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marzo 18, 2021

Análisis jurídico de la Ley 26.928 de protección integral de las personas trasplantadas

 

Lafferrière, Jorge Nicolás - Berti García, Bernardita - Azcueta, Fermín

 

Publicado en: DFyP 2014 (abril)

 

"Son los trasplantes una realidad nueva que suscita situaciones de salud que tienen que ser atendidas con justicia y prontitud, en forma integral y acorde con el pleno desarrollo de la personalidad."

 

febrero 05, 2021

Carta Abierta al Gobernador de la Provincia, al Mtro. de Salud, al Pdte. del ISJ y a la Pdte. de la Comisión de Salud Pública de la Legislatura


CARTA ABIERTA

AL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE JUJUY, CIUDADANO GERARDO MORALES

AL MINISTRO DE SALUD DE LA PROVINCIA, CIUDADANO GUSTAVO BOHUID

AL PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE SEGUROS, CIUDADANO JOSÉ MANZUR

A LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, CIUDADANA NAVARRO IRMA LOURDES

PRESENTE



xWaldo Viltipoco *


Tengo el agrado de dirigirme a Uds. de esta manera pública, para comentar la situación de desamparo, abandono de persona y discriminación que está realizando el Instituto de Seguros de Jujuy, para con mi persona, desde el mes de enero, sin tener en cuenta el tiempo de pandemia por la covid19 y el cuidado hacia la salud como una persona de riesgo.

enero 03, 2021

Argentina: Resolución Nacional 726/2016 - Ministerio de Salud

Argentina: Resolución Nacional 726/2016 - Ministerio de Salud

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el expediente N° 1-2002-4638000078/16-7 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), las disposiciones de la Ley N° 26.928 de creación de un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas o en Lista de Espera y su reglamentación aprobada por Decreto N° 2266/2015 del P.E.N.; y

enero 02, 2021

Jujuy: Ley N° 5843 Adhesión a la ley Nacional Nº 26.928

Legislación: Ley N° 5843 Adhesión a la ley Nacional Nº 26.928



ARTICULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.928 “Creación Sistema de Protección Integral para PersonasTransplantadas”.

 

Argentina: Decreto Nacional N° 2266/2015 Reglamentación de la Ley Nº 26928

Argentina: Decreto Nacional N° 2266/2015 Reglamentación de la Ley Nº 26928

Bs. As., 02/11/2015

VISTO el Expediente N° 1-2002-10101/14-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD y la Ley N° 26.928 de Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, y

enero 01, 2021

Argentina: Ley Nacional N° 26.928: Creación sistema de protección integral para personas trasplantadas




ARTICULO 1º — El objeto de la presente ley es crear un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.