitaria y compartida) de cada nación y pueblo.

El Cambio Climático ya está produciendo profundos impactos sobre la agricultura y los modos de vida de los pueblos indígenas/originarios y campesinos del mundo y estos impactos se irán agravando en el futuro.

El agro negocio a través de su modelo social, económico y cultural de producción capitalista globalizada y su lógica de producción de alimentos para el mercado y no para cumplir con el derecho a la alimentación, es una de las causas principales del cambio climático. Sus herramientas tecnológicas, comerciales y políticas no hacen más que profundizar la crisis climática e incrementar el hambre en el planeta. Por esta razón rechazamos los Tratados de Libre Comercio y Acuerdos de Asociación y toda forma de aplicación de los Derechos de Propiedad Intelectual sobre la vida, los paquetes tecnológicos actuales (agroquímicos, transgénicos) y aquellos que se ofrecen como falsas soluciones (agrocombustibles, geoingeniería, nanotecnología, tecnología Terminator y similares) que únicamente agudizarán la crisis actual.

Al mismo tiempo denunciamos como este modelo capitalista impone megaproyectos de infraestructura, invade territorios con proyectos extractivistas, privatiza y mercantiliza el agua y militariza los territorios expulsando a los pueblos indígenas y campesinos de sus territorios, impidiendo la Soberanía Alimentaria y profundizando la crisis socioambiental. Exigimos reconocer el derecho de todos los pueblos, los seres vivos y la Madre Tierra a acceder y gozar del agua y apoyamos la propuesta del Gobierno de Bolivia para reconocer al agua como un Derecho Humano Fundamental.

La definición de bosque utilizada en las negociaciones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, la cual incluye plantaciones, es inaceptable. Los monocultivos no son bosques. Por lo tanto, exigimos una definición para fines de negociación que reconozca los bosques nativos y la selva y la diversidad de los ecosistemas de la tierra.

La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas debe ser plenamente reconocida, implementada e integrada en las negociaciones de cambio climático. La mejor estrategia y acción para evitar la deforestación y degradación y proteger los bosques nativos y la selva es reconocer y garantizar los derechos colectivos de las tierras y territorios considerando especialmente que la mayoría de los bosques y selvas están en los territorios de pueblos y naciones indígenas, comunidades campesinas y tradicionales.

Condenamos los mecanismos de mercado, como el mecanismo de REDD (Reducción de emisiones por la deforestación y degradación de bosques) y sus versiones + y ++, que está violando la soberanía de los Pueblos y su derecho al consentimiento libre, previo e informado, así como a la soberanía de Estados nacionales, y viola los derechos, usos y costumbres de los Pueblos y los Derechos de la Naturaleza.

Los países contaminadores están obligados a transferir de manera directa los recursos económicos y tecnológicos para pagar la restauración y mantenimiento de los bosques y selvas, en favor de los pueblos y estructuras orgánicas ancestrales indígenas, originarias, campesinas. Esto deberá ser una compensación directa y adicional a las fuentes de financiamiento comprometidas por los países desarrollados, fuera del mercado de carbono y nunca sirviendo como las compensaciones de carbono (offsets). Demandamos a los países a detener las iniciativas locales en bosques y selvas basados en mecanismos de mercado y que proponen resultados inexistentes y condicionados. Exigimos a los gobiernos un programa mundial de restauración de bosques nativos y selvas, dirigido y administrado por los pueblos, implementando semillas forestales, frutales y de flora autóctona. Los gobiernos deben eliminar las concesiones forestales y apoyar la conservación del petróleo bajo la tierra y que se detenga urgentemente la explotación de hidrocarburos en las selvas.

Exigimos a los Estados que reconozcan, respeten y garanticen la efectiva aplicación de los estándares internacionales de derechos humanos y los derechos de los Pueblos Indígenas, en particular la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la OIT, entre otros instrumentos pertinentes, en el marco de las negociaciones, políticas y medidas para resolver los desafíos planteados por el cambio climático. En especial, demandamos a los Estados a que reconozcan jurídicamente la preexistencia del derecho sobre nuestros territorios, tierras y recursos naturales para posibilitar y fortalecer nuestras formas tradicionales de vida y contribuir efectivamente a la solución del cambio climático.

Demandamos la plena y efectiva aplicación del derecho a la consulta, la participación y el consentimiento previo, libre e informado de los Pueblos Indígenas en todos los procesos de negociación así como en el diseño e implementación de las medidas relativas al cambio climático.

En la actualidad la degradación medioambiental y el cambio climático alcanzarán niveles críticos, siendo una de las principales consecuencias la migración interna así como internacional. Según algunas proyecciones en 1995 existían alrededor de 25 millones de migrantes climáticos, al presente se estima en 50 millones y las proyecciones para el año 2050 son de 200 a 1000 millones de personas que serán desplazadas por situaciones derivadas del cambio climático.Los países desarrollados deben asumir la responsabilidad sobre los migrantes climáticos, acogiéndolos en sus territorios y reconociendo sus derechos fundamentales, a través de la firma de convenios internacionales que contemplen la definición de migrante climático para que todos los Estados acaten sus determinaciones.

Constituir un Tribunal Internacional de Conciencia para denunciar, hacer visible, documentar, juzgar y sancionar las violaciones de los derechos de los(s) migrantes, refugiados(as) y desplazados en los países de origen, tránsito y destino, identificando claramente las responsabilidades de los Estados, compañías y otros actores. El financiamiento actual destinado a los países en desarrollo para cambio climático y la propuesta del Entendimiento de Copenhague son ínfimos. Los países desarrollados deben comprometer un financiamiento anual nuevo, adicional a la Ayuda Oficial al Desarrollo y de fuente pública, de al menos 6% de su PIB para enfrentar el cambio climático en los países en desarrollo. Esto es viable tomando en cuenta que gastan un monto similar en defensa nacional y destinaron 5 veces más para rescatar bancos y especuladores en quiebra, lo que cuestiona seriamente sus prioridades mundiales y su voluntad política. Este financiamiento debe ser directo, sin condicionamiento y no vulnerar la soberanía nacional ni la autodeterminación de las comunidades y grupos más afectados.

En vista de la ineficiencia del mecanismo actual, en la Conferencia de México se debe establecer un nuevo mecanismo de financiamiento que funcione bajo la autoridad de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre cambio Climático rindiendo cuentas a la misma, con una representación significativa de los países en desarrollo para garantizar el cumplimiento de los compromisos de financiamiento de los países Anexo 1.

Se ha constatado que los países desarrollados incrementaron sus emisiones en el periodo 1990 – 2007, no obstante haber manifestado que la reducción se vería sustancialmente coadyuvada con mecanismos de mercado.

El mercado de carbono se ha transformado en un negocio lucrativo, mercantilizando nuestra Madre Tierra, esto no representa una alternativa para afrontar el cambio climático, puesto que saquea, devasta la tierra, el agua e incluso la vida misma.

La reciente crisis financiera ha demostrado que el mercado es incapaz de regular el sistema financiero, que es frágil e inseguro ante la especulación y la aparición de agentes intermediarios, por lo tanto, sería una total irresponsabilidad dejar en sus manos el cuidado y protección de la propia existencia humana y de nuestra Madre Tierra.

Consideramos inadmisible que las negociaciones en curso pretendan la creación de nuevos mecanismos que amplíen y promuevan el mercado de carbono toda vez que los mecanismos existentes nunca resolvieron el problema del Cambio Climático ni se transformaron en acciones reales y directas en la reducción de gases de efecto invernadero.

Es imprescindible exigir el cumplimento de los compromisos asumidos por los países desarrollados en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático respecto al desarrollo y transferencia de tecnología, así como rechazar la “vitrina tecnológica” propuesta por países desarrollados que solamente comercializan la tecnología. Es fundamental establecer los lineamientos para crear un mecanismo multilateral y multidisciplinario para el control participativo, la gestión y la evaluación continua del intercambio de tecnologías. Estas tecnologías deben ser útiles, limpias, y socialmente adecuadas. De igual manera es fundamental el establecimiento de un fondo de financiamiento e inventario de tecnologías apropiadas y liberadas de derechos de propiedad intelectual, en particular, de patentes que deben pasar de monopolios privados a ser de dominio público, de libre accesibilidad y bajo costo.

El conocimiento es universal, y por ningún motivo puede ser objeto de propiedad privada y de utilización privativa, como tampoco sus aplicaciones en forma de tecnologías. Es deber de los países desarrollados compartir su tecnología con países en desarrollo, crear centros de investigación para la creación de tecnologías e innovaciones propias, así como defender e impulsar su desarrollo y aplicación para el vivir bien. El mundo debe recuperar, aprender, reaprender los principios y enfoques del legado ancestral de sus pueblos originarios para detener la destrucción del planeta, así como los conocimientos y prácticas ancestrales y recuperación de la espiritualidad en la reinserción del vivir bien juntamente con la Madre Tierra.

Considerando la falta de voluntad política de los países desarrollados para cumplir de manera efectiva sus compromisos y obligaciones asumidos en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kioto, y frente a la inexistencia de una instancia legal internacional que prevenga y sancione todos aquellos delitos y crímenes climáticos y ambientales que atenten contra los derechos de la Madre Tierra y la humanidad, demandamos la creación de un Tribunal Internacional de Justicia Climática y Ambiental que tenga la capacidad jurídica vinculante de prevenir, juzgar y sancionar a los Estados, las Empresas y personas que por acción u omisión contaminen y provoquen el cambio climático.

Respaldar a los Estados que presenten demandas en la Corte Internacional de Justicia contra los países desarrollados que no cumplen con sus compromisos bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kioto incluyendo sus compromisos de reducción de gases de efecto invernadero. Instamos a los pueblos a proponer y promover una profunda reforma de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para que todos sus Estados miembros cumplan las decisiones del Tribunal Internacional de Justicia Climática y Ambiental.

El futuro de la humanidad está en peligro y no podemos aceptar que un grupo de gobernantes de países desarrollados quieran definir por todos los países como lo intentaron hacer infructuosamente en la Conferencia de las Partes de Copenhague. Esta decisión nos compete a todos los pueblos. Por eso es necesaria la realización de un Referéndum Mundial, plebiscito o consulta popular, sobre el cambio Climático en el cuál todos seamos consultados sobre: el nivel de reducciones de emisiones que deben hacer los países desarrollados y las empresas transnacionales; el financiamiento que deben proveer los países desarrollados; la creación de un Tribunal Internacional de Justicia Climática; la necesidad de una Declaración Universal de Derechos de la Madre Tierra y; la necesidad de cambiar el actual sistema capitalista.

El proceso del Referéndum Mundial, plebiscito o consulta popular será fruto de un proceso de preparación que asegure el desarrollo exitoso del mismo.

Con el fin de coordinar nuestro accionar internacional e implementar los resultados del presente “Acuerdo de los Pueblos” llamamos a construir un Movimiento Mundial de los Pueblos por la Madre Tierra que se basará en los principios de complementariedad y respeto a la diversidad de origen y visiones de sus integrantes, constituyéndose en un espacio amplio y democrático de coordinación y articulación de acciones a nivel mundial. Con tal propósito, adoptamos el plan de acción mundial adjunto para que en México los países desarrollados del Anexo 1 respeten el marco legal vigente y reduzcan sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 50 % y se asuman las diferentes propuestas contenidas en este Acuerdo.

Finalmente, acordamos realizar la 2ª Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra en el 2011 como parte de este proceso de construcción del Movimiento Mundial de los Pueblos por la Madre Tierra y para reaccionar frente a los resultados de la Conferencia de Cambio Climático que se realizará a fines de año en Cancún, México.

Fuente: cmpcc.org

México: Hacia el III Congreso Mesoaméricano de Áreas Protegidas

Tercer precongreso de pueblos indígenas, comunidades locales y afrodescendientes de Mesoámerica: sobre Áreas protegidas y Derechos Territoriales Con el permiso del creador y formador, de la madre tierra y de nuestros ancestros, los Pueblos Indígenas, Comunidades locales y Afrodescendientes de los Países de México, Belice, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, reunidos en la Ciudad de Mérida, Yucatán, los días 6, 7 y 8 de marzo 2010, de cara al III Congreso Mesoamericano de Áreas Protegidas, queremos reafirmar que hemos existido desde tiempos inmemoriales en éste territorio y antes de la conformación de los actuales Estados Nación.
Durante las últimas cuatro décadas nuestros territorios ricos en diversidad cultural, biodiversidad, conocimientos tradicionales, endemismos, centros y lugares sagrados, han sido objeto de reiterados sistemas colonialistas de despojo, expropiación, biopiratería, bioprospección, enajenación, declaración de áreas protegidas y megaproyectos. Y si bien se ha avanzado en algunos instrumentos internacionales que reconocen los derechos específicos de nuestros pueblos, tales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros, éstos no han sido implementados ni respetados por los Estados.
Considerando que los Estados de Mesoamerica han suscrito diversos compromisos internacionales, entre ellos, la meta clave número 8 del Plan de Acción del V Congreso Mundial de Parques, celebrado en Johannesburgo, Sudáfrica 2002 que dice “todas las áreas protegidas existentes y futuras serán manejadas y establecidas en plena conformidad con los derechos de los pueblos indígenas, pueblos móviles y comunidades locales”, al igual que la meta clave número 10 y que cita “se establecerán y aplicarán, para 2010, mecanismos participativos para la restitución de las tierras y territorios tradicionales de pueblos indígenas que fueron incorporados en áreas protegidas sin su consentimiento libre y conocimiento de causa”.
Así también atender los compromisos del Congreso Mundial de la Naturaleza celebrado en Barcelona, 2008, donde se reconoce el ejercicio de gobernanza y la adopción del espíritu de la declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en lo referente a Áreas Protegidas.
En nuestra concepción ancestral el territorio va más allá del espacio físico pues en él nacemos, crecemos y se reproduce nuestra cultura, y es allí en donde hemos de continuar la vida después de la vida, asimismo representa la seguridad y continuidad de las futuras generaciones.
La territorialidad es donde desarrollamos nuestra condición de sujetos de derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales en la autogestión del Buen Vivir y la continuidad histórica de nuestra cosmovisión.
Por lo anterior:
Declaramos:
1) Que la gestión de las Áreas Protegidas entre las partes interesadas (Estados, Investigadores, ONG, etc.) y los Sujetos de Derecho (Pueblos Indígenas), debe pasar primero y como prerrequisito fundamental por el reconocimiento a la libre determinación de nuestros Pueblos, derecho reconocido en la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
2) Debe asegurarse un marco jurídico a nivel de cada uno de los Estados de Mesoamerica en donde se garantice la plena y efectiva participación de los Pueblos Indígenas, comunidades locales y afrodescendientes en el manejo, conservación, protección y administración de las áreas protegidas establecidas dentro de sus territorios.
3) Que los pueblos indígenas, comunidades locales y afrodescendientes nos reservamos el derecho de establecimiento de áreas de gestión/conservación bajo nuestros propios sistemas normativos e instituciones.
4) Los Estados no declararán áreas protegidas o de conservación de cualquier tipo, en las tierras y territorios que los pueblos indígenas, comunidades locales y afrodescendientes histórica o tradicionalmente han usado, poseído u ocupado sin el consentimiento libre, previo e informado.
5) Asegurar que los ingresos como resultado del uso y usufructo de las áreas protegidas, debe ser distribuido e invertido para el Buen Vivir de las comunidades que habitan en esos territorios, y el fortalecimiento de sus instituciones y sistemas propios.
6) Exigimos a las Organizaciones no Gubernamentales a respetar las formas de organización y sistemas propios que los pueblos indígenas, comunidades locales y afrodescendientes tienen con sus tierras, territorios y recursos así como a adoptar e implementar el contenido de los diversos instrumentos internacionales en materia de derechos.
7) Exigimos a la cooperación internacional y nacional a establecer y mantener mecanismos articuladores y de relación directa con los pueblos indígenas, comunidades locales y afrodescendientes reconociendo la institucionalidad y los sistemas propios en la gestión de las tierras, territorios y recursos.
8) Invitamos a la sociedad civil organizada a respaldar, acompañar y respetar las propuestas de los pueblos indígenas, comunidades locales y afrodescendientes.
9) Iniciar procesos de restitución de tierras y territorios que fueron declaradas áreas protegidas sin el consentimiento libre, previo e informado. De igual forma exigimos que los fondos destinados para la conservación de la naturaleza le sean entregados bajo el principio compensatorio. Además exigimos el replanteamiento de las políticas de las áreas protegidas dado su fracaso en materia de conservación y uso sostenible.
10) Manifestamos nuestra preocupación por la actitud asumida por los gobiernos/Estados nacionales mesoamericanos en impulsar programas y proyectos de forma irresponsable, que afectan las formas de vida de nuestros pueblos, tales como Corredor Biológico Mesoamericano CBM, Reducción de Emisiones derivadas de la Deforestación y Degradación REDD, Plan Mérida, Estrategia Mesoamericana de Sostenibilidad Ambiental EMSA, entre otros en los que requerimos se incluye nuestra participación plena y efectiva por la tanto exigimos a que se establezcan los mecanismos adecuados y correspondientes. Finalmente reiteramos nuestra disposición al dialogo constructivo para llegar a acuerdos y mecanismos de seguimiento reflejados en un plan de acción. ¡Por la Libre Determinación de los Pueblos!
Dado en el territorio Maya de Yucatán, México.
Fuente: OFRANEH Teléfono (504) 4420618, (504) 4500058 Av 14 julio, calle 19, Contiguo Vivero Flor Tropical, Barrio Alvarado, La Ceiba, Honduras
garifuna@ofraneh.org, ofraneh@yahoo.com

Carta Internacional para la gestión del patrimonio arqueológico

1990 - Gestión del patrimonio arqueológico - ICOMOS
CARTA INTERNACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO

Adoptada por el ICOMOS en 1990

INTRODUCCIÓN

Es un hecho ampliamente aceptado que el conocimiento y la comprensión de los orígenes y del desarrollo de las sociedades humanas revisten una importancia fundamental para toda la humanidad, ya que sirven para identificar sus raíces culturales y sociales. El patrimonio arqueológico constituye el testimonio esencial de las actividades humanas del pasado. Su protección y su adecuada gestión son imprescindibles para permitir a los arqueólogos y a otros científicos estudia rlo e interpretarlo en nombre de generaciones presentes y futuras, y para beneficio de las mismas.

La protección de este patrimonio no puede basarse únicamente en la aplicación de técnicas arqueológicas. Exige un fundamento más amplio de competencias y conocimientos profesionales y científicos. Algunos elementos del patrimonio arqueológico forman parte de estructuras arquitectónicas y, en este caso, deben estar protegidos de acuerdo con los criterios relativos al patrimonio de ese género estipulados en la Carta de Venecia de 1964 sobre restauración y conservación de monumentos y lugares de interés histórico-artístico; otros, forman parte de tradiciones vivas de la población autóctona cuya participación, a través de grupos locales de carácter cultural, resulta esencial para su protección y conservación.

Por éstas y otras razones, la protección del patrimonio arqueológico debe basarse en una colaboración efectiva entre especialistas de múltiples y diversas disciplinas. Exige también la cooperación de las instancias de la Administración, de investigadores, de empresas privadas y del gran público. Por consiguiente, esta carta establece unos principios aplicables a los distintos sectores relacionados con la gestión del patrimonio arqueológico. Incluye las obligaciones de las administraciones públicas y de los legisladores, las reglas profesionales aplicables a la labor de inventario, a la prospección, a la excavación, a la documentación, a la investigación, al mantenimiento, a la conservación, a la preservación, a la restitución, a la información, a la presentación, al acceso y uso público del patrimonio arqueológico, así como la definición de las cualificaciones adecuadas del personal enc argado de su protección.
Esta carta está motivada por el éxito alcanzado por la Carta de Venecia como documento orientativo y fuente de inspiración de las políticas y prácticas gubernamentales, científicas y profesionales.

La carta ha de establecer principios fundamentales y recomendaciones de alcance global. Por ello, no puede tener en cuenta las dificultades y posibilidades propias de cada región o país. Para satisfacer estas necesidades, esta carta debería completarse en la esfera regional y nacional con principios y reglas suplementarias.

Artículo 1. Definición e introducción

El "patrimonio arqueológico" representa la parte de nuestro patrimonio material para la cual los métodos de la arqueología nos proporcionan la información básica. Engloba todas las huellas de la existencia del hombre y se refiere a los lugares donde se ha practicado cualquier tipo de actividad humana, a las estructuras y los vestigios abandonados de cualquier índole, tanto en la superficie, como enterrados, o bajo las aguas, así como al material relacionado con los mismos.

Artículo 2. Políticas de "conservación integrada"

El patrimonio arqueológico es una riqueza cultural frágil y no renovable. La agricultura y los planes de utilización del suelo deben ser ordenados y controlados con el fin de reducir al mínimo la destrucción de este patrimonio. Las políticas de protección del patrimonio arqueológico deben estar sistemáticamente integradas en las de la agricultura y la utilización, desarrollo y planificación del suelo, así como en las relativas a cultura, medio ambi ente y educación. La creación de reservas arqueológicas debe formar parte de estas políticas.

La protección del patrimonio arqueológico debe incorporarse a las políticas de planificación a escala internacional, nacional, regional y local.

La participación activa de la población debe incluirse en las políticas de conservación del patrimonio arqueológico. Esta participación resulta esencial cada vez que el patrimonio de una población autóctona está en juego. La participación se debe basar en la accesibilidad a los conocimientos, condición necesaria para tomar cualquier decisión. La información al público es, por tanto, un elemento importante de la "conservación integrad a".

Artículo 3. Legislación y economía

La protección del patrimonio arqueológico debe constituir una obligación moral para cada ser humano. Pero también es una responsabilidad pública colectiva. Esta responsabilidad debe hacerse efectiva a través de la adopción de una legislación adecuada y mediante la provisión de fondos suficientes para financiar programas que garanticen una gestión eficaz del patrimonio arqueológico.

El patrimonio arqueológico es un bien común para toda sociedad humana; por tanto, constituye un deber para todos los países asegurar la disponibilidad de los fondos adecuados para su protección.

La legislación debe garantizar la conservación del patrimonio arqueológico en función de las necesidades, la historia y las tradiciones de cada país y región, y esmerarse para favorecer la conservación "in situ" y los imperativos de la investigación. La legislación debe basarse en la idea de que el patrimonio arqueológico es la herencia de la humanidad entera y de grupos humanos, no la de personas individuales o de determinadas naciones.

La legislación debe prohibir toda destrucción, degradación o alteración por modificación de cualquier monumento o conjunto arqueológico, o de su entorno sin el permiso de la autoridad arqueológica competente.

La legislación debe exigir, por principio, una investigación previa a la redacción de una documentación arqueológica completa en cada uno de los casos en que haya sido autorizada una destrucción del patrimonio arqueológico.

La legislación debe exigir un mantenimiento correcto y una conservación satisfactoria del patrimonio arqueológico y proveer los medios para ello.

La legislación debe prever las sanciones adecuadas y correspondientes a las infracciones de las normas relativas al patrimonio arqueológico.

En el caso de que la legislación extendiese su protección sólo al patrimonio declarado oficialmente de interés, habría que tomar medidas dirigidas a la protección provisional de monumentos y conjuntos no protegidos o recientemente descubiertos, hasta que se proceda a una valoración arqueológica.

Uno de los mayores riesgos físicos para el patrimonio arqueológico se deriva de los programas de desarrollo y rehabilitación. La obligación para los autores de dichos programas de asegurar que se proceda a un estudio de impacto arqueológico antes de definir sus coordenadas de actuación, debe constar en una legislación adecuada que estipule que el coste de dicho estudio debe estar incluído en el presupuesto del proyecto. El principio según el cual cualquier progra ma de desarrollo y rehabilitación ha de estar concebido de manera que se reduzcan al mínimo las repercusiones sobre el patrimonio arqueológico debe estar formulado también por una ley.

Artículo 4. Delimitación (acotaciones e inventarios)

La protección del patrimonio arqueológico debe basarse en el más completo conocimiento posible de su existencia, de su amplitud y de su naturaleza. Los inventarios generales con delimitación del potencial arqueológico son, por tanto, instrumentos esenciales de trabajo para perfilar estrategias de protección de dicho patrimonio. En consecuencia, el inventario acotado es una obligación fundamental para la protección y gestión del mismo.

Al mismo tiempo, los inventarios constituyen un banco de datos que nos suministra las primeras fuentes para el estudio y la investigación científica. La elaboración de inventarios debe, por tanto, ser considerada como un proceso dinámico permanente. Resulta, pues, que los inventarios deben abarcar información a diversos niveles de precisión y fiabilidad, ya que incluso unos conocimientos superficiales pueden constituir el punto de partida para poner en marcha medidas de protección.

Artículo 5. Intervenciones en el emplazamiento ("in situ")

En arqueología, el conocimiento se basa fundamentalmente en la intervención científica en el yacimiento. Tal intervención abarca toda la gama de métodos que van desde la exploración no destructiva hasta la excavación integral, pasando por sondeos limitados o toma de muestras.

Hay que admitir como principio indiscutible que la recopilación de información sobre el patrimonio arqueológico sólo debe causar el deterioro mínimo indispensable de las piezas arqueológicas que resulten necesarias para alcanzar los objetivos científicos o de conservación previstos en el proyecto. Los métodos de intervención no destructivos --observaciones aéreas, observaciones "in situ", observaciones subacuáticas, análisis de muestras, cata s, sondeos- deben ser fomentados en cualquier caso, con preferencia a la excavación integral.

Puesto que la excavación implica siempre una selección de elementos testimoniales para ser estudiados, documentados y conservados, aún a costa de la pérdida de otra información y, eventualmente, de la destrucción total del monumento o del yacimiento, la decisión de proceder a una excavación debe ser objeto de una profunda reflexión.

Las excavaciones deben realizarse preferentemente en sitios y monumentos amenazados por el desarrollo, cambios de calificación o uso del suelo, pillaje, o deterioro natural.

En casos excepcionales, yacimientos que no corran peligro podrán ser objeto de excavaciones, bien para esclarecer claves cruciales de la investigación, bien para interpretarlos de forma más eficiente con vistas a su presentación al público. En tales casos, la excavación debe ser precedida por una valoración de carácter científico sobre el potencial del yacimiento. La excavación debe ser limitada y reservar un sector virgen para investigaciones posteriores.

Cuando se realice una excavación, debe entregarse a la comunicad científica un informe elaborado según unas normas bien definidas, el cual será incorporado al pertinente inventario, dentro de un plazo razonable, al acabar las obras.

Las excavaciones serán llevadas a cabo de conformidad con los criterios contenidos en las Recomendaciones de la UNESCO sobre los Principios Aplicables a las Excavaciones Arqueológicas, de 1956, y con las normas profesionales, nacionales e internacionales, comúnmente aceptadas.

Artículo 6. Mantenimiento y conservación

Conservar "in situ" monumentos y conjuntos debe ser el objetivo fundamental de la conservación del patrimonio arqueológico. Cualquier traslado viola el principio según el cual el patrimonio debe conservarse en su contexto original. Este principio subraya la necesidad de una conservación, una gestión y un mantenimiento apropiados. De él se infiere también que el patrimonio arqueológico no debe estar expuesto a los riesgos y consecuencias de la excavación, ni aband onado después de la misma sin una garantía previa de financiación que asegure su adecuado mantenimiento y conservación.

El compromiso y la participación de la población local deben impulsarse y fomentarse como medio de promover el mantenimiento del patrimonio arqueológico. Este principio reviste especial importancia cuando se trata del patrimonio de poblaciones autóctonas o grupos culturales de carácter local. En ciertos casos, es aconsejable confiar la responsabilidad de la protección y de la gestión de monumentos y yacimientos a las poblaciones autóctonas.

Como quiera que los recursos disponibles son inevitablemente limitados, el mantenimiento activo no podrá realizarse más que de manera selectiva. Por tanto, deberá ejercerse sobre un muestrario indicativo de la diversidad de sitios y monumentos determinado por criterios científicos de calidad y representatividad, y no solamente sobre los monumentos más prestigiosos y más atractivos a simple vista.
Los principios pertinentes contenidos en las Recomendaciones de la UNESCO de 1956 deben aplicarse también al mantenimiento y a la conservación del patrimonio arqueológico.

Artículo 7. Presentación, información, reintegración

La presentación al gran público del patrimonio arqueológico es un medio esencial para promocionar éste y dar a conocer los orígenes y el desarrollo de las sociedades modernas. Al mismo tiempo, es el medio más importante para promocionar y hacer comprender la necesidad de proteger este patrimonio.

La presentación e información al gran público ha de constituir una divulgación del estado de conocimientos científicos y debe, pues, estar sometida a revisiones frecuentes. Han de tenerse en cuenta las múltiples aproximaciones que permitan la comprensión del pasado.

Las reintegraciones responden a dos funciones importantes: la investigación experimental y los fines pedagógicos e interpretativos de la realidad pretérita. Sin embargo, deben tomarse grandes precauciones para no borrar cualquier huella arqueológica subsistente; y deben tenerse en cuenta toda serie de pruebas para conseguir la autenticidad. Allí donde resulte posible y apropiado, tales reposiciones no deben efectuarse inmediatamente encima de los restos arqueológicos, y han de ser identificables como tales.

Artículo 8. Cualificaciones profesionales

Para asegurar la buena gestión del patrimonio arqueológico, resulta esencial recurrir al dominio de numerosas disciplinas en un alto grado académico y científico. La formación de un número suficiente de profesionales cualificados en los ámbitos de competencia que nos ocupan debe ser un objetivo importante de la política de educación de cada país. La necesidad de formar expertos en unos campos del saber altamente especializados hace preciso recurrir a la coop eración internacional.

La formación arqueológica universitaria debe tener en cuenta en sus programas el cambio operado en las políticas de conservación, menos preocupadas por las excavaciones que por la conservación "in situ". Igualmente debe tomarse en cuenta el hecho de que el estudio de la historia de los pueblos indígenas es tan importante para conservar y comprender el patrimonio arqueológico como el de los monumentos y sitios considerados hasta ahora como los de mayor prestigio.

La protección del patrimonio arqueológico constituye un proceso dinámico permanente en contínua evolución. En consecuencia, los profesionales que trabajan en este sector, han de disponer de tiempo y facilidades que les permitan estar al día. Deben fomentarse los programas de formación posgraduada de alto nivel que potencien la especialización en materia de protección y gestión del patrimonio arqueológico.

Artículo 9. Cooperación internacional

Siendo el patrimonio arqueológico una herencia común de toda la humanidad, la cooperación internacional resulta esencial para formular y hacer respetar los criterios de gestión de este patrimonio.

Hay una necesidad urgente de crear mecanismos internacionales que permitan el intercambio de información y experiencias entre profesionales encargados de la gestión del patrimonio arqueológico. Ello implica la organización de congresos, seminarios, talleres, etc., tanto a escala mundial como regional, así como la creación de centros regionales de formación de alto nivel. ICOMOS, a través de sus grupos especializados, debería promover este aspecto en sus proyectos a medio y largo plazo.
También deberían fomentarse los intercambios internacionales de personal administrativo y científico con el objeto de elevar su nivel de competencia en la gestión del patrimonio arqueológico.

Bajo los auspicios de ICOMOS deberían desarrollarse programas de asistencia técnica en el campo de la gestión del patrimonio arqueológico.