Artículos recientes

Los primeros dos censos nacionales de nuestra historia se conservan en el archivo general

 


Los primeros dos censos nacionales de nuestra historia se conservan en el archivo general

xArchivo General de la Nación Argentina

Las planillas de los dos primeros censos nacionales (1869 y 1895) se conservan en el Archivo General de la Nación. Esta documentación resulta imprescindible para conocer las características de la sociedad argentina a finales del siglo XIX.

El primer censo nacional se realizó en septiembre de 1869, bajo la presidencia de Domingo F. Sarmiento. Se censaron únicamente 14 provincias, ya que Chaco, Chubut, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego no estaban bajo el control del Estado Nacional. El método fue de entrevista directa: la población fue censada allí donde se la encontraba. ¿Cuantas personas había en el país en ese año? 1877490.

El cuestionario incluía 8 preguntas, y la información se organizó a través de una "Lista nominativa" en la cual cada línea de la cédula censal correspondía a una persona.

El segundo censo se realizó en mayo de 1895. El cuestionario ahora contó con 16 preguntas, con indagaciones sobre bienes inmuebles, la religión y la descendencia de las personas. Este censo fue el primero que se realizó sobre una nación ya unificada y arrojó como resultado que el país contaba con 3954911 habitantes.

Las cédulas originales se reúnen en tomos organizados por unidades administrativas descendentes: Provincia - Sección - Población (rural o urbana). El papel que reúne la información es delgado y frágil, por esa razón cada tomo se encuentra envuelto en papel anti-ácido, que facilita la conservación en el largo plazo.

Todas estas cédulas se encuentran accesibles en la página web de Family Search:

1869: https://www.familysearch.org/search/collection/1462401

1895: https://www.familysearch.org/search/collection/1410078 


Fuente: https://www.facebook.com/ArchivoGeneraldelaNacionArgentina/posts/372388661595443

 

“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”

Seminario “El Derecho al propio Derecho”

“Pueblos indígenas tienen derecho a sus sistema propios de justicia”

 xFILAC

Los Pueblos Indígenas tienen derecho a conservar sus sistemas de justicia, porque un verdadero estado de derecho incluye el pluralismo jurídico, afirmó hoy Ricardo Pérez, presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante el seminario regional sobre el Pluralismo Jurídico “El Derecho al Propio Derecho” organizado por la Fiscalía de Honduras y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (FILAC).

El evento realizado en Tegucigalpa contó con la participación de expertos de diferentes países de la región, algunos de ellos por medio de plataformas electrónicas.

“Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y fortalecer sus propias instituciones jurídicas. Un verdadero estado de derecho incluye el pluralismo jurídico. La CIDH ha sido tribunal pionero en defensa de sus derechos”, dijo Pérez.

El jurista añadió que “un verdadero Estado de Derecho es aquel que integra sistemas normativos diversos y eficaces para cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 16, que busca promover sociedades justas, pacificas e inclusivas”.

Según las definiciones del informe “Pluralismo Jurídico en los Estados parte del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe”, elaborado por el Observatorio Regional de Pueblos Indígenas (ORDPI) del FILAC, el pluralismo jurídico está reconocido por instrumentos internacionales y propuesto un marco de relacionamiento entre Estados y Pueblos Indígenas, lo que implica la aceptación de que varios órdenes jurídicos pueden convivir en un mismo espacio y tiempo, negando la exclusividad estatal en la producción de normas jurídicas.

Derechos reconocidos

En su intervención, Freddy Mamani, presidente del Consejo Directivo del FILAC, afirmó que “uno de los derechos colectivos clave que han sido reconocidos a los Pueblos Indígenas es el derecho a tener su propio derecho, sus propias instituciones, sus propios mecanismos para organizarse socialmente y para determinar consecuencias ante el cumplimiento o incumplimiento de las normas que se establezcan”.

“El pluralismo jurídico viene desde tiempos precoloniales”, dijo a su turno la ex canciller y lideresa kichwa ecuatoriana Nina Pacari, quien agregó que al plantearse el pluralismo jurídico en condiciones igualitarias y de convivencia, permite superar la noción de justicia alternativa.

“Un corolario del derecho al autogobierno es el derecho al sistema jurídico propio”, dijo por su parte Francisco Cali, relator especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, quien destacó la característica reparadora de los sistemas de justicia de los Pueblos Indígenas. “Mientras que el sistema jurídico estatal es punitivo, el sistema jurídico de los pueblos indígenas es reparador”, afirmó.

Estados obligados a aplicar el pluralismo jurídico

Los Estados latinoamericanos, la mayoría de los cuales ratificó el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tienen la obligación de reconocer los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, según Ricardo Changala, coordinador del programa Diálogo y Concertación del FILAC.

Según el artículo 8, numeral 2 de ese convenio, los Pueblos Indígenas “deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos”.

Además, el numeral 1 del artículo 9 de ese convenio establece que “en la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros”.

Según la jurista peruana Raquel Irigoyen, los alcances de ese instrumento legal fueron profundizados por la Declaración de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y la “Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”.

A manera de conclusión, Gabriel Muyuy, afirmó que muchas de las vulneraciones al derecho al ejercicio a la jurisdicción propia de los pueblos indígenas, se debe al desconocimiento de las normas por parte de los aparatos judiciales.

“¿Cómo lo resolvemos? Tenemos que establecer un programa, un plan de formación sistemática, académica, intercultural, conjuntamente entre pueblos indígenas y operadores de justicia no indígena, ese es el camino y eso es posible si hay voluntad política”, dijo.

Fuente: https://www.filac.org/pueblos-indigenas-tienen-derecho-a-sus-sistemas-propios-de-justicia/


¿Por qué plantar árboles nativos contra la crisis climática?

 

xPlantarse org


Los árboles actúan contra el calentamiento global absorviendo CO2 del aire, uno de los gases responsables del cambio climático; además brindan otros importantes servicios ambientales. Armamos una pequeña guía para que puedas plantar de forma correcta tus árboles.

Los árboles y la Crisis Climática tienen su punto de conexión

Los árboles actúan contra el calentamiento global ya que absorben del aire CO2, gas con propiedades de efecto invernadero, pero además brindan otros importantes servicios ambientales: brindan alimento y refugio para insectos y aves, recuperan parte del paisaje originario, evitan la erosión del viento y del agua, purifican el aire en las ciudades, hacen más lenta la escorrentía de agua frente a posibles inundaciones, disminuyen la contaminación auditiva, embellecen nuestros espacios y ayudan a combatir el efecto de isla de calor en las ciudades del agua, purifican el aire en las ciudades, hacen más lenta la escorrentía de agua frente a posibles inundaciones, disminuyen la contaminación auditiva, embellecen nuestros espacios y ayudan a combatir el efecto de isla de calor en las ciudades.

Además, se considera que los árboles actúan como sumidero de carbono; lo almacenan en sus ramas, troncos, hojas y suelo.

En promedio se podría decir que cada 1 árbol se captura 1 tonelada de CO2 durante los primeros 30 años de su vida.

¿Cómo plantar árboles?


Creamos este pequeño paso a paso para que lo hagas con éxito!


1. Elegí la especie nativa de tu región y la indicada para el tipo de suelo. También considerá el espacio futuro que ocupará y su sombra.


2. El tamaño del pozo debe ser al doble en ancho y hondo con respecto a la medida del envase de las raíces del árbol.


3. Una vez listo el pozo, corta la maceta que contiene el árbol, evitando romper el pan de tierra con las raíces. Tal vez puedas sacarlo con facilidad y no necesites romper la maceta.


4. Rega debajo, coloca un poco de tierra abonada y planta el árbol. Vigila la profundidad en la quedará plantado para que el cuello de la raíz (zona donde ésta se une al tallo) esté al ras de suelo.


5. Debemos tratar que el árbol quede recto. Podemos colocar un tutor (recomendado en espacios expuestos al viento y veredas) a fin de proteger el árbol y evitar que haga palanca la copa. Pueden colocarse 1,2 o 3 estacas dependiendo del tamaño del árbol y se recomienda atarlos con cinta elástica de forma bien ajustada.


6. Procedé a rellenar el hueco con el árbol ubicado en el hoyo. Es necesario que la tierra que servirá para rellenar no contenga terrones sin romper. Deberá estar lo más floja posible.


7. Con el pie o el mango de la pala compacta suavemente la tierra recién colocada y realiza una olla alrededor que permita la retención de agua de lluvia o riego.


8. Regá abundantemente.


9. Recordá regarlo durante el primer año sobre todo en verano, eliminar la maleza que pueda sacarle humedad, protegerlo de las cortadoras de césped y las hormigas.


Fuente: https://www.plantarse.org/art-por-que-plantar-arboles.htm


Pueblos originarios denuncian la construcción de un emprendimiento turístico

La comunidad originaria Yacoraite, en la localidad de Huacalera, denunció la usurpación de sus tierras por parte de un emprendimiento turístico privado, al que acusó de haber construido casas violando los derechos consagrados en la Constitución nacional.

«Lo que denunciamos es usurpación de tierras porque esto nos corresponde, es territorio comunitario», afirmó la presidente de la comunidad Yacoraite, Noemí Espejo, tras radicar este lunes una denuncia penal en la fiscalía de la ciudad de Humahuaca y ante las autoridades de la comisaría local.

La denunciante, en representación de la comunidad indígena, relató a Télam que la usurpación comenzó desde los primeros días de diciembre pasado, a partir de un «supuesto permiso» que obtuvo el emprendimiento turístico por parte de la comisión municipal de Huacalera, en Tilcara.

La denunciante, en representación de la comunidad indígena, relató a Télam que la usurpación comenzó desde los primeros días de diciembre pasado, a partir de un «supuesto permiso» que obtuvo el emprendimiento turístico por parte de la comisión municipal de Huacalera, en Tilcara.

«Plantemos una reunión con la empresa en la cual presentaron carpetas conteniendo todo el proyecto turístico que ellos quieren hacer en el lugar pero desconocemos cuáles son los circuitos turísticos que tienen planeado», señaló y apuntó que «aproximadamente estarían abarcando 19 hectáreas» de la comunidad.

La empresa comenzó en diciembre pasado la construcción de casas tipo domo y «a la fecha ya suman 12», según dijeron, con lo cual «están pasando por sobre los derechos de las comunidades y por la comisión municipal local».

Según Espejo, esta misma empresa «anteriormente usurpó otras tierras que son de la comunidad vecina, Angosto de Yacoraite, la cual en su momento los denunció y se terminaron retirando».

Hasta el momento son varias las presentaciones realizadas por la comunidad contra esta empresa por usurpación, entre ellas por la Secretaría de Pueblos Indígenas, al gobernador de la provincia, Gerardo Morales, y al ministro de Cultura y Turismo, Federico Posadas, pero de ellas no han obtenido «ninguna respuesta».

«En el Ministerio de Turismo de la provincia nos dijeron que ellos están trabajando por el turismo y en promocionarlo pero no obtuvimos respuesta sobre la usurpación en tierras de la comunidad», afirmó finalmente Espejo.

Fuente: https://jujuygrafico.com.ar/pueblos-originarios-denuncian-la-construccion-de-un-emprendimiento-turistico/


Opinión: El secuestro judicial de Julian Assange


Opinión: El secuestro judicial de Julian Assange


xJohn Pilger / Globetrotter

15/12/2021

Julian Assange sacó a la luz la forma en que Washington ha gobernado el mundo, y al hacerlo realizó quizás el mayor servicio público que cualquier periodista haya realizado en los tiempos modernos.

 

“Debemos volver la mirada hacia nosotros mismos, si tenemos el valor de hacerlo, para ver qué hay en nosotros” 

Jean-Paul Sartre


Estas palabras de Sartre deberían resonar en todas nuestras mentes tras la grotesca decisión del Alto Tribunal británico de extraditar a Julian Assange a Estados Unidos, donde se enfrenta a “una muerte en vida”. Este es su castigo por el crimen de periodismo auténtico, preciso, valiente y vital.

En estas circunstancias, fallo judicial es un término inadecuado. El 10 de diciembre, los cortesanos con peluca del ancien regime británico tardaron sólo nueve minutos en estimar una apelación estadounidense contra la aceptación – en enero, por parte de un juez del Tribunal de Distrito – de una catarata de pruebas de que a Assange le esperaba el infierno en la tierra al otro lado del Atlántico: un infierno en el que, se predijo de forma precisa, encontraría la manera de quitarse la vida.

Fueron ignorados múltiples testimonios de personas prestigiosas, que examinaron y estudiaron a Julian, diagnosticando su autismo y síndrome de Asperger y revelando que ya había estado a punto de suicidarse en la prisión de Belmarsh, el mismísimo infierno británico.

Fue ignorada la reciente confesión de un informante crucial del FBI y títere de la fiscalía, un estafador y mentiroso en serie, de que había fabricado sus pruebas contra Julian. La revelación de que la empresa de seguridad (dirigida por españoles) de la embajada ecuatoriana en Londres (donde se había concedido refugio político a Julian) era una fachada de la CIA que espiaba a los abogados, médicos y confidentes de Julian (incluyéndome), también fue ignorada.

Incluso, fue ignorada la reciente revelación periodística, repetida gráficamente por el abogado de la defensa ante el Tribunal Superior en octubre, de que la CIA había planeado asesinar a Julian en Londres.

Cada una de estas “materias”, como les gusta decir a los abogados, era suficiente por sí sola para que un juez que defiende la ley desechara el vergonzoso caso montado contra Assange por un corrupto Departamento de Justicia de Estados Unidos y sus pistoleros a sueldo en Gran Bretaña. El estado mental de Julian, bramó James Lewis, abogado, el hombre de Estados Unidos en el Old Bailey el año pasado, no era más que “malingering” ([hacerse el enfermo], un término victoriano arcaico utilizado para negar la existencia misma de la enfermedad mental).

Para Lewis, casi todos los testigos de la defensa – incluidos los que describieron desde la profundidad de su experiencia y conocimiento el bárbaro sistema penitenciario estadounidense – debían ser interrumpidos, maltratados, desacreditados. Sentado tras él, pasándole notas, estaba su director de orquesta estadounidense: joven, de pelo corto, claramente un hombre de la Ivy League en ascenso.

En sus nueve minutos de desestimación del destino del periodista Assange, dos de los jueces más veteranos de Gran Bretaña, incluido el presidente del Tribunal Supremo, Lord Burnett (compañero de toda la vida de Sir Alan Duncan, el ex ministro de Asuntos Exteriores de Boris Johnson que organizó el brutal secuestro policial de Assange en la embajada ecuatoriana) no se refirieron a ni una sola de la larga lista de verdades ventiladas en audiencias anteriores en el Tribunal de Distrito, verdades que habían luchado por ser escuchadas en un tribunal inferior presidido por una jueza extrañamente hostil, Vanessa Baraitser. Su comportamiento insultante hacia un Assange claramente afectado, que luchaba por vislumbrar su propio nombre entre la niebla de la medicación suministrada por la prisión, es inolvidable.

Lo realmente chocante durante este 10 de diciembre fue que los jueces del Tribunal Superior – Lord Burnett y Lord Justice Timothy Holroyde, que leyeron sus palabras – no mostraron ninguna vacilación en enviar a Julian a la muerte, vivo o no. No ofrecieron ninguna atenuación, ninguna señal de atormentarse por algún criterio legal o moral básico.

Su fallo a favor, si bien no es en nombre de Estados Unidos, se basa directamente en “garantías” transparentemente fraudulentas, reunidas por el Gobierno de Biden cuando parecía que la justicia podría prevalecer en enero.

Estas “garantías” se traducen en que, una vez bajo custodia estadounidense, Assange no será sometido a las orwellianas SAMS (Medidas Administrativas Especiales), que lo convertirían en una persona no identificada; que no será encarcelado en ADX Florence, una prisión de Colorado condenada desde hace tiempo por juristas y grupos de derechos humanos como ilegal: “un pozo de castigo y desaparición”; que puede ser trasladado a una prisión australiana para terminar allí su condena.

El absurdo reside en lo que los jueces omitieron decir. Al ofrecer sus “garantías”, Estados Unidos se reserva el derecho de no garantizar nada en caso de que Assange haga algo que desagrade a sus carceleros. En otras palabras, como ha señalado Amnistía Internacional, se reserva el derecho de romper cualquier promesa.

Hay suficientes ejemplos de que eso es, precisamente, lo que hace EE.UU. Como reveló el periodista de investigación Richard Medhurst el mes pasado, David Mendoza Herrarte fue extraditado de España a Estados Unidos con la “promesa” de que cumpliría su condena en España. Los tribunales españoles lo consideraron una condición vinculante.

“Documentos clasificados revelan las garantías diplomáticas dadas por la Embajada de EE.UU. en Madrid y cómo EE.UU. violó las condiciones de la extradición”, escribió Medhurst, “Mendoza pasó seis años en EE.UU. intentando volver a España. Los documentos judiciales muestran que Estados Unidos denegó su solicitud de traslado en múltiples ocasiones”.

Los jueces del Alto Tribunal – que conocían el caso de Mendoza y la duplicidad habitual de Washington – describen las “garantías” de no arremeter bestialmente contra Julian Assange como un “compromiso solemne ofrecido por un Gobierno a otro”. Este artículo se extendería hasta el infinito si enumerara las veces en que los rapaces Estados Unidos han incumplido “compromisos solemnes” con los Gobiernos, como los tratados que se rompen sumariamente y las guerras civiles que se alimentan. Es la forma en que Washington ha gobernado el mundo, y antes de él Gran Bretaña: es, como nos enseña la historia, la forma del poder imperial.

Es esta mentira y duplicidad institucional la que Julian Assange sacó a la luz y al hacerlo realizó quizás el mayor servicio público de cualquier periodista en los tiempos modernos.

El propio Julian ha sido prisionero de Gobiernos mentirosos durante más de una década. Durante estos largos años, me he sentado en muchos tribunales mientras Estados Unidos ha intentado manipular la ley para silenciarlo a él y a WikiLeaks.

Esto llegó a un punto realmente estrafalario cuando, en la diminuta embajada ecuatoriana, nos vimos obligados a conversar a través de un bloc de notas, aplastados contra una pared, teniendo cuidado de proteger lo que nos habíamos escrito de las omnipresentes cámaras espía (instaladas, como ahora sabemos, por un apoderado de la CIA, la organización criminal más duradera del mundo).

Esto me lleva a la cita que encabeza este artículo: “Debemos volver la mirada hacia nosotros mismos, si tenemos el valor de hacerlo, para ver qué hay en nosotros”. Jean-Paul Sartre escribió esto en su prefacio a Los condenados de la tierra, de Frantz Fanon, el estudio clásico de cómo los pueblos colonizados y seducidos y coaccionados y, sí, cobardes, cumplen la voluntad de los poderosos.

¿Quién de nosotros está dispuesto a levantarse en lugar de permanecer como meros espectadores de una parodia épica como el secuestro judicial de Julian Assange? Lo que está en juego es tanto la vida de un hombre valiente como, si es que permanecemos en silencio, la conquista de nuestros intelectos y del sentido del bien y del mal: de hecho, nuestra propia humanidad.

*John Pilger es un galardonado periodista, cineasta y escritor.

FUENTE: https://www.alainet.org/es/articulo/214585 

 


Indígena: Comunas kichwas amazónicas entre la autodeterminación y neocolonialismo


Indígena: Comunas kichwas amazónicas entre la autodeterminación y neocolonialismo

xLuis Xavier Solis T. | 15/12/2021 |

 

El neocolonialismo de las instituciones del Estado se refleja en la injerencia directa en los procesos internos de las comunas kichwas.

 

La nacionalidad kichwa de la amazonía ecuatoriana ha pasado por diferentes fases de opresión y un proceso sistemático de exterminio pero su historia está hecha de resistencias, la resistencia kichwa que lleva más de 500 años. 

 

A lo que hoy es la provincia amazónica de Orellana en Ecuador, los kichwas llegaron huyendo de los tratos inhumanos, la muerte en las haciendas y los conflictos que se daban en lo alto del río Napo, lo navegaron hasta llegar a territorios rodeados de selva y libres de patronos. Esto, a finales del siglo XIX e inicios del XX. 

 

Los kichwas resistieron, lograron librarse de los patronos de las haciendas, de la muerte del caucho, pero nuevos patronos aparecieron. Llegaron colonos de diferentes provincias de Ecuador, respondiendo un llamado de los gobiernos que consideraban a la amazonía como tierra deshabitada, con los colonos también llegaron las instituciones públicas, luego entraron las empresas petroleras, sedientas de los territorios kichwas para absorber sus riquezas sin nada a cambio.

 

Una de las estrategias de resistencia del pueblo kichwa durante décadas ha sido la organización que se expresa en comunas, territorios comunitarios y cabildos. En la provincia de Orellana, cuya población llega a 136.400 habitantes, el 32% es indígena (Kichwa, Shuar y Waorani), y la nacionalidad kichwa representa el 80,32% de la población indígena de la provincia que se agrupa en 197 comunas o comunidades. En cantones como Aguarico y Loreto los kichwas llegan a representar el 80% de la población y posesión territorial.

 

Pero estas formas de organización, en los últimos años, se han visto más afectadas, especialmente la elección de Cabildos que son los representantes indígenas de cada comuna. La mayoría de comunas kichwas eligen sus cabildos o directivas en el mes de diciembre de cada año y en la mayoría de comunas su representación dura un año, en pocas ocasiones estos representantes son reelegidos. La elección cada mes de diciembre es una práctica heredada de la aplicación de la ley de comunas, misma que regulaba de esta manera, y que las comunas en base al derecho a generar su propio derecho y la autodeterminación, lo establecieron en sus estatutos y reglamentos internos.  

 

Sin embargo, cada año las comunas kichwas se topan con una realidad que vulnera sus derechos. Por ejemplo, en la provincia de Orellana, el Ministerio de Agricultura (MAG), institución donde se registran la mayoría de comunas, genera trabas en el registro de las directivas o cabildos elegidos por los kichwas, solicita requisitos que no forman parte del ordenamiento jurídico que regula a los pueblos indígenas (actualización de estatutos, reformas, presencia de tenientes políticos), irrespeta el debido proceso en los trámites de registro de cabildos, incluso ha llegado a casos extremos de desconocer directivas, cabildos e intervenir directamente en las elecciones o incluso disolver comunas indígenas.

 

Esto, sumado a un agravante mayor, y es la situación de discriminación estructural, exclusión y pobreza en que viven las comunas indígenas. El propio Estado ha reconocido que “(e)existe una mayor incidencia de la pobreza en el área rural comparada con el área urbana, es así que en (…) Orellana se presentan niveles de pobreza que oscilan entre 95 y 100%. Es importante indicar que estas áreas con mayores déficits corresponden a territorios habitados por nacionalidades indígenas organizadas en pequeñas comunidades dispersas en el vasto territorio, principalmente en las riberas de los ríos navegables.”

 

El registro de los cabildos o directivas de las comunas es una obligación del Estado, mas no de las comunas kichwas, ya que la Constitución de la República del Ecuador reconoce el derecho de las comunas a la autodeterminación y derecho propio. Sin embargo, las comunas solicitan a instituciones como el Ministerio de Agricultura que los registren y les emitan un documento que generalmente es una resolución del director, porque casi la totalidad de instituciones públicas desconocen los derechos de los pueblos indígenas y les solicitan este documento para cualquier tipo de trámite: apertura de cuentas bancarias, registro único de contribuyentes, matrícula de automotores comunitarios, botes comunitarios, construcción de escuelas, centros de salud etc. Incluso las empresas petroleras que se encuentran en los territorios indígenas solicitan este documento para cualquier tipo de obra, compensación, indemnización, negociación. 

 

En el contexto que se encuentran las comunas kichwas de Orellana, el registro de las directivas o cabildos por parte del Ministerio de Agricultura y la emisión de la respectiva resolución se ha vuelto necesario para el ejercicio de derechos, debido al desconocimiento de lo que establece la Constitución del Ecuador en el artículo 57, o las sentencias emitidas recientemente por la Corte Constitucional del Ecuador que han desarrollando el derecho de los pueblos indígenas. 

 

El neocolonialismo de las instituciones del Estado se refleja en la injerencia directa en los procesos internos de las comunas kichwas. Frente a esto, la resistencia se ha vuelto nuevamente la única manera de cuidar los territorios ancestrales y las comunas kichwas. La Constitución del Ecuador reconoce el derecho a la autodeterminación de los pueblos pero no son más que letras si los mismos pueblos no la llevan a la práctica de manera autónoma y organizada; el pueblo kichwa ha sabido resistir, y de seguro con su organización honesta, y su memoria histórica recordará cómo se libraron de la esclavitud de las haciendas, caucheros y patronos. 

 

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

 

Fuente: https://rebelion.org/comunas-kichwas-amazonicas-entre-la-autodeterminacion-y-neocolonialismo/

 

Legislación: Decreto N° 3893-G/2021 convocase a los electores de las Comisiones Municipales de Palca de Aparzo, El Moreno y Uquía ...

Legislación: Decreto N° 3893-G/2021 convocase a los electores de las Comisiones Municipales de Palca de Aparzo, El Moreno y Uquía, para el día 14 de noviembre de 2021


Legislación: Ley N° 6.227/2021 creánse las Comisiones Municipales de Palca de Aparzo, El Moreno y Uquia

Legislación: Ley N° 6.227/2021 creánse las Comisiones Municipales de Palca de Aparzo, El Moreno y Uquia